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Otra cosa: Sin que sirva de precedente voy a pegar el mail que me envía una atenta lectora, que

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4 Tristán el subastero
18 de Febrero de 2010 (21:18)

Otra cosa: Sin que sirva de precedente voy a pegar el mail que me envía una atenta lectora, que siguiendo (aunque no del todo) mis consejos, acaba de comprar en una subasta:

"Ayer fuimos a la subasta del piso de VPO que salía por 60.700, embargado por una hipoteca de 13.913 euros y con una carga de 46.000 euros como te comentamos. Llegamos puntualmente a las 10:30 frente a la mesa de la secretaria, y nos dijo que teníamos que esperar a que viniera la parte ejecutante. Esperamos 15 minutos, y en vista de que no venia nadie, la preguntamos si podíamos comenzar. Nos preguntaron cual era nuestra postura, y cuando le dijimos que 15.000 euros para cubrir la deuda y las costas, la secretaria y su compañera “se volvían locas”. Nos decían que no se podía dar menos del 50% gritándonos, y nosotros la contestamos que estábamos seguros de que podíamos ofrecer la cantidad que cubriera la deuda y las costas, que “nos lo había dicho nuestro abogado” (jeje tu...), así que sacaron el tomo de la ley de enjuiciamiento civil del 2001, y hasta que no encontramos el articulo que nos daba la razón, no accedió a aceptar nuestra postura. Finalmente nos dio una copia que tuvimos que pedir. Nos ha sorprendido que no fuera ni el banco, pero me parece injusto que sin que el haya comparecido pueda quedarse el piso por un poco mas que nuestra oferta, como si pudiese pujar después de que todo haya pasado y vea la mejor oferta. ¿Eso es así?.
Ahora estamos esperando que le envíen la notificación al ejecutado y nos han dicho que pasemos de vez en cuando a preguntar como va. Si no encuentra nadie que de una mejor postura, tenemos entendido que entonces se le informa al banco de ello, y que este tiene 5 días para decidir que hacer con el piso. ¿Esto es así?. Y, ¿Deberíamos hacer algo entre tanto, o meter prisa en algo?. Agradecemos cualquier consejo"

Lo que yo realmente les había confirmado es que en una subasta se puede hacer cualquier postura y que quien la preside está obligado a aceptarla, aún cuando no cubra ni la deuda ni el 50%. Otra cosa es que la adjudicación quede en suspenso como manda el art. 670 de la LEC.

Ahora bien, yo no habría pujado en una subasta a la que no se presenta la parte actora. Simplemente no me gusta hacerlo. Aunque en este caso, dado que su deuda es solo de 15.000 euros, me extrañaría que decidiensen adjudicarse la subasta por el 50%, osea por 30.350 euros, sobre todo teniendo en cuenta la carga anterior. Al juez no le va a quedar más remedio que aceptar la puja aunque apenas haya llegado al 25% porque cubre la deuda y no creo que haya argumentos para no aceptarla.

Respecto a lo que ahora pueden hacer... solo esperar.

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