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Muy interesante, Francisco y Tristán. Desde luego, el retracto en derecho común es demoníaco,

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2 Anonimo
Anonimo
23 de Julio de 2009 (19:15)

Muy interesante, Francisco y Tristán. Desde luego, el retracto en derecho común es demoníaco, porque hay que estar pendiente del registro constantemente y con la demanda preparada. En Cataluña, sin embargo, la cosa es bien distitna, porque el plazo para ejercer el retracto son tres meses en lugar de ocho días, y en tres meses da tiempo de mucho. Siempre hay formas de ponérselo difícil al otro, sin embargo...

Tristán, echo en falta una entrada tuya sobre el enorme valor de la posesión (sea sin título o, aún más importante, con un título, aunque sea limitado). Especialmente en los indivisos, la parte que tiene la posesión tiene un valor muy superior a las demás, porque si el poseedor tiene sangre fría y buenos abogados, quitarle su posesión puede costar muchos, muchos años.

Saludos,

Abogadillo

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