Aunque parezca mentira, ya han salido varias sentencias contra "ese tipo de hipotecas", al calificarlas de usuraria, aplicarles La Ley de 1.903, contra la Usura, y CANCELAR LA HIPOTECA mediante sentencia judicial, una de las cuales he tenido en mis manos, eso sí, se les reconoce al prestamista su préstamo, en el caso que caso que conozco de primera mano, todo lo el prestamista pudo probar, pero la hipoteca se cancela, es decir la garantia que éste tiene sobre el bien imueble la pierde....., por lo que apra reclamar la deuda tiene que ir a un juicio ordinario, y ya sabemos lo "bien" que funciona la justicia en este pais.......