Soy Oscar, el propietario de la nave.
A Anónimo: por supuesto que el inmueble podría formar parte del activo en un procedimiento concursal, pero es que la empresa no va a presentar ningún tipo de suspensión de pagos, porque no existe dicha situación. La empresa propietaria no tiene actividad comercial aparte del propio alquiler de la nave y exceptuando la propia hipoteca sobre el inmueble, no hay ninguna otra deuda o acreedor para temer por ningún tipo de procedimiento concursal. Todo el asunto se reduce a una simple venta para cancelación de deuda hipotecaria y conseguir liquidez. Las circunstancias económicas generales son las que hacen que la venta sea dificil. Aparte de este punto no hay nada extraño o interés oculto alguno en la operación.
A brocal: no tengo ni idea de cual era el precio en 2001 y consecuentemente tampoco sé cual es la rentabilidad esperada por el propietario en ese tiempo. Lo que sí sé es que cuando adquirí la nave en 2005 fue para utilizarla en la actividad comercial de la empresa en ese momento. Ahora en 2010, ya no existe dicha actividad comercial y el inmueble está alquilado a otra empresa que sí lo está utilizando para su actividad empresarial, como puedes ver en el post que Tristán ha publicado amablemente. En cualquier caso, si algo he aprendido estos últimos años, es que el precio en que uno compra las cosas sólo sirve para cometer errores de cálculo. El precio de mercado es el que es y al mercado le da igual si ganas o pierdes. El problema viene cuando no hay mercado, como es ahora el caso.
Gracias a todos.