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Si te refieres a la subasta de una propiedad cuyo propietario acaba de morir, tanto una anotación

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10 Tristán el subastero
19 de Enero de 2010 (15:55)

Si te refieres a la subasta de una propiedad cuyo propietario acaba de morir, tanto una anotación de embargo como una hipoteca serían previos al fallecimiento, y por tanto creo que el adjudicatario to tendría por qué liquidar el impuesto de sucesiones.
Si te refieres a la subasta de los derechos que al demandado pudieran corresponderle en una herencia, dichos derechos llevan aparejados el impuesto y sí tendría que liquidarlo.
Respecto a las notificaciones de los "ignorados herederos", están a la orden del día, no representan ningún problema

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