Posts de Blogs > Error grave en el edicto de subasta

Para analizar la Jurisprudencia del Tribunal Supremo relativa al uso de la vivienda familiar y a su

<< Volver al mensaje 'Para analizar la Jurisprudencia del Tribunal Supremo relativa al uso de la vivienda familiar y a su'

7 Anonimo
Anonimo
19 de Octubre de 2009 (21:59)

Para analizar la Jurisprudencia del Tribunal Supremo relativa al uso de la vivienda familiar y a su oponibilidad a terceros, es fundamental la doctrina sentada en la sentencia de 22 de abril de 2004 que establece que constituye doctrina consolidada de esta Sala en cuanto se declara el derecho de uso de la vivienda familiar es oponible frente a terceros, si bien la preferencia de ese derecho de la vivienda familiar por la persona a la que viene atribuida en resolución judicial de separación o divorcio, será preferente frente al derecho de uso del adjudicatario atendiendo a las circunstancias concurrentes en cada caso y sobre todo y fundamentalmente a la de la buena fe del adquirente (en igual sentido las STS de 6 de junio y 27 de noviembre de 2007, entre otras). Por tanto, se desestimará la preferencia del derecho de uso por la falta de publicidad registral y ocultación por el cónyuge del derecho de uso, por lo que no puede negarse la condición de tercer adquirente de buena fe al que se adjudicó el bien en subasta.

Por tanto, si el derecho de uso se encuentra debidamente inscrito en el registro de la propiedad, el error en el edicto carece de relevancia práctica, pues será de aplicación el artículo 669.2 de la LEC, al tener el futuro adjudicatario la posibilidad de tener pleno conocimiento de la situación real de ocupación de la finca. Ciertamente, creo que el Juez, vía artículo 661.2 de la LEC, declarará el derecho a permanecer en el inmueble del cónyuge titular del derecho de uso , dejando a salvo las acciones que pudieran corresponder al futuro adquirente para desalojar a aquél.

Evidentemente, el problema se suscita en cuanto a la modificación o limitación de ese derecho de uso a través de un nuevo proceso judicial por una modificación sustancial de las circunstancias, proceso cuya legitimación corresponde al ex cónyuge y no al nuevo adquirente por venta pública del inmueble afectado.

Un cordial saludo.

<< Volver al mensaje 'Para analizar la Jurisprudencia del Tribunal Supremo relativa al uso de la vivienda familiar y a su'