Hola Tristan! Queria hacerte unas consultas al respecto de la toma de posesión del inmueble...
He leido que no se puede desalojar a los ocupantes si hay algún menor o dependiente cuyo domicilio esa el bien inmueble adjudicado. Esto es asi?
Tambien te queria preguntar si el auto de adjudicación que se presenta al registro tiene asiento previo de presentación o se presenta ya directmamente para inscripción. Gracias!!!!