Y no solo debe de ser evaluado el BPA, sino el BDPA, en los casos de emrpesas que decidan obtener mayor deuda.
Es un error común asumir que una empresa que se endeuda más simplemente lo refleja en su ratio de endeudamiento, en los gastos financieros y por tanto incrementando la rentabilidad exigida a la acción.
Ante incrementos de deuda que se espere devolver, se deberá evaluar el BDPA y no el BPA.