Respuesta de Llinares a la consulta de si va en la casilla 22 o la 24; me ha gustado tanto que la pego literalmente:
Se declara como intereses, no como dividendos, y por eso no tienen la deducción de los dividendos.
Es lógico:
Los dividendos se reparten despues de haber pagado el impuesto de sociedades, y para que no haya doble imposición tienen deducción.
Los intereses de la renta fija se deducen como gasto antes de pagar el impuesto de la S.A. Por tanto, no pueden tener deducción.
Anónimo, sí que compensarías y te devolverían los 180 euros, pero respecto a compensar otros años lo dudo mucho, creo que no hay en el PADRE ninguna casilla donde meter lo de otros años, salvo plusvalías...
s2