Anónimo, efectivamente colocar el producto en promoción y no el correcto es práctica habitual en muchas entidades, y ahora toca la deuda subordinada de La Caixa.
FJ, creo que el MiFID no es aplicable si no demuestras que te han dicho lo que te han dicho... porque si en el contrato de la deuda subordinada, La Caixa pone claramente "riesgo medio, mercado secundario, 1% de comisión, 6,5% de máximo", pues... anda y di que a ti te dijeron que la deuda subordinada era sin riesgo!!
Anónimo, creo que no se me ha pasado... en el texto puedes leer la frase "estarían en el furgón de cola de la lista de acreedores", que es exactamente lo que significa lo de deuda subordinada.
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