La verdad es que me había pasado desapercibido el hecho de que la comisión de custodia se realiza por el patrimonio total del fondo, liquidez incluída.
¿Quién es el beneficiario de esta comisión extra, la gestora o el banco depositario?
Imagino que para justificar auditorías el beneficiario será el banco, el cual posteriormente pagará el favor de alguna forma a la gestora, ¿estoy en lo cierto?