En alguna ocasión y de forma residual, he visto algunos autos iniciados en los años ochenta que todavía daban algún que otro coletazo, en cuanto a la liquidación de intereses y costas, pero un procedimiento de ejecución hipotecaria en la que se tarde treinta años en celebrarse una subasta es la primera vez. Evidentemente, como señala Manuel Alicante en su comentario esta situación es difícilmente achacable a la lentitud de la justicia y poderosas razones tienen que haber ocurrido que justifiquen esta demora procesal que, prácticamente, desnaturaliza el espíritu de un proceso de ejecución hipotecaria. Como dice anónimo creo que hay que alejarse lo más rápidamente posible de esta subasta. Ahora bien, que se saque a pública subasta con una certificación de cargas, de fecha 7 de junio de 1.982, me parece que deja sin efecto la finalidad buscada por el legislador procesal con la redacción dispuesta en los artículos 656 a 659 de la Lec. Muy buen post. Un saludo Tristán.