Hola alberto
Primero te felicito por el blog
Cuando hablas de la regla general en la compra de inmuebles, al tipo del 16%, te refieres básicamente a la compra de inmuebles (oficinas), los parkings que no cumplan determinadas condiciones (las que tu mencionas) y los trasteros.
Lo digo, porque básicamente la compra de inmuebles de primer uso, tributa al tipo reducido del 7%.
Un saludo desde BCN