El comentario del blog está muy buen excepto en un punto, QUE ES CRUCIAL EN ESTE ASUNTO. Dice: “el Reglamento ordena que se tasen [los inmuebles] al menos una vez al año, y que las tasaciones se ajusten al valor real del mercado”. Y no es así. Ordena que se tasen al valor más bajo de los dos siguientes: (a) el valor de mercado, (b) el valor que resulte de actualizar las rentas por alquileres. Por eso el valor liquidativo de este fondo no subió con la burbuja inmobiliaria (porque se valoraba según b, es decir, alquileres) y por eso no está justificado que baje con el pinchazo de esa burbuja. A la gente se le está haciendo creer (interesadamente, supongo) que era un fondo de especulación inmobiliaria y eso es radicalmente falso; era un fondo de inmuebles para alquilar y su rentabilidad provenía de los alquileres. Su rentabilidad durante los últimos diez años ha estado en torno al 6% anual, nada que ver con “pelotazos” inmobiliarios.
Ahora el Santander retasa a su antojo, provoca la estampida entre sus partícipes y obtiene vía libre de la CNMV para vender los inmuebles a precio de saldo a sociedades del grupo (por ejemplo, Altamira) o a una SOCIMI que cree al efecto, esquilmando a sus partícipes, que no tienen medio ni amparo de organismo ninguno para controlar esas ventas. Negocio redondo.