Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Modelo de comunicación del inquilino

Contesto al comentario de Adolfo, que me pregunta por el escrito que debe remitir el inquilino al arrendador antes del 31 de Marzo de 2008 (para la renta 2007), comunicando y manifestando que cumple los requisitos para que el arrendador pueda deducirse el 100% del Rendimiento Neto de los Rendimientos de Capital Inmobiliario.

Los aspectos que debe recoger la comunicación pueden verse en el artículo 16 del Reglamento del IRPF(aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo).

Si queréis un ejemplo de comunicación, aquí os dejo un modelo.
Modelo de comunicación al inquilino
4
¿Te ha gustado mi artículo?
Si quieres saber más y estar al día de mis reflexiones, suscríbete a mi blog y sé el primero en recibir las nuevas publicaciones en tu correo electrónico
  • Inquilino
  • Arrendador
  1. #4
    Anonimo
    23/06/08 14:12

    Se trata de un comunicado del inquilino al arrendador, no de un comunicado al inquilino. Y la edad debe estar comprendida entre 18 y 35 años.

  2. #3
    Anonimo
    13/03/08 13:37

    Hola Alberto, muchas gracias por tu blog, tu trabajo no está pagado, jeje.
    No sé si habrás contestado a esto, pero...¿ por qué el plazo para el comunicado es hasta el 31 de marzo del 2008? Si la declaración de la renta empieza el 1 de abril hasta el 30 de junio, no tendré de plazo hasta el 30 de junio? no lo entiendo.
    Espero que perdones mi cacao
    Gracias de antemano

  3. #2
    23/10/07 22:45

    Supongo que sí. Aunque eso no lo dice el contrato de arrendamiento, entiendo que la buena fe contractual hará que él trate de beneficiar al arrendador tb en la fiscalidad. E incluso si le das tú la carta hecha para que él te la firme, pues mejor que mejor.

    Gracias a tí por leer mi blog y comentar en él.

  4. #1
    Anonimo
    23/10/07 22:16

    Muchas gracias aberto!!!

    me ha servido de gran utilidad. supongo que si nosotros le enviamos un comunicado a nuestro inquilino el estara obigado a prestarnos la informacion que le socitamos.

    esque nos han eviado en clase que investigaramos sobre el tema y dado a que es nuevo no aparecia en ningun manual de derecho financiero y tributario.

    gracias de nuevo

    un saludo

    adolfo