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El 95.tres Regla 2ª, tercer párrafo habla de una "presunción" de afectación al 100% de la actividad

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3 Fiscalista
09 de Julio de 2008 (19:26)

El 95.tres Regla 2ª, tercer párrafo habla de una "presunción" de afectación al 100% de la actividad del coche utilizado en los desplazamientos profesionales de representantes o agentes comerciales.
2 cosas importantes:
a) Que seas Agente comercial o Representante. ¿Lo eres? Lo del epígrafe, está claro que es donde primero mira Hacienda. De todas formas, cambiarlo, o darte de alta en el epígrafes 511 (por ejemplo), te cuesta "CERO". HAZLO. Eso, para que no te molesten.Además, habrás de cumplir los requisitos de ser agente o representante de comercio según
b) Aunque no cambiaras el epígrafe - y sería del género bobo no hacerlo porque a lo mejor "salta" el Ordenador de Hacienda y alguien te visita o pregunta por qué te estás deduciendo el 100% en lugar del 50%- si pruebas la afectación al 100%, cosa nada fácil, te dejarían en paz.
Si entienden que no puedes desgravarte más del 50%, es posible que además de regularizarte, te sancionen aunque la sanción podría ser peleable.
Tus obligaciones formales figuran en el artículo 68.5 RD 438/2007 http://www.boe.es/boe/dias/2007/03/31/pdfs/A14097-14149.pdf
Las puedes hacer en excel.

Espero te sirva de algo.

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