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Puedes imputar como gasto deducible de tu actividad el porcentaje que represente tu cuarto en

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5 Fiscalista
25 de Noviembre de 2007 (23:06)

Puedes imputar como gasto deducible de tu actividad el porcentaje que represente tu cuarto en metros cuadrados respecto del resto de la casa. También puedes meter como gasto la amortización del ordenador, de las sillas y demás. En breve escribiré un post dando más detalle.
Pero cuidado porque si de tu vivienda habitual aún sigues pagando hipoteca, en teoría no te puedes deducir en la cuota del IRPF respecto de todo lo aportado al pago de la hipoteca. Ejemplo si tu cuota mensual de hipoteca es 1000 y tu despacho es el 10% de la casa, sólo podrás meter como aportación a vivienda habitual una cuota mensual de 900, no de 1000 Euros. ¿Se entiende?

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