Hola Alberto:
Perdona, he colgado antes la misma pregunta creo que en un lugar incorrecto. Pienso que este es el sitio adecuado.
Estoy confeccionando mi Declaración IRPF 2007 y estoy con los rendimientos del capital inmobiliario.
El pasado año adquirí un inmueble que tengo en el mercado de alquiler y está arrendado desde que lo adquirí como vivienda habitual, en este caso no importa si el inquilino es mayor o menor de 35 años, ya que el rendimiento neto resulta negativo.
Me sorprende que en estos casos "el estímulo fiscal" se convierta en "penalización fiscal", si comparamos el resultado del importe que finalmente va a la base imponible y que consiste en lo siguiente:
Supongamos un propietario con dos inmuebles que han generado los mismos rendimientos y exactamente los mismos gastos, el 1º destinado a vivienda habitual y el segundo para otros arrendamientos distintos de vivienda habitual, y que el importe del rendimiento neto en ambos casos es de -1000 €.
¿Cómo puede ser que el piso destinado a v.h. genere un rendimiento neto reducido de -500 y el que tiene un destino distinto al de v.h. genere un rendimiento neto reducido de -1000.
¿Estoy equivocada?
¿Es posible no aplicar ninguna reducción cuando el arrendamiento es para vivienda habitual y de esta forma disfrutar de un mejor resultado fiscal, que por otra parte igualaría el trato que da la ley a los arrendamientos que no disfrutan del beneficio fiscal de la mencionada reducción?
Disculpa la extensión de la pregunta, agradecería el comentario o solución que me puedas aportar.
Muchas gracias