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Declaración de la Renta 2013: Deducción por alquiler de vivienda habitual


Deducción alquiler vivienda habitual declaración de la renta 2013

Regulación de la deducción por alquiler de la vivienda habitual (art. 68.7 LIRPF)

"Los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales podrán deducirse el 10,05 por ciento de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual. La base máxima de esta deducción será de:

  • cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales: 9.040 euros anuales,
  • cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales: 9.040 euros menos el resultado de multiplicar por 1,4125 la diferencia entre la base imponible y 17.707,20 euros anuales."

Requisitos de la deducción por alquiler de vivienda habitual

La deducción por alquiler de vivienda habitual podrá ser aplicada por los inquilinos que hayan alquilado la vivienda para residir de forma habitual, con el requisito de que su base imponible (casillas 366 + 374) no alcance 24.107,20 euros anuales.

¿Qué cantidades dan derecho a la aplicación de la deducción por alquiler de vivienda habitual?

La base de la deducción por alquiler de vivienda habitual está constituida por el importe total pagado al arrendador por el alquiler de su vivienda habitual (suma de las cuotas mensuales).

Los importes que superen el límite establecido legalmente no podrán ser objeto de deducción. Tampoco podrán ser objeto de deducción por alquiler las cuantías relativas a gastos adicionales que deba pagar el inquilino, debido al acuerdo alcanzado con el arrendador.

Límites de la deducción por alquiler de vivienda habitual

 

Base imponible Límite de la deducción
BI 17.707,20 9.040
17.707,21 < BI < 24.107,2 9.040 - [1,4125 x (BI - 17.707,20)]

 

Importe de la deducción

El importe de la deducción por alquiler de vivienda habitual se determina aplicando el 10,05% sobre la base de la deducción calculada previamente.

Cumplimentación de la deducción por alquiler de vivienda habitual (Anexo A.1)

Deducción por alquiler vivienda habitual declaración de la renta 2013

El contribuyente tendrá que incluir el NIF del arrendador (casilla 563), acompañado de la suma de las cuotas que constituyen el alquiler de su vivienda habitual (casilla 565). Posteriormente, en la casilla F se consignará el importe máximo con derecho a deducción, que podrá coincidir con la casilla 565 en caso de que no alcance el límite señalado con anterioridad.

Seguidamente, en la casilla 570 aparecerá el 10,05% del importe señalado en la casilla F. Finalmente, se divide al 50% el importe señalado en la casilla 570 y se rellenan las casillas 487 y 488.

En caso de que se haya alquilado más de una vivienda a lo largo del año, existiendo dos arrendadores, en la casilla 563 se indicará el arrendador que haya recibido una cuantía mayor por el alquiler.

Tenga en cuenta que automáticamente se rellenarán las casillas 487 y 488 de la página 14 con los mismos importes indicados previamente.

¿Ha recibido alguna subvención por el alquiler de la vivienda habitual?

Si ha recibido en 2013 una subvención para el alquiler de su vivienda, tendrá que determinar en la declaración dicho importe en el apartado de ganancia patrimonial no derivada de una transmisión. Esto es la casilla 242 de la página 9 de la declaración de la renta.

Deducción autonómica por alquiler de vivienda habitual

Las Comunidades Autonómas que gozan de esta deducción son las siguientes: Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia y Madrid. Cada Comunidad Autónoma presenta ciertas particularidades en la regulación de la deducción autonómica por alquiler.

Si quieres conocer los requisitos que se aplican en tu comunidad, a través de tus comentarios puedes plantearnos las dudas que te surjan. Estamos a vuestra disposición para resolverlas.

Vídeo explicativo. Deducción por alquiler de vivienda habitual. Renta 2013

 

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  • Deducciones
  • Alquiler de vivienda
  1. #20
    21/06/13 19:10

    Buenas tardes, tengo la siguiente duda.
    Mi pareja y yo estamos de alquiler en un piso (no estamos casados ni tenemos hijos), yo supero los 24.000 de BI y no puedo deducirme el alquiler, pero mi pareja gana 13.500 brutos y si puede deducírselo.
    Se trata de 10.500€ anuales de alquiler.
    Entiendo que debería desgravarse por la mitad, ahora bien, si ella está empadronada en el piso y yo estoy empadronado en el de mis padres y las facturas de luz, etc llegan a su nombre; puede ella desgravarse por el 100%?

    El contrato de alquiler está a su nombre aunque yo aparezco con responsabilidad solidaria.

  2. en respuesta a Obama21
    -
    Carla Quinto
    #19
    21/06/13 13:59

    Buenas tardes,

    No es necesario haber vivido 3 años en esa vivienda, con que residas en ella de forma efectiva y estés empadronado es suficiente para poder aplicarte la deducción por alquiler de vivienda habitual.

    Saludos.

  3. #18
    20/06/13 19:48

    ¿Puedo aplicarme esta deducción sólo por haber vivido en 2012 de alquiler?o he de entender q vivienda habitual ha de superar los 3 años viviendo en ella?

    Un saludo y gracias por su tiempo!=)

  4. en respuesta a Mariatmm
    -
    Carla Quinto
    #17
    18/06/13 14:01

    Buenas tardes Maria,

    Mientras hayas estado empadronada y cumplas los requisitos que determina tu Comunidad Autónoma, podrás aplicarte la deducción por alquiler de vivienda habitual.

    Saludos.

  5. en respuesta a cptenis
    -
    #16
    17/06/13 13:10

    Buenas tardes,

    Si estuviste empadronado durante dicho periodo en la vivienda de alquiler, podrás aplicarte la deducción por alquiler de vivienda habitual.

    Saludos.

  6. Nuevo
    #15
    17/06/13 13:07

    Buenas tardes,
    De septiembre hasta diciembre de 2011 y de enero hasta junio de 2012 alquilé un piso, estuve 82 dias durante el 2012 y tengo entendido que el minimo para deducir en la declarqacion de la fenta es de 83 dias. Me gustaría saber si puedo deducir teniendo una base imponible dentro de los limites adecuados, y si incluyo dichos datos de arrendamiento me pueden sancionar.
    Gracias, un saludo.

  7. Nuevo
    #14
    17/06/13 12:02

    Buenos días,

    Tengo la siguiente duda. Soy docente y el año pasado estuve viviendo de alquiler durante el año escolar, es decir, de ocubre de 2011 a junio de 2012. Mi base es inferior a los 24.000 euros anuales. ¿Tendría derecho a la deducción por alquiler?

    Muchas gracias de antemano. Un saludo.

  8. en respuesta a ajsm80
    -
    #13
    17/06/13 08:47

    Buenos días,

    Será tu vivienda habitual la que residas la mayor parte del año. Si no estuvieras empadronado en la vivienda de alquiler y no constaras en el contrato de arrendamiento, manteniendo tus datos de vivienda fiscal en la otra vivienda, Hacienda entendería que tu vivienda habitual es la que tienes en propiedad.

    Saludos.

  9. en respuesta a CIRO Consulting
    -
    #11
    12/06/13 23:19

    De la vivienda habitual en propiedad no puedo aplicar ninguna deducción, ya que no tengo hipoteca sobre ella. Y ya me has confirmado que al aparecer los dos en el contrato solo, cada uno puede deducir como máximo el 50% y no uno de los dos el total del importe del alquiler. Mi única duda es si yo, a pesar de tener un vivienda en alquiler en otra provincia, puedo mantener como vivienda habitual la que tengo en propiedad, a pesar de trabajar y vivir en otra provincia?

    Saludos y gracias por la contestación.

  10. en respuesta a ajsm80
    -
    #10
    12/06/13 13:24

    Buenas tardes,

    Tu pareja podrá aplicarse el 50% de la deducción por alquiler de vivienda habitual. Si apareces como arrendatario en la vivienda que tienes en alquiler, será contradictorio con datos de tu vivienda habitual, así que no podrás deducirte por la otra vivienda.

    En el siguiente artículo podrás comprobar los requisitos para aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual:

    Deducción por vivienda habitual. Declaración de la Renta 2012

    Saludos.

  11. en respuesta a adrianlab
    -
    #9
    12/06/13 13:19

    Buenas tardes,

    Se considera vivienda habitual si has residido de forma efectiva. Aunque actualmente no estés empradonado, ¿estuviste empadronado en 2012?

    Saludos.

  12. #8
    12/06/13 00:13

    Hola, vivo en un piso alquilado con mi pareja, no estamos casados y tenemos un hijo en común. Tengo un piso en propiedad en otra provincia. El contrato de alquiler esta hecho a nombre de los dos. Yo no puedo desgravar dicho alquiler por mis ingresos, superan los 24.000€ anuales. Pero mi pareja si puede desgravarlo. Puedo desgravar el importe total del alquiler en su declaración de la renta? o estoy obligado a solo repercutir el 50%, al estar el contrato a nombre de los dos? Puedo seguir manteniendo como vivienda habitual la que tengo en propiedad en otra provincia, ya que no puedo desgravar la vivienda en alquiler?.

    Saludos y gracias.

  13. #7
    11/06/13 13:33

    El año pasado me cambie de piso de alquiler el 1 de diciembre, entonces en la declaración me pone en la casilla 716-203,15€ en la 772-203,15€ y en la 774-406,29€ EL TOTAL, que corresponde al 10,05% del alquiler del 2012 de los pisos que estuve alquilado. Hasta aquí todo bien. El primer alquiler de enero a noviembre pague 3652,66€ y el segundo en diciembre pague 390€.
    También cobre 2205€ de la Renta Básica De Emancipación.

    Pero me aparece en la casilla 896-300€ deducción por alquiler de la vivienda habitual y en la 717-300€ suma de deducciones autonómicas. ¿¿¿300€ de que??? Creo que se columpio la de hacienda. El año pasado no tuve esa deducción. Soy de La Coruña, Galicia. Tengo 28 años. No me cuadran esos 300€ por ninguna parte. Lo gracioso es que ya presente la declaración. ¿De donde pueden salir esos 300€?. Gracias.

  14. Nuevo
    #6
    05/06/13 17:29

    Hola! Tengo el mismo problema que Lordvol. Creo que será por que el importe máximo a deducir es 9.040€ - 1,4125 x ( BASE IMPONIBLE - 17.707,20€ ).

    Otra pregunta: ¿para aplicar la deducción hace falta estar empadronado en la vivienda habitual en alquiler? Debe figurar como vivienda habitual en la declaración a presentar?. Actualmente ya no vivo en dicha vivienda y desconozco si a efecto de notificaciones puede haber problemas.

    Muchas gracias por adelantado!

  15. en respuesta a CIRO Consulting
    -
    Nuevo
    #5
    29/05/13 15:32

    Buenos dias.
    Solo me sale la misma cantidad cuando la casilla 01 es inferior a los 24.107€ y la base imponible entiendo que es la casilla 21 que es la misma que la 455 (base imponible general) si en la casilla 01 tengo 26500 me sale en la 21 y 455 22.500 aprox.. estara mal el programa padre o ya no entiendo nada.

  16. en respuesta a Lordvol Campu
    -
    #4
    29/05/13 10:31

    Buenos días Lordvol,

    En la casilla 793 y en la casilla F debería salirte la cantidad que comentas de 6.038 euros, que es la suma de las rentas pagadas al arrendador.

    Saludos.

  17. Nuevo
    #3
    28/05/13 12:31

    Hola, Tengo una duda.
    Si mi base imponible general es de 22.400 y pago 6038 de alquiler porque me sale que la cantidad satisfecha con derecho a deducción es de 2144€. si no llego al limite de los 24.107€ no tendria que salir los 6038€ de cantidad satisfecha con derecho a deducción?

  18. en respuesta a lugano
    -
    #2
    27/05/13 10:55

    Buenos días Lugano,

    Si superas la base imponible, aunque se tramite mediante declaración conjunta, no podrás aplicar la deducción por alquiler de vivienda habitual.

    Saludos.

  19. #1
    24/05/13 14:39

    Hola, tengo la siguiente duda:
    Mi mujer y yo hemos alquilado un piso. Yo supero la base imponible pero mi mujer no trabaja. ¿Tendría derecho a la deducción por alquiler haciendo declaración conjunta?
    Gracias y un saludo,