A escasos días de haber comenzado el ejercicio fiscal de 2013 debemos de tener en cuenta las novedades y cambios fiscales que se han aprobado para la próxima Declaración de la Renta de 2013.
Deducción por compra de vivienda habitual
Aquellos que hayan pensado comprar una vivienda habitual de nueva construcción en 2013 tendrán que soportar un IVA reducido del 10% (hasta finales de 2012 el IVA para viviendas nuevas era del 4%, tipo superreducido).
Además el próximo ejercicio también traerá la eliminación de la deducción por compra de vivienda. Hasta ahora, los contribuyentes hipotecados podían deducirse el 15% de 9.040 euros al año, es decir, 1.356 euros sobre el importe financiado. Por ello, se recomienda que en la próxima Declaración de la Renta, los contribuyentes que hayan adquirido una vivienda y estén casados en sociedad de gananciales, realicen la Declaración por separado para poder deducirse 9.040 euros cada uno, que en total, serían 18.080 euros.
No obstante, se establece un régimen transitorio por el que se mantiene la deducción en las mismas condiciones que en 2012 en los casos de viviendas adquiridas antes del 31 de Diciembre de 2012 o cuando haya abonado cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma, siempre y cuando el contribuyente hubiera practicado deducción por este concepto en un ejercicio anterior.
Tributación de premios
Hasta el momento, los premios de Loterías y Apuestas del Estado estaban exentos de pagar impuestos; pero desde el 1 de enero de 2013 se aplicará la retención a cuenta del 20% a los premios superiores a 2.500 euros. Este impuesto se aplica con el fin de evitar el fraude que se lleva produciendo durante años por la compra de los numeros premiados por personas con intención de blanquear capitales, Esta medida afectará únicamente a los sorteos del Estado, la Once y la Cruz Roja y será de aplicación para la próxima Declaración de la Renta de 2013.
Así que si su premio salió en el sorte de Navidad, no se aplicará la retención en la Declaración de la Renta de 2012, aunque se haya cobrado el premio durante 2013; pero si le ha salido en el sorteo del Niño si que se le aplicará la retención en la Declaración de la Renta de 2013.
Las empresas también estarán sujetas a este impuesto, tributando un 30% por los ingresos extraordinarios, a lo que se le restará la retención del 20%; por tanto pagarán un 10% adicional.
Tributación de las plusvalías generadas a corto plazo
La modificación sobre la tributación de las plusvalías generadas en menos de un año se aplicará para las operaciones realizadas desde el 1 de Enero de 2013.
Hasta ahora, las plusvalías generadas por la compra venta de elementos patrimoniales tributaban integrándose en la base del ahorro del esquema del IRPF; fuera el que fuera su periodo de generación. A partir del 1 de Enero de 2013, las plusvalías generadas en el corto plazo se integrarán en la base imponible general. Es decir, el beneficio obtenido se sumará a los rendimientos del trabajo y se aplicará la escala progresiva que corresponde a la base imponible general del IRPF, que va desde el 24 hasta el 42%.
Obligación de declarar los bienes del extranjero
La nueva disposición adicional 18ª de la Ley General Tributaria obliga a los contribuyentes a informar sobre los bienes y derechos que se encuentren depositados o situados en el extranjero, si el total de las cuentas pasa de 50.000 euros.
La declaración de información se presentará mediante la cumplimentación del modelo 720 durante los meses de marzo y abril de 2013.
Todas estas novedades se han aprobado para aumentar la recaudación del Estado en materia fiscal; aumentando de este modo la carga fiscal en España. Sin duda, estas nuevas medidas van a tener un impacto muy importante en algunos de los contribuyentes y por eso debemos de estar informados.