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Modelo 036: qué es y cómo rellenarlo

Modelo 036: qué es y cómo rellenarlo

El modelo 036 es la declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Se trata de una declaración censal, por lo que no conlleva pago alguno, tan sólo a título informativo.

Obligación de declarar el alta

Están obligados a declarar el alta en la actividad profesional:

  • Empresarios o profesionales que vayan a comenzar el ejercicio de una o varias actividades económicas en territorio español.
  • Quienes, no actuando como empresarios o profesionales, abonen rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta o realicen adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al IVA.
  • No residentes que operen en territorio español mediante establecimiento permanente o satisfagan en dicho territorio rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta, así como las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español.
  • Socios, herederos, comuneros, o partícipes de entidades en régimen de atribución de rentas que tengan obligaciones tributarias derivadas de su condición de miembros de tales entidades.
  • Los no establecidos en el territorio de aplicación del IVA que sean sujetos pasivos del mismo, excepto que hubieran resultado exonerados del cumplimiento de obligaciones censales por el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria.

La declaración censal de alta del modelo 036 debe presentarse con anterioridad al inicio de las actividades, a la realización de las operaciones, al nacimiento de la obligación de retener o ingresar a cuenta sobre las rentas que se satisfagan, abonen o adeuden o a la concurrencia de las circunstancias previstas en el artículo 9 del Reglamento general de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.

Obligación de declarar las modificaciones

Los contribuyentes o entidades que hayan presentado declaración censal de alta tendrán la obligación de presentar la declaración de modificación cuando:

  • Varíe cualquiera de sus datos identificativos. En particular, esta declaración servirá para comunicar el cambio de domicilio fiscal.
  • Varíe cualquier otro dato consignado en la declaración de alta o en otra declaración de modificación posterior.

La declaración de modificación del modelo 036 debe presentarse en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente en el que se han producido los cambios que determinan su presentación.

Si el cambio se produce por el inicio de una nueva actividad en un sector diferente, la declaración de modificación deberá con anterioridad al momento en que se inicie la nueva actividad.

Obligación de declarar la baja

Están obligados a presentar la declaración de baja del modelo 036 quienes cesen el desarrollo de todo tipo de actividad empresarial o profesional o cuando por otra causa no deban formar parte del censo de empresarios, profesionales y retenedores.

La declaración de baja en el censo se deberá presentar en el plazo de un mes desde que se cumplan las condiciones previstas en el apartado 1 del artículo 11 del Reglamento general de aplicación de los tributos,

Quienes cesen en el desarrollo de todo tipo de actividades empresariales o profesionales o, no teniendo la condición de empresarios o profesionales, dejen de satisfacer rendimientos sujetos a retención o ingreso a cuenta deberán presentar la correspondiente declaración mediante la que comuniquen a la Administración tributaria tal circunstancia a efectos de su baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Si la baja se ha determinado por la disolución de la sociedad, se deberá presentar en el plazo de un mes desde que se haya realizado; y si se debe al fallecimiento del obligado, los herederos deberán presentarla en el plazo de un mes desde el fallecimiento.

Cómo rellenar el modelo 036

El modelo 036 está formado por 8 páginas a rellenar telematicamente o en formulario de papel: página 1 Datos identificativos, página 2 Datos sobre la persona física y sobre la persona jurídica, página 3 Representantes, página 4 Declaración de actividades y locales, Página 5 Sujeto pasivo gran empresa y administraciones públicas, Página 6 Impuesto sobre el Valor Añadido, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades, página 7 Retenciones e Ingresos a cuenta y página 8 Relación de socios, miembros o partícipes.

Se debe presentar dentro de los plazos anteriormente indicados por una de las diferentes formas:

  • De forma física en las oficinas de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal de la empresa, aunque en la práctica no suelen poner problemas para presentar los modelos 036 en Delegaciones diferentes a las que le corresponden al contribuyente. Los no residentes o no establecidos, lo presentarán en las oficinas correspondientes al domicilio fiscal del representante o donde lleven a cabo sus operaciones.
  • Por vía telemática con certificado electrónico, donde en algunos casos es necesaria la posterior presentación de documentación adjunta al modelo en las oficinas de la Agencia Tributaria.
  • Por correo, mediante correo administrativo, certificado y con el sello de la fecha de presentación en la oficina de correos.

La presentación del modelo 036 se deberá hacer por vía telemática en el caso de altas o bajas en el registro de devolución mensual del IVA.

Modelo 037: declaración censal simplificada

El modelo 037 es la declaración censal simplificada de la alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores. Se trata de un modelo simplificado mucho más sencillo de rellenar, para poder acogerse al modelo 037 el contribuyente debe de cumplir ciertos requisitos:

  • Ser residentes en España.
  • Tener NIF.
  • No tener la condición de gran empresa.
  • No actuar por medio de representante.
  • El domicilio fiscal coincide con el de gestión administrativa.
  • No estar incluido en los regímenes especiales del IVA, a excepción del Régimen simplificado, Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, o Régimen especial de recargo de equivalencia.
  • No estar inscrito en el Registro de operadores intracomunitarios o en el de exportadores y otros operadores económicos.
  • No realizar ninguna de las adquisiciones no sujetas previstas en el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido. No realizar ventas a distancia.
  • No ser sujetos pasivos de Impuestos Especiales ni del Impuesto sobre Primas de Seguros.
  • No satisfacer rendimientos de capital mobiliario.

modelo 037

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  1. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #3
    28/12/12 08:22

    Que va, lo mio son casi todo grandes!

  2. en respuesta a snivelak
    -
    Top 100
    #2
    27/12/12 09:20

    La verdad es que el modelo 036 es demasiado complicado para los pequeños empresarios, ¿no puedes acogerte al modelo simplificado? saludos!

  3. #1
    26/12/12 22:50

    Llevo 5 años en una asesoría y todavía estoy empezando a entender como se rellena el modelín de los huevos. Es lo peor