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26 de abril de 2012 (22:14)
Una pequeña aportación, también por experiencia familiar. Mucho ojo a los recibos domiciliados en la cuenta en la que es titular una persona fallecida, si se deben seguir pagando hay que cambiarlos a otras cuentas. Estas cuentas quedan bloqueadas hasta el fin de los trámites y ¡esos recibos no se pagan!!! Lo cual puede suponer bastantes molestias en caso de electricidad, teléfono e incluso algún disgusto en caso de recibos hipotecarios o más graves. No sé si ése es el procedimiento normal y/o legal, pero lo he conocido de forma directa por parte de un familiar con cuenta en la CAM. Agradecería aclaración al respecto. Saludos |
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