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  1. en respuesta a Consumerista
    -
    #181
    18/03/12 22:45

    Te comento: me ha dado un ictus y me han concedido la gran invalidez con posible revisión a los cinca años .El cuestionario de salud hace sobre todo hincapie en el peso ,si fumas si eres hipertenso , si te has hecho prueba del sida , si bebes etc. Y concluye si mi estado de salud es bueno . ENTRE loas antecedentes me ponen dibetico , hta , colesterol alto , shaos . Pero en el cuestionaria no hace referencia a estas enfermedades . ¿ que crees ? .

    GRACIAS

  2. en respuesta a carrioncillo2
    -
    #180
    18/03/12 22:28

    No les importa lo que cobras, sólo las causas de la incapacidad y a cuándo se remonta la enfermedad.

  3. en respuesta a Consumerista
    -
    #179
    18/03/12 22:21

    Buenas noche ,te doy las gracias de antemano y te comento lo siguiente :
    me piden lo que me has comentado y la resolucion pero a la vez conlleva la pension que me ha quedado y no entiendo porque quieren saber lo que cobro , habia pensado mandarle una copia pero tachando las cantidades , tú que opinas, . Mañana mi mujer tiene pensado llevar la documentacion . En caso de que me ponga pegas me gustaria contactar contigo para ver si puedes llevar esta reclamacion . Te doy otra vez las gracias y buenas noches.

  4. en respuesta a carrioncillo2
    -
    #178
    18/03/12 20:14

    Puede enviarle el informe de alta de la hospitalización y el dictamen propuesta; en cuanto a la resolución económica, no sé a qué se refiere: lo normal será que le pidan la resolución en que le reconocen la invalidez, concediéndole al tiempo la pensión que le corresponda; esto también tiene que enviarlo, si no lo ha hecho ya.
    Yo soy abogado, defiendo reclamaciones en toda España.

  5. #177
    18/03/12 13:43

    Buenos dias resulta que tengo contratado un seguro con cajavida(caja granada) y me han dado la gran invalidez . En principio la directora me relleno el cuestionario de salud y respondi alo que preguntaba , puse que tenia HTA con cifras y obesidad y no preguntaban por otra enfermedad en particular solo sien aquel momento de firmar estaba enfermo .Ahora me exigen la resolucion economica de la pension el dictamen propuesta y el infome medico de hospitalizacion . Mi pregunta es ¿que debo hacer ? ¿para que necesitan la resolucion economica ? soy de granada(baza) si me podrias tambien indicar algun abogado enestas lides para que lleve el caso . Gracias

    Jose

  6. en respuesta a oscarhj
    -
    #176
    08/03/12 09:37

    Estas compañías usureras utilizan todo tipo de artimañas para conseguir elevar la cuantía de los recibos mensuales. Hay que estar muy atento a todas las casillas y cláusulas en el contrato para no caer en estas trampas. En su caso, el principal problema va a ser que ha estado pagando esa prima durante trece o catorce años, con lo que le van a decir que además de lo que dice en el contrato, Vd. consintió la contratación por el hecho de haber pagado durante todos esos años sin ninguna protesta.
    Cuestión distinta es cómo calculan los intereses y que acumulan éstos al capital para generar nuevos intereses, sin expresar en el contrato la TAE de esta operación. Ello podría llevar a considerar que los intereses son excesivos o incluso ilegales y que sólo debiera devolver el capital dispuesto.

  7. #175
    07/03/12 21:32

    Buenas noches ,hoy he estado biendo con un amigo el contrato que tengo con cofidis en el año 1998 de 200.000 pesetas,en la pagina principal me viene escrito sin casilla para marcar que acepto el seguro ni nada parecido me viene asi( acepto la solicitud de Reserva Vidalibre adheriendome al seguro occional que pagara mis mensualidad en caso de incapacidad gran invalided o fallecimiento sin variar mis mensualidades,segun el punto 13 de las condiciones generales segun reverso),atras del contrato punto 13 el titular puede indicar su abdesion a cofidisen la solicitud de credito o con otra manera de comunicacion.el calculo de la prima del seguro en el extracto de la cuenta confirma la abdesion. el punto 15 viene una casilla para renuncia al seguro y de no interesar el seguro ponga NO y firme a continuacion.
    No se si es legal que te la incluyan en el contrato directamente,y si es ilegal les puedo reclamar todas las primas de seguro que me han cobrado,muchas gracias

  8. en respuesta a Cristinalex
    -
    #174
    04/03/12 18:59

    Me parece que eso es un cuento para entretener a los afectados por el problema. No sé qué tiene que ver Bruselas en esto. Ni creo que CaixaCataluña esté buscando una solución de ese tipo.
    Lo que no sé es si llegará a dar en algún momento alguna solución a los afectados en general; pero si se hace, será obligados por las circunstancias: por la sucesión de condenas judiciales y quizás una condena de la Unión europea. Y creo que sin reclamación judicial, en principio y para mucho tiempo, no va a haber solución.

  9. en respuesta a Consumerista
    -
    #173
    03/03/12 23:50

    A mi también me dijo la Directora del banco, que el mercado está parado, y que se está buscando una solución que tiene que ser aprobada por Bruselas, la cual seguramente será canjear las participaciones preferentes de Catalunya Caixa por un depósito a largo plazo (de unos 10 años). Me dijo que la resolución se tiene que tomar en cuestión de meses, pero ya no me fio de nada, porque además la cosa se puede alargar más, ya que el BBVA quiere comprar acciones de Catalunya Caixa.¿Debería demandarles o esperar acontecimientos?
    Agradecería mucho una opinión.

  10. en respuesta a neewie
    -
    #172
    02/03/12 09:41

    -No hay que hacerte test Mifid al recibir las participaciones por herencia: no te las vende el banco, sino que las recibes por transmisión de anterior titular, sin intervención del banco.
    -Quien tiene que probar la información correcta es el banco. El cliente no puede probar que no recibió información: es un hecho negativo; quien tiene que probar es el que realiza el acto positivo. Además, entonces no existía el test mifid como tal, pero el R. Decreto 629/93 ya exigía una indagación del perfil y situación económica del cliente, que venía a ser algo muy parecido, y que creo que ningún banco hizo; en todo caso, es el banco quien ha de demostrar que lo hizo y además que entregó la información pertinente, como el folleto de la emisión. El problema es que mantuvo las participaciones durante más de una década sin protesta alguna, por lo que según el criterio que defienden los bancos se entendería que ha convalidado la compra aunque inicialmente la compra fuese nula. ¿Habéis intentado vender las participaciones? Ahí es donde se vería el error: el plazo fijo no vence nunca y es imposible recuperar el capital depositado, salvo que se asuman pérdidas importantes. Si vendéis con pérdidas o si no podéis vender, podríais reclamar al banco daños y perjuicios o la nulidad de la compraventa.

  11. #170
    29/02/12 20:28

    Buenos dias:

    Tengo una duda sobre las preferentes.

    En 2009 murió mi abuela.

    Por temas varios hasta el 2010 no ejecutamos la herencia.

    Así pues en julio de 2010 herede unas participaciones preferentes de CaixaBANK suscritas por mi abuelo y abuela en el 2000. Como yo era el heredero universal heredé la mitad de las preferentes y la otra mitad se las quedó mi abuelo ( se imputo el 50% de las preferentes debido a su titularidad indistinta).

    Con todo el tema del canje ni mi abuelo ni yo aceptamos el mismo. Por lo que seguimos con las participaciones preferentes.

    Mi pregunta es la siguiente:

    - En mi caso. Al recibir por herencia las participaciones preferentes era necesario cumplimentar el test MIFID? ( por lógica entiendo que no).

    - En el caso de mi abuelo. Como el contrato de subscripción de las preferentes es del 2000 no hay test MIFID ( aun no existia la ley). Habria alguna manera de demostrar la desinformación y mala comercializacion del producto?

    De momento lo que he hecho es solicitar via burofax toda la documentación al respecto.

    Muchas gracias

  12. en respuesta a Consumerista
    -
    #169
    28/02/12 15:29

    gracias los voy a reclamar ahora mismo aver si tengo suerte ,gracias

  13. en respuesta a oscarhj
    -
    #168
    28/02/12 11:13

    Efectivamente, el criterio del Banco de España es que no se pueden cobrar esas comisiones automáticamente, sino que deben obedecer a una actividad de reclamación real y además que sea útil: no basta con una simple carta generada automáticamente, sino que debe comprobarse que la gestión tiene sentido en el contexto de la deuda impagada y que con ella puede solucionarse el impago. Así, p.ej., no es admisible cuando el deudor paga habitualmente con algunos días de retraso por un desfase entre la fecha de vencimiento de pagos periódicos y la fecha en que cobra su sueldo.

  14. #167
    27/02/12 21:06

    Buenas noches:
    Quisiera saber si es verad lo me ha dicho un amigo mio que esta en el mismo caso mio,tenemos tarjeta credito citabank,cetelem,cofidis,y una cuenta me cobran comision por reclamacion de deuda por estar en la cuenta corriente en numeros rojos y algunos meses no hemos podido pagar por diversoso motivos, y nos cobraban comision por devolucion 30 euros por cada recibo,y me ha dicho que puedo reclamar al banco todas la comisiones que me han cobrado por que estan mal cobradas,segun la normativa de disciplina que regula las relaciones entre las entidades de crédito y sus clientes según lo previsto en la norma Tercera, apdo. 3° de la Circular del Banco de España 8/1990, y el Número Quinto de la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1989, sobre Tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad.

    no responden a servicio alguno prestado a los clientes, ya que las entidades no pueden acreditar -porque no existen- haber realizado gestiones encaminadas a recuperar el importe de las cuotas impagadas,todas se pueden reclamar por no me las han notificado por carta certificada o algo asi,una carta que te mandan a casa que te cobran la comision no vale para nada,gracias

  15. en respuesta a Maria2011
    -
    #166
    20/02/12 18:55

    Sí es legal; es una cesión de derechos que contempla el Código Civil y que la banca realiza habitualmente.

  16. #165
    20/02/12 12:48

    hola,

    He recibido una circular del banco Santander, (sin certificar) donde me dicen que un crédito que me concedieron en su día, lo ha cedido a Prime Credit por contrato de compraventa y cesión formalizado en escritura, la deuda con todos sus derechos.
    Que cualquier pago que realice sobre ese crédito debo de hacerlo a una cuenta que me facilitan y que cualquier pago que realice a favor del banco carece de efectos liberatorios.

    Era consciente de esa deuda, pues no ando bien laboralmente hablando y tuve que cerrar el negocio que tenía, atrasandome en los pagos...pero, ¿esto es legal? no debería ser el banco quien reclamara?
    Gracias.

  17. en respuesta a Marivi12
    -
    #164
    14/02/12 18:16

    La aseguradora podrá defender que no tiene que pagarle si se rellenó un cuestionario de salud en que hubiese alguna pregunta concreta sobre la enfermedad que tuviera su marido y éste la hubiera contestando ocultando tal enfermedad. Si no hubo cuestionario, si el cuestionario no preguntaba por la enfermedad en cuestión, o si consta en el cuestionario que su marido contestó correctamente, el seguro no debería rechazar el pago de la indemnización.

  18. Nuevo
    #162
    14/02/12 13:23

    Buenos días: Mi marido era titular de un seguro de vida contratado con la hipoteca de nuestro piso en abril de 2007.En mayo de 2010 mi marido se suicidó, víctima de una fuerte depresión. El sufrió durante muchos años adicción a la heroína. El banco se negó a pagar el seguro porque alegó que él ocultó su enfermedad en el momento de contratarlo. Yo no recuerdo si firmó algún cuestionario de salud pero el banco asegura que lo tiene y se han negado a darme una copia. No obstante cuando intervino nuestro abogado nos ofrecieron el 30% para llegar a un acuerdo, amenazándonos con que no nos convenía continuar el reclamo porque tienen todo firmado y mi marido ocultó la enfermedad.
    No he aceptado el acuerdo porque no me gusta que me amenacen ni que se aprovechen de mi desinformación. Mi marido acarreaba este problema desde hacía varios años y si piden su historia clínica, ahí estará todo lo que buscan. Pero yo creo que el empleado del banco rellenó el cuestionario sin más. Para el banco, él era un cliente de 43 años y con buen aspecto.
    La consulta es: si comprueban que tenía ese padecimiento desde años atrás, pueden efectivamente negarse a pagar el seguro? Si el cuestionario no era exhaustivo y no preguntaba concretamente, pueden aducir que él actuó malintencionadamente y, por lo tanto, denegar el pago?
    Muchas gracias
    Marivi