Creo que esto es un abuso: se trata de retrasar el pago durante dos años, con lo que la aseguradora consigue una financiación extra (dos años de plazo para pagar, sin devengar intereses). Puede reclamar el pago judicialmente, probablemente se ganará, pero nunca hay seguridad; y en cualquier caso, para cuando tenga la sentencia seguramente ya habrán pasado los dos años; eso sí, si gana le tendrán que pagar intereses. Otra posibilidad es reclamar al defensor del cliente y después a la Dirección General de Seguros; aquí no hay riesgo de perder y de tener que pagar costas, pero lo que diga la DGS no es vinculante para la aseguradora.