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Las subastas judiciales desde la mirada de un subastero
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Hay que diferenciar las figuras de la administración para el pago del bien embargado (Arts. 676 a 680) y la administración y posesión interinas del bien hipotecado (Art. 690). La administración para el pago recae sobre bienes embargados y la podrá pedir el ejecutante con la finalidad de cubrir su crédito. Exige inventario previo del bien o bienes sobre los que recae la medida y su posterior
De especial interés para todo el que desee tomar parte en una subasta debe ser conocer las cargas o gravámenes que afectan a la finca hipotecada.
Cuando se tropieza con un deudor de mala fe, este encuentra gran facilidad para eludir aquellos requerimientos que la ley exige que sean personales, trasladándose sucesivamente de domicilio y hasta en algunos casos ha conseguido traspasar la frontera.
Si la hipoteca, como es habitual, se constituyó en garantía de la devolución de un préstamo con interés variable o de saldo en cuenta corriente es obligado aportar con la demanda tanto el documento “fehaciente” que acredite haberse practicado la liquidación de deuda en la forma pactada por las partes en el título ejecutivo, así como el documento que acredite haberse notificado al deudor y al fiad
Hacía mucho tiempo que no quedaba tan satisfecho con la lectura de un texto jurídico.Está escrito por el magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia nº32 de Madrid, Don Agustín Gómez Salcedo, especializado en asuntos hipotecarios y probablemente una de las personas que mejor conozcan la especificidad de las ejecuciones hipotecarias. No en vano su juzgado está especializado en las mismas.
En otro orden de cosas y sin que ambos casos sean comparables yo, esta misma mañana, he puesto por primera vez en toda mi vida una reclamación ante el Consejo General del Poder Judicial contra un juzgado que lleva once meses y todavía no me ha entregado el testimonio de un Decreto de Adjudicación sin que haya mediado oposición de parte ni nada que explique el injustificado retraso.
Lo primero es decir lo extraño que es que un ayuntamiento, con la ruina que tienen encima, tenga dinero para ejercer retractos. Es muy raro, aunque a veces ocurre. Por eso es muy importante en las subastas de viviendas protegidas no pujar nunca por encima del precio oficial. Es la única manera de asegurase de que no vamos a perder dinero en ninguna de las circunstancias que puedan producirse.
Y luego dicen de los subasteros, que si somos unos ventajistas, etcétera, con la inseguridad jurídica que sufrimos en nuestro día a día. Es vergonzoso las tragaderas que tienen algunos jueces al permitir que, por ejemplo en este caso el demandante, le prepare semejante marrón a un ciudadano honrado que paga sus impuestos y que ni de coña se espera que semejante trampa judicial se le organice preci
Cuando yo empecé profesionalmente en este negocio, esto era aún frecuente en las subastas judiciales y eran pocos los que no lo habían sufrido alguna vez. La inmensa mayoría de los subasteros iban a las subastas a comprar (si podían) por derecho, pero aún quedaban algunos elementos indeseables que solo iban a poner el cazo, expresión empleada para estos casos.
En los últimos meses muchos me habéis pedido que escribiera un post dedicado a explicar cómo son exactamente las hipotecas en Estados Unidos. Trabajo ímprobo porque sobre este particular solo se lo que sabe la mayoría. De cualquier modo, como me siento responsable de cuidar a los pocos lectores que aún soportan mis salidas de tono, me disponía a ponerme a trabajar cuando de repente... zas,
El negocio se está poniendo de rabiosa actualidad. No hay más que poner las palabras adecuadas en el buscador y aparecen decenas de ofertas de empresas dispuestas a comprar mitades indivisas, nudas propiedades, usufructos, derechos hereditarios y todas las rarezas que nos podamos imaginar, capaces de echar para atrás al más pintado.
En España, la reforma estructural más importante y con mayor potencial de transformación del país es, precisamente, la reforma del sistema judicial.
No hay duda de que desde el "España va bien" de Aznar la situación económica fue mejorando ostensiblemente de año en año y cada vez circulaba más el dinero y, por tanto, los morosos fueron disminuyendo y con ellos las demandas civiles, llegando un momento en que los empleados del Ministerio de Justicia apenas tenían nada que hacer.
Tras la adjudicación provisional de la subasta por debajo del 70% del tipo, el propietario tiene un plazo de 10 días para pagar la deuda o para presentar a un mejor postor. Cumplido ese plazo se le da al banco acreedor un plazo de 5 días para solicitar la adjudicación por el 70% o por la deuda, siempre que esta sea superior al precio de adjudicación provisional.
Este blog es la prueba palpable de que no todos los funcionarios judiciales se dedican a sestear mientras discuten sobre el convenio colectivo. Aún quedan hermosos ejemplos de funcionarios responsables que se toman muy en serio aquello de que su trabajo está al servicio del ciudadano.
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