Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Negligencias graves en las notificaciones judiciales

Hoy se ha suspendido la subasta de un chalet cuya propietaria ha tenido la inmensa suerte de que un subastero concienciado se interesara por dicha subasta.  Bueno, tampoco me quiero adjudicar todo el mérito porque también habría podido ocurrir que cualquier otro le hubiera avisado. Pero el caso es que fui yo quien le llamó la semana pasada para darle el susto de que su hermoso adosado de la urbanización Cercas Mayores en Navacerrada iba a ser subastado en unos días en un juzgado de Colmenar Viejo.

La verdad es que tampoco fue mucha casualidad que unos días después yo publicara el post sobre las notificaciones judiciales en las ejecuciones hipotecarias, ya sabiendo que hoy iba a tener la oportunidad de publicar este.

El drama se gestó cuando la actual propietaria y su marido decidieron aprovechar que la abuela había puesto la nuda propiedad a nombre de su hija, reservándose el usufructo vitalicio, para respaldar hipotecariamente el crédito que necesitaban. Como el banco les exigió hipotecar la plena propiedad, la abuela también debió firmar aquella escritura.

Pasaron los años y la hipoteca se fue pagando hasta que, ignoro la razón, se dejó de pagar y el banco la ejecutó en el 2008 cuando la deuda era ya de solo seis mil euros.  No estoy seguro, pero creo que el procedimiento hipotecario debe ser de los más sencillos que existen. Solo hace falta presentar la demanda, que transcurra el plazo que tiene el deudor para pagar la deuda, pedir la Certificación de Registral de Titularidad y Cargas, solicitar que el juez señale fecha de subasta y notificarle al demandado dicha fecha con 20 días de antelación.

Es tan sencillo que si los juzgados fueran privados, como lo son las notarías o los Registros de la Propiedad, el procedimiento no tendría por qué durar más de tres meses. Pero estamos en España y ya sabemos todos que aquí la Justicia no funciona. Y esto es así no porque el procedimiento esté mal legislado u organizado sino por la negligencia de todos y cado uno de los eslabones que la componen, desde la de abogados y procuradores (los menos culpables y, a veces, las víctimas) hasta la de los jueces, secretarios y todos los funcionarios de la misma en general.

¿Y por qué digo esto en este caso? Pues porque ya desde la primera notificación, el agente judicial encargado de llevarla a cabo se despacha diciendo que, ubicado en la urbanización, no es capaz de identificar el chalet que sale a subasta. Esto pasa a veces cuando la dirección que consta en la escritura es la antigua, la de construcción y no coincide con la actual dirección postal. En este caso concreto se trató de una simple excusa chorra y a las pocas ganas de trabajar del agente, pues yo he estado ahí y se identifica perfectamente que la nueva dirección es la calle Orión nºXX.

El agente vuelve al lugar un mes después y ahí no se quien le dice que la casa está vacía y que los propietarios viven en Madrid. Otra mentira pues este chalet es utilizado todos los veranos por la familia propietaria.

Tras estas dos notificaciones negativas se decide, y van pasando los meses y los años, probar suerte con la dirección madrileña de los deudores, recordemos que en el chalet solo vivía la usufructuaria (la abuela), pero allí le dicen a los agentes de "notificaciones y embargos" de Madrid que los demandados se fueron hacía lo menos diez años.

¿Y tras estos fracasos que decide el señor letrado y a qué accede el señor juez? Pues nada menos que notificar por edictos y seguir con el procedimiento hasta el señalamiento de la subasta que iba a celebrarse hoy.

Así que cuando la semana pasada estudié el expediente lo primero que pensé es que esta subasta podría ser muy interesante y lo siguiente es la putada que iban a cometer con esa familia pues no me cabía la menor duda de que la cosa estaba muy mal notificada.  Si la deuda hubiera sido mayor, digamos de ciento veinte o ciento cincuenta mil euros, se podría explicar, pero es casi impensable que alguien se deje quitar una propiedad de trescientos mil euros por una deuda de unos seis mil.

Esto, además de ser una catástrofe para los propietarios también puede serlo para el adjudicatario pues, en estas situaciones, el interesado suele enterarse cuando acabas de rematar y es entonces cuando solicita nulidad de actuaciones. Como jueces y secretarios judiciales no suelen reconocer que han hecho algo mal, le desestiman la nulidad y es cuando no le dejan más opción que recurrir ante la Audiencia Provincial, donde el expediente duerme el sueño de los justos durante unos tres o cuatro años antes de que en la Audiencia lo desempolven y vean de qué se trata. Al final da igual si suspenden o no la subasta porque el marrón de 200.000 euros parados cuatro años no hay quien te lo quite. Conclusión: Lo que tenga que ocurrir, mejor que ocurra antes de la subasta.

Llegado a la urbanización me llevó 5 minutos localizar el chalet y enterarme de que lo usaban solo en verano. Una vez en mi casa, no tuve más que entrar en la web de Páginas Blancas e introducir el nombre y los dos apellidos de la demandada y... alehop ahí estaba su teléfono.

Cinco minutos después le estaba dando el susto de su vida.

40
¿Te ha gustado mi artículo?
Si quieres saber más y estar al día de mis reflexiones, suscríbete a mi blog y sé el primero en recibir las nuevas publicaciones en tu correo electrónico
  1. Nuevo
    #41
    18/01/18 14:35

    Creo que los domicilios de los demandados los debe aportar la parte actora, en la demanda; es el abogado de parte el que debería haber averiguado, y aportado en la demanda el verdadero domicilio de los demandados. Si se deja eso en el aire, claro que puede haber retrasos.

Nueva Sección
Ventas Desesperadas