El pasado mes de junio publiqué un artículo en el blog relacionado con la falta de cobertura ante cualquier siniestro pendiente de liquidar con que puede encontrarse un asegurado español si ha contratado su póliza de seguro de autos (coche, moto, camión, autobús o lo que sea) con una entidad aseguradora no española.
El motivo es sencillamente diabólico: el Consorcio NO CUBRE a los asegurados de entidades extranjeras si dicha compañía quiebra. En cambio sí cubre a los asegurados de entidades españolas como asegurador subsidiario.
Pondré dos ejemplos para que se entienda muy claramente:
ESCENARIO A: VEHÍCULO ASEGURADO CON COMPAÑÍA ESPAÑOLA QUE QUIEBRA Y DON MANUEL TENÍA PENDIENTE EL PAGO POR UNAS LESIONES A UN MOTORISTA AL QUE HA DEJADO TETRAPLÉJICO 1.200.000 €
¿Qué pasará?: pues que la aseguradora quiebra pero el Consorcio actuará como asegurador subsidiario de la compañía española quebrada y pagará al motorista tetrapléjico los 1.200.000 €. Y eso es todo. Leer más