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Artículos y comentarios que hablan del seguro, los productos financieros y el consumidor desde la óptica de un corredor de seguros.




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Etiqueta "bancaseguros": 10 resultados

Por sus hechos los conocerás

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10 de Junio de 2011

La frase que da título a este artículo corresponde al Nuevo Testamento. Dos mil años más tarde esa máxima sigue siendo cierta si bien hay que estar atento a esos hechos para conocer realmente a quien está tras los mismos.

Hoy me llega la siguiente noticia, publicada en ASEGURANZA

 

 

"El Consorcio “tiene un problema en Lorca en los Multirriesgos ligados a hipotecas”

Alejandro Izuzquiza, director de Operaciones del Consorcio de Compensación de Seguros, pidió ayer en la clausura de la XI Convención de AMAEF que la banca colabore para que puedan pagar las indemnizaciones a los asegurados de Lorca, cuyas pólizas de Multirriesgos están ligadas a créditos hipotecarios. Según Izuzquiza, “aquí tenemos un problema, ya que nos vemosimpedidos a agilizar la gestión de los siniestros por el terremoto, porque la actual Ley de Contrato de Seguro dice que necesario para poder indemnizar al afectado el consentimiento de las entidades financieras en el caso de seguros Multirriesgos ligados a hipotecas: Sin este consentimiento no podemos pagar al titular del inmueble”.   Leer más

Etiquetas: banco · bancaseguros · lorca · mediadores de seguros · corredores de seguros · agentes · consorcio

Las siete diferencias

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10 de Mayo de 2011

 

Sin comentarios.

 

La banca británica indemnizará a sus clientes por vender seguros incorrectamente

Los grandes bancos británicos han renunciado a plantear una batalla judicial contra una decisión de su supervisor, el FSA, y aceptan indemnizar a sus clientes por vender incorrectamente seguros deProtección de Pagos. Tras la decisión de Lloyds TSB Bank de retirar la apelación contra la medida del FSA y de provisionar 3.200 millones de libras (3.650 millones de euros) para compensar a su clientes,Barclays hará una provisión de 1.000 millones (1.136 millones de euros) en los resultados del segundo trimestre. "No siempre hacemos bien las cosas para nuestros clientes", reconoce Robert Diamond, consejero delegado de Barclays, en un comunicado. "Cuando estamos equivocados, pedimos disculpas y tratamos de arreglar el problema", añade. HSBC ha anunciado, por su parte, que provisionará 440 millones de dólares. En total, el dinero que la banca tendrá que devolver asciende a más de 8.000 millones de libras (9.140 millones de euros).  fuente: http://www.grupoaseguranza.com/frontend/ga/La-Banca-Britanica-Indemnizara-A-Sus-Clientes-Por-Vender-Seguros-Incorrectamente-vn10674-vst354   Leer más

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Sigue siendo de noche en el país de los seguros

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12 de Abril de 2011

Como es costumbre el gran Echevarri nos entrega un buen artículo de su fábrica, este titulado "La legalidad de la vinculación entre seguro y crédito" que tiene por objeto analizar la distribución de seguros por parte de la banca española.

En el mismo argumenta cómo una legión de mediadores se ha puesto de un tiempo a esta parte a representar una tragedia griega absolutamente injustificada en la que cargan tintas contra una banca que, según todas las sentencias, no hace sino acometer de modo respetable y responsable la comercialización de una línea más de negocio que se yuxtapone a la de cacerolas, relojes y juegos de toallas a que nos tenía acostumbrados. Esta vez va de aseguradora.

Echevarri tilda este follón como cruzada sin aclarar quien es el fundamentalista empeñado en tomar por la fuerza hasta la última colina de Tierra Santa en nombre del poder divino y quien el Saladino que defiende el legado de sus antepasados. Dicho tal cual lo expongo creo que cada cual puede verse posicionado sin más y así resuelvo el enigma.   Leer más

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Garantizar la Jubilación. Sí, pero... ¿de quién? Parte IV

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02 de Noviembre de 2010

PARTE IV . Planes de Pensiones y sus Fondos.

En breve comenzará una tradicional fiesta de tiburones en la que se disputarán la carnaza que constituye tanto el actual partícipe de Planes de Pensiones que es invitado a cambiar de gestora como aquel que aún no ha entrado en la arena para ser toreado pero promete pañuelos en la grada.
 
Para empezar, aclaremos que el PLAN de pensiones es la estrategia de inversión que una Sociedad Gestora establece para sus partícipes. El FONDO es el conjunto de activos que forman la cartera de inversión con la que las aportaciones de los partícipes siguen el PLAN establecido por dicha gestora. La sociedad gestora nunca puede ser un banco aunque estos las instrumentalizan y se retribuye mediante una comisión que puede llegar al 2,00% como máximo y que es aplicable al patrimonio total del FONDO, no a las aportaciones como algunos ilusos piensan...
 
El patrimonio que forma el FONDO es controlado por una Entidad Depositaria (un banco o caja) quien cobra una comisión de hasta el 0,50% por dicho depósito. Aparte, como es lógico, para comprar y vender los activos que forman la cartera de inversión se recurre a una sociedad de agencia de valores que, como no podía ser de otro modo, pertenece al mismo grupo financiero y esta cobra comisión por cada compra-venta. ¿Cuánto? Eso ya varía.
 
Para continuar, aclarar que existen Planes que invertirán en un Fondo de Renta Fija (pública o privada), otros en activos monetarios, otros en Renta Variable y las consiguientes variaciones en materia de divisas, etc. También los hay inmobiliarios y, por supuesto, mixtos con cualquier combinación entre las posibles. Por tanto las combinaciones son prácticamente infinitas y de ahí surge una primera consecuencia: que no le digan que su fondo es igual que aquel al que quieren llevarle pues eso no es cierto; será más o menos rentable, tendrá más o menos riesgo pero ¿igual? ¡No! 
 
La función de la Sociedad Gestora es la de invertir las aportaciones de los partícipes conforme a la política definida en el Plan, como se ha indicado. También deberá seguir el comportamiento de los activos que componen la cartera operando de tal modo que se alcance la mayor rentabilidad y, por supuesto, ejecutar las ordenes que daran lugar a las prestaciones comprometidas. Recordemos que estamos ante un ahorro/inversión finalista.
 
Esa teoría choca frecuentemente con las cifras que acompañan los estados de posición. Porque si uno se da un pase por las páginas de la prensa económica y observa las rentabilidades históricas de la mayoría de Fondos de Pensiones resulta que la percepción general es poco menos que desastrosa ¿Qué sucede?
 
De entrada resulta que en la mayoría de los casos las sociedades gestoras, la depositaria y la agencia de valores que realiza las compra-ventas de activos pertenecen al mismo grupo financiero. ¿Independencia? Juzguen Uds mismos.
 
Si analizamos carteras resulta que muchas veces están integradas por emisiones que coloca el mismísimo banco o se trata de empresas participadas por la propia financiera. Surge la duda acerca de si los partícipes están financiando aquello que el banco no acepta como riesgo y no duda en pasárselo a quien ni se entera de dónde mete los cuartos.
 
Los Fondos del Plan están sujetos a comisiones, como hemos visto. Resulta evidente que la suma de la comisión de la Sociedad Gestora y aquella de la Depositaria pueden alcanzar el 2,50%. Si esa comisión se aplica sobre la totalidad del patrimonio del Fondo y lo hace tanto si se gana como si se pierde (es decir, que no está vinculada a una buena gestión), está claro que conduce a dos riesgos: a) si las comisiones se generan independientemente del resultado es complicado que exista implicación en el mismo, más aún cuando hoy día muchos partícipes lo son a la fuerza tras haber sido "vinculados" sus Fondos a la concesión de crédito y estar los intereses de dicha financiación supeditados a la continuidad del Fondo; b) he indicado que las comisiones se aplican sobre el valor liquidativo TOTAL del Fondo. Eso significa que si Ud tiene un valor liquidativo de 20.000 € le pueden "sacudir" hasta 500 € en comisiones por año. Si sus aportaciones alcanzaron los 200.000 € la comisión de ese año puede ser de hasta 5.000 € (solo en un año, insisto). Supongo que ahora comprende quien paga el televisor de plasma que dicen que le regalan y a qué precio lo paga... Imagine lo que puede ganar una gestora si Ud mantiene 20.000 € de valor liquidativo durante 20 años (10.000 €) ¿Y si hace la aportación máxima durante toda su vida laboral? Espero que comprenda ahora por qué son tan agresivos con la captación de Planes de Pensiones y por qué le "descuentan" un 0,10% en su hipoteca así que empiece a calcular cuanto dinero puede ahorrarse si pierde ese 0,10%
 
Lo realmente importante es analizar friamente las rentabilidades históricas, las comisiones, la política de inversión del Plan y comprar la tele que le guste, en un sitio donde le sepan aconsejar cual comprar y a su precio.
 
Y tenga claro que la famosa desgravación no es sino un diferimiento de impuestos. Solo eso.
 
 
EPÍLOGO DEL  ARTÍCULO.
 
Este corredor es un profesional del seguro pero, por encima de todo, un fiel defensor de los derechos del consumidor. Por tanto entiende que deben producirse cambios en el modelo actual de gestión del ahorro privado si desde el Estado se pretende alentar o arrojar al ciudadano hacia un sistema mixto. Porque en el actual estado de las cosas simplemente se estaría cebando sin pudor a ciertos poderes económicos y, con ello, se perjudicaría irremediablemente al ciudadano. Por ello, también, entiendo que es importante que este tipo de productos sean gestionados con independencia por profesionales cualificados. 
 
Tengo la impresión de que los ciudadanos no se están dando cuenta pero con su actitud despreocupada acerca de los grandes temas que afectan a su patrimonio se están metiendo irremediablemente en la boca del lobo. Lo triste del caso es que lo hacen a cambio de una tostadora o de un 0,10% que, para el caso, es igual de patético.
 
Para la elaboración de la información que sigue y que considero de suma importancia para entender el problema he recibido la inestimable ayuda de D. Carlos Hernández Guarch, abogado ejerciente y Presidente de ACUIB la Asociación de Consumidores de las Islas Baleares  (Telf 971.714302) quien no solo coincide en la valoración general expuesta sino que ha realizado los cálculos que dan cuerpo a este análisis y que demuestran el efecto de la comisión sobre el pretendido ahorro; del mismo modo me ha aportado la referencia del estudio que se cita más abajo.  
 
Supuestos de partida:
  • Partícipe de Fondo de Pensiones de 45 años que permanece en el mismo hasta los 65 años realizando aportaciones máximas anuales.
  • Incremento de aportaciones anuales según IPC que se estima del 3%
  • Rentabilidad anual que se estima en un 4%
  • No se calcula el efecto de la desgravación ni la fiscalidad de salida. Nos ceñimos al comportamiento del propio Fondo, exclusivamente.
  • Se calcula comisión máxima de Gestora (2,0%) y de Depositaria (0,5%).
 
Los resultados son los siguientes: 
 
  • En esos 20 años habría aportado una cantidad total de 351.520,79 €; descontando la inflación estaríamos hablando de 286.765,86 € (moneda constante).
  • A vencimiento se contaría con un patrimonio total de 422.156,06 € en moneda del año en que cumpliera los 65 años.
  • En comisiones la suma de aquellas de Sociedad Gestora y Sociedad Depositaria representaría un total de ¡ 115.789,11 € !

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Oro parece, platano es

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08 de Abril de 2010

Bankinter nos sorprende con un acto de generosa transparencia al indicarnos con total claridad que su oferta hipotecaria está Condicionada a la contratación de un seguro de vida, de un seguro de hogar y a la domiciliación de la nómina.

Evidententemente, y parafraseando a la vocal de "El sueño de Morfeo" eso será ¡Para toda la vida!

Desde luego para alguien que se dedica a esto del seguro resulta que el anuncio debería parecerse un poquito más al de un medicamento y advertir los efectos secundarios que tal oferta puede representar para quien muerda el anzuelo comercial que, a mi modo de ver, es a priori apetecible. ¿Por qué?

En la letrita pequeñita (y yo que estaba convencido de que las cláusulas limitativas debían destacarse en negrita, ¡pobre de mi!) que aparece bajo el teléfono que pretende el contacto inmediato y compulsivo, se detallan algunas cosas interesantes. Veamos:   Leer más

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Acuerdo entre Mediadores y Caja Extremadura

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26 de Marzo de 2010

El número 176 de la Carta del Seguro comienza con música militar, algo de bombo y platillo, para el Newsletter de Aseguranza (juega en casa) y a la incorporación del BBVA a Ingrea (asociación de gerentes de riesgo fruto de la escisión de AGERS y que reúne a los peces gordos del empresariado español). En un tímido tercer lugar, como si diera vergüenza decirlo, aparece la siguiente noticia:

Caja Extremadura no utilizará los datos de sus clientes de forma indebida

El Colegio de Mediadores de Cáceres y Caja Extremadura sentaron las bases para una relación comercial en la reunión mantenida el 18 de marzo en Plasencia. En ella se concluyó que los profesionales de la caja serían formados periódicamente y la caja se comprometió a no utilizar datos de los clientes de forma indebida, alegando que se trataban de hechos aislados y que la Dirección General de la Operadora había ordenado no utilizará más ese sistema.

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Brindo por un cambio de actitud

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06 de Marzo de 2010

Hace tiempo que sigo con expectación el discurso de AMAEF, la Asociación de empresas de Mediación ligadas a Entidades Financieras.. Sin duda se trata de una fuente inagotable de mensajes que alteran la compostura del más templado conocedor de lo que se cuece en el ámbito de sus oficinas.

D. Rodrigo Fernández-Avello, presidente de AMAEF nos regaló la penúltima perla en el número de marzo de Aseguranza. Según aparece publicado en el número 161 de la Carta del Seguro, "muestra su rotunda oposición a la nueva regulación del auxiliar asesor, que considera crea `inseguridad jurídica´".

¿Inseguridad jurídica? ¿A quién genera inseguridad jurídica? ¿Por qué? ¿Dónde está la cámara oculta?

Situémonos en julio de 2006, cuando apareció la nueva Ley que sustituía a la 9/1992. Lo que sucedió entonces fué un cataclismo para muchos mediadores: el colaborador externo que venía operando en dependencia del corredor/correduría al amparo de dicha Ley perdió de la noche a la mañana toda función y quedó relegado a la nada, a un mero pointer señalador de perdices ocultas al cazador (el ejemplo es gráfico). Con la nueva Ley 26/2006 los negocios llamados tradicionales sufrieron un varapalo de cuidado y su red de colaboradores pasó a ser totalmente inútil; en la red de cajas y bancos con ese mismo acto se producía el efecto contrario. Se acababa de apuntar uno de los toques de descabello que la Ley 26/2006 daría a los corredores/corredurías. Además, de una forma totalmente peregrina se hacia tabula rasa y daba lo mismo que el colaborador tuviera el Título Superior de Seguros (actual Nivel A) que no lo tuviera: por Ley dejaba de estar capacitado para prestar el más mínimo apoyo al corredor bajo cuya dependencia y responsabilidad debía operar. Eso constituyó una grave inseguridad jurídica porque allanó las expectativas de crecimiento de muchos y sembró de cadáveres muchas iniciativas de éxito en progreso y, además, lo hizo mediante la demolición de un esquema vigente durante catorce años.   Leer más

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¡Que álguien abra una ventana, por favor!

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11 de Enero de 2010

Veamos lo que dice la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito.

 

"Artículo 4. Constituyen infracciones muy graves: ...

 


d. El ejercicio de actividades ajenas a su objeto exclusivo legalmente determinado, salvo que tenga un carácter meramente ocasional o aislado.

e. La realización de actos u operaciones prohibidas por normas de ordenación y disciplina con rango de Ley o con incumplimiento de los requisitos establecidos en las mismas, salvo que tenga un carácter meramente ocasional o aislado.

j. El incumplimiento del deber de veracidad informativa debida a sus socios, a los depositantes, prestamistas, y al público en general, así como el incumplimiento del deber de confidencialidad sobre los datos recibidos de la Central de Información de Riesgos, su uso para fines diferentes de los previstos en la Ley reguladora de la misma, o la solicitud de informes sobre personas titulares de riesgos fuera de los casos expresamente autorizados en dicha Ley. Todo ello siempre que, por el número de afectados o por la importancia de la información, tales incumplimientos puedan estimarse como especialmente relevantes.

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Si, señoras y señores: nos toman por idiotas.

16
07 de Diciembre de 2009

Vamos a suponer que no estoy forrado y no me da igual tirar mi dinero o, cambiando de supuesto, vamos a suponer que soy un tipo duro y no dejo que me tomen por imbecil a la primera de cambio.

Vamos a suponer que acabo de venir del banco, de pedir un préstamo de 200.000 € a 25 años y me han dicho que me hacen un descuento del 0,8% si contrato el seguro del hogar con la aseguradora que a ellos les convenga. Tal vez les parecerá caprichoso eso del 0,8% pero se trata de un caso real, del caso de un cliente, así que he tomado el simulador de préstamos y ¿saben qué les digo? Pues que o ellos son idiotas o nos toman por tal cosa. Se lo voy a demostrar.

Vamos a suponer, en los ejemplos, que el diferencial sobre el tipo es constante tanto en el caso bonificado como en el que no lo es. Supondremos que el tipo de interés básico, de partida, se mantiene estable a lo largo de toda la duración del préstamo puesto que resulta irrelevante que varíe... al fin y al cabo la diferencia está, como el propio nombre indica, en el diferencial entre los dos tipos y no en el índice de partida (el euribor) sobre el que se aplica este.   Leer más
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El Seguro de Hogar : ¿son todos iguales?

10
05 de Diciembre de 2009

Con frecuencia los medios publicitarios nos asaltan con ofertas tentadoras que, por aquello de que la mano es más rápida que el ojo y que es la base del arte de cualquier prestidigitador o trilero, hacen que nos deslumbre el precio y nos creamos aquello de que “eres tonto si por lo mismo pagas más”. Resalto lo de “lo mismo” porque de eso, precisamente, va este artículo. ¿Seguro que estamos ante “lo mismo”?   Leer más

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