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La liquidacion de bienes inmediata en el concurso de acreedores de particulares en quiebra

El juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, ha empezado a declarar el mismo día la liquidación de los bienes de los particulares en quiebra que entran en concurso de acreedores.

 

En la mayoría de los casos, se trata de propietarios de pisos que no han pagado las cuotas de la hipoteca y acumulan numerosas deudas. La entrada en concurso de acreedores como particulares fue su último recurso dado que viven en situación de insolvencia.

Por la nueva ley que entró en enero, el juzgado ordena la inmediata liquidación de sus bienes, que generalmente es una pensión no contributiva que tiene un límite de subsistencia para embargarla.

Desde que este tribunal entró en servicio en diciembre del 2009, solo ha habido media docena de convenios de acreedores que han reflotado al deudor. Entre ellos, figura una hipotecada que obtuvo el concurso y, como disponía de bienes, pudo organizar el pago a los reclamantes. En los demás casos de particulares, la liquidación de bienes, de los que carecían, fue la solución procesal para cerrar un callejón sin salida.

Esta solución del juzgado de lo mercantil de Vigo resulta de gran trascendencia en los casos de sobreendeudamiento con deudas de diferente naturaleza. La liquidación de bienes inmediata del patrimonio en un concurso de acreedores de particulares, que se encuentran en quiebra, reduce el coste del muy cuantioso procedimiento concursal y permite a las familias tener la posibilidad de empezar de cero una vez liquidado su patrimonio para hacer frente a las deudas.

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