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¡Jolín! Mapfre también al margen de la ley por no emitir póliza del seguro. ¡Clientes de Caja Madrid, a reclamar!

Pues parece ser que Caja Madrid y Finanmadrid, como mediadores u operadores banca seguro, se dedicaron a emitir pólizas, teniendo a Mapfre como aseguradora, con ilegalidades o directamente contratos de seguro sin pólizas firmadas. Todo esto implica que si no rectifican y hay informes al respecto del Servicio de Reclamaciones, Mapfre puede ser sancionada; y sus directivos trambién. 

Por ello, aquellos prestatarios de caja Madrid y Fnanmadrid, que revisen sus contratos de seguro, a ver si son legales y existe póliza firmada. No es el primer ni el quinto caso que detectamos. Todo indica a pensar que los que han hecho seguros a través de la caja de ahorros que llevaba el nombre de la Villa y Corte, han hecho mejor negocio que los preferentistas si reclaman el seguro y se lo devuelven. La devolución del seguro es la mejor forma que tiene la aseguradora de rectificar la vulneración de la ley y evitar sanciones que pueden dar muy mala publicidad. Así pues, Mapfre debería devolver las primas de los seguros contratados en fraude de ley.

A esta respuesta a una reclamación que abajo colocamos, que me parece propia de una aseguradora de chichinabo, más que de un líder del sector, responderemos como a continuación se indica; y en iguales términos nos dirigiremos al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros.                    

AL SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE DE MAPFRE

Con respecto a la respuesta a mi reclamación del (Fecha) quiero manifestar que no entro ni salgo en la validez del contrato del seguro en cuestión; eso lo deberá dictaminar un juez. Lo que si quiero advertirles es lo que sigue:

La ley 50/1980 del contrato del seguro del 8 de octubre indica lo que sigue:

-       Artículo 3 Las condiciones generales, que en ningún caso podrán tener carácter lesivo para los asegurados, habrán de incluirse por el asegurador en la proposición de seguro si la hubiere y necesariamente en la póliza de contrato o en un documento complementario, que se suscribirá por el asegurado y al que se entregará copia del mismo. Las condiciones generales y particulares se redactarán de forma clara y precisa. Se destacarán de modo especial las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados, que deberán ser específicamente aceptadas por escrito.

-       Artículo 5. El contrato de seguro y sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizadas por escrito. El asegurador está obligado a entregar al tomador del seguro la póliza o, al menos, el documento de cobertura provisional. En las modalidades de seguro en que por disposiciones especiales no se exija la emisión de la póliza el asegurador estará obligado a entregar el documento que en ellas se establezca.

El RDL 6/2004 del 29 de octubre recoge

En su artículo 40, números 4 y 5, infracciones administrativas:

-       Tendrán la consideración de infracciones graves:

o   h) El incumplimiento por la entidad aseguradora de las normas imperativas contenidas en los artículos 3, 5, 8, 10, 12, 15, 18, 19, 20, 22, 76, 88, 94, 95, 96, 97 y 99 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro, cuando tal conducta tenga un carácter repetitivo. A estos efectos, se entiende que la conducta tiene carácter repetitivo cuando durante los dos años anteriores a su comisión se hubieran desatendido 10 o más requerimientos a los que hace referencia el párrafo b) del apartado 5 de este artículo.

o   p) Las infracciones leves, cuando durante los dos años anteriores a su comisión hubiera sido impuesta a la entidad aseguradora una sanción firme por cualquier infracción leve.

-       5. Tendrán la consideración de infracciones leves: b) El incumplimiento por la entidad aseguradora de las normas imperativas contenidas en los artículos 3, 5, 8, 10, 12, 15, 18, 19, 20, 22, 76, 88, 94, 95, 96, 97 y 99 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro, si no atendiera en el plazo de un mes el requerimiento que al efecto le formule la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones cuando entendiese fundadas las quejas y reclamaciones a que se refiere la normativa sobre protección de clientes de servicios financieros.

En el artículo 41, números 2 y 3, sanciones administrativas:

-       2. Por la comisión de infracciones graves se impondrá a la entidad aseguradora una de las siguientes sanciones:

o   a) Suspensión de la autorización administrativa para operar en uno o varios ramos en un período de hasta cinco años.

o   b) Dar publicidad a la conducta constitutiva de la infracción grave.

o   c) Multa por importe desde 30.000 hasta 150.000 eurosNo obstante lo dispuesto en este apartado, en el caso de imposición de las sanciones previstas en los párrafos a) y c) podrá imponerse simultáneamente la sanción prevista en su párrafo b).

-       3. Por la comisión de infracciones leves, se impondrá a la entidad aseguradora la sanción de multa, que podrá alcanzar hasta el importe de 30.000 euros o la de amonestación privada.

 

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  1. en respuesta a Javieron1
    -
    #11
    21/03/14 10:02

    No, en principio se trata de los seguros impuestos con los préstamos por Caja Madrid; estos seguros se imponen para sacar más dinero, no para dar un servicio al cliente. Son cosas distintas, lo de tu amigo es un producto de ahorro con forma de seguro; no obstante nunca sobra que revise la contratación.

  2. en respuesta a Mariachi
    -
    #10
    20/03/14 19:56

    Buenas tardes:

    Tengo un amigo que tiene contratado un seguro de vida en Mapfre que le vence en 2017 y del cual cobrará bastante dinero (ha cotizado bastante los 15 o 20 años del seguro). ¿Tiene que tener motivos para preocuparse de algo? ¿le podría dar algún consejo?. Es que por lo que leo los tiros van mas menos por ahi.

    Un saludo y gracias de antemano.

  3. en respuesta a Emmamani
    -
    #9
    18/03/14 20:03

    Pues quien respondió ha sido Mapfre. Se tendrán que arreglar entre ellos porque hay más chapuzas que esta.

  4. en respuesta a Mariachi
    -
    Top 100
    #8
    18/03/14 16:50

    Pero hasta donde yo sé, Caja Madrid es un Operador Banca-Seguros VINCULADO, es decir, en todo caso la responsabilidad es del operador y no de la compañía. Otra cosa es si fuese EXCLUSIVO.

  5. en respuesta a Portela
    -
    #7
    16/03/14 12:33

    Hola, el problema sobre todo está en los seguros de vida y desempleo que las entidades obligan, o engañan, a contratar, asociados a la financiación. A la hora de la verdad no cubren nada. Afortunadamente están mal contratados y algunas entidades, por la cuenta que les trae (la ley es muy severa, aunque no se haya aplicado) reintegran las primas; es el caso del grupo Santander.

  6. en respuesta a Mariachi
    -
    #6
    Portela
    15/03/14 21:08

    Bueno, yo hice un seguro de mapfre hogar en Bankia por que me interesa. Es decir, a mi Bankia no me obliga, me ofrecieron bajar 0,55 puntos el diferencial del préstamo hipotecario por hacer un seguro de Mapfre a través de ellos.

    Una vez hecho fui con la póliza a una oficina de Mapfre y me dijeron que estaba todo bien excepto que me pusieron el continente o no se qué con mucho más valor del que toca, casi el triple! Debido a ese fallo del comercial me sale unos 40€ más caro, que al parecer en caso de siniestro no sirve de nada pagar esos 40€ de más, ya que se paga el valor fijado por no se que tasación.

    A ver si para la siguiente renovación no me olvido de avisarles para que pongan el valor real del piso en lugar de lo que queda de deuda hipotecaria.

    Con la rebaja del diferencial me ahorro una media de 350€ - 400€ al año, vamos, que me compensa con creces hacer el seguro con Bankia. Si fuera una compañía tipo Balumba pues haría uno de Mapfre a mayores en una oficina de Mapfre, pero siendo Mapfre lo que ofrece Bankia y confirmado por una oficina de Mapfre, pues duermo tranquilo sabiendo que si se cae el edificio (esperemos que ocurra cuando esté yo fuera de él) me construirán o arreglarán o me darán otro para dormir.

    Un saludo

  7. #5
    15/03/14 16:47

    La cuestión es que hemos comprobado que el grupo Santander ha contratado todos sus seguros en muchos años en fraude de Ley; parece que Caja Madrid, hoy Bankia, va por el mismo camino; no digamos ya Cofidis, MBNA. Citibank, etc. Santander Consumer, y otros, no hacen el desglose de la prima en impuestos y recargos (los tributarán?

    Hay unas leyes que se deben cumplir.

    Además, hay una superstición generalizada de que los seguros vinculados a préstamos son obligatorios; pues se trata de que la banca se corte un poco de meter tanta purrela de seguro, que luego no cubre nada, y devuelva los que metieron con malicia y en fraude de Ley.

    Devolver las primas es la forma de que el contrato sea nulo y no les sancionen cumpliendo nuestra legislación. ¿qué pretende Caja Madrid cuando da por vencido un préstamo o ejecuta una garantía hipotecaria? nadie les discute sus derechos. Las leyes son para todos.

  8. #4
    15/03/14 16:38

    Pues que el Servicio de Reclamaciones de la DGSFP emita un informe sobre la vulneración de la ley.

  9. #3
    15/03/14 15:29

    Existía o no voluntad de contratar? Alguien contrató de escondidas y pagó las primas?

    Es que no sé que pretendes.

  10. #2
    15/03/14 15:25

    Pero qué es lo que estás reclamando? Qué cosa? No te han atendido el siniestro o simplemente que te falta un papel? Qué les solicitas?

  11. #1
    14/03/14 20:55

    Creia haber colgado la respuesta de Atención al cliente de Mapfre; intentaré enmendar el error.

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