Aprovechando que cada día se habla más de la necesidad de hacer una reforma constitucional, y haciendo una notable excepción ya que el objetivo de este blog no es hablar de cuestiones políticas, me ha parecido interesante hacer una breve comparativa entre la Constitución italiana (en vigor desde 1948) y la Constitución española aprobada tres décadas más tarde.
La comparativa es sobre los principios constitucionales, es decir, los pilares o principios fundamentales del orden jurídico-político que configuran ambos Estados. En la Constitución española se le llama Título preliminar y en la italiana Principios fundamentales.
Como se podrá comprobar, y como dice el Daniel Reboredo, historiador y colaborador habitual del grupo Vocento, la italiana es una de las Constituciones más democráticas y progresistas.
Cuestiones fundamentales mencionadas en los dos primeros artículos:
Italia es una República fundada en el trabajo.
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española.
(Sinónimos de fundar: fundamentar, crear, establecer, constituir, instituir, instaurar, erigir, organizar, alzar, construir).
Derechos:
Italia: 1- La República reconoce y garantiza los derechos inviolables del hombre.
2- La República reconoce a todos los ciudadanos el derecho al trabajo.
3- Todo extranjero, al que se impida en su país el ejercicio efectivo de las libertades democráticas garantizadas por la Constitución italiana, tendrá derecho de asilo.
4- A la libertad y la igualdad de los ciudadanos (Corresponde a la República remover los obstáculos de orden económico y social que, limitando el derecho a la libertad y la igualdad de los ciudadanos, impiden el pleno desarrollo de la persona humana).
España: 1- A usar el castellano.
Deberes:
Italia: 1- La República (...) exige el cumplimiento de los deberes inexcusables de solidaridad política, económica y social.
2- Todo ciudadano tiene el deber de desarrollar, con arreglo a sus posibilidades y según su propia elección, una actividad o función que concurra al progreso material o espiritual de la sociedad.
España: 1- A conocer el castellano.
Número de veces que se mencionan las siguientes palabras:
Patria, bandera, Nación, nacional, lengua, modalidades lingüísticas, fuerzas armadas, ejército, militar, italiano: 5 veces.
Patria, bandera, Nación, nacional, lengua, modalidades lingüísticas, fuerzas armadas, ejército, militar, español: 18 veces.
Ciudadanos, pueblo, trabajo, trabajadores, hombre, persona humana, dignidad social, libertad, solidaridad, paz, justicia, igualdad: 19 veces en la Constitución italiana.
Ciudadanos, pueblo, trabajo, trabajadores, hombre, persona humana, dignidad social, libertad, solidaridad, paz, justicia, igualdad: 9 veces en la Constitución española.
Constitución italiana: ni una mención al ejército, a la capital del Estado ni al italiano como idioma oficial del país.
Otros aspectos humanistas/sociales que podemos encontrar en los Principios fundamentales de ambas Constituciones:
Italia: 1- La República promoverá el desarrollo de la cultura y la investigación científica y técnica.
2- Protegerá el paisaje y el patrimonio histórico de la Nación.
3- Italia repudia la guerra como instrumento de ataque a la libertad de los demás pueblos y como medio de solución de las controversias internacionales.
4- Todas las confesiones religiosas son igualmente libres ante la ley.
5- Todos los ciudadanos tienen la misma dignidad social y son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer distinción alguna por razones de sexo, raza, lengua, religión y opiniones políticas u otras circunstancias personales y sociales.
6- Corresponde a la República remover los obstáculos de orden económico y social que, limitando el derecho a la libertad y la igualdad de los ciudadanos, impiden el pleno desarrollo de la persona humana y la participación efectiva de todos los trabajadores en la organización política, económica y social del país.
España: 1- Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impiden o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.
2- España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
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01 de marzo de 2013 (08:46)
No entiendo ese concepto de NO querer cambiar la constitución para adecuarla al siglo xxi, al igual que las instituciones, legislaciones, etc. Así es imposible progresar como país |
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01 de marzo de 2013 (10:29)
Es un tema tabú, como la monarquía, encuentro bastante más avanzada la constitución italiana, y eso que es de finales de la década de los 40 que la española (u otras más recientes) |
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01 de marzo de 2013 (10:55)
Interesante comparativa, da que pensar. |
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01 de marzo de 2013 (12:04)
Tema tabú para el establishment político español |
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01 de marzo de 2013 (12:05)
Gracias! |
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01 de marzo de 2013 (15:40)
Por lo visto quiere nacer otra constitución en España que es la de Cataluña, ya veremos como termina o se resuelve este trágico y escéptico punto.
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01 de abril de 2013 (17:35)
hola Encogu me has dejado directamente acojonado .
Un abrazo |
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01 de abril de 2013 (20:32)
hola, que tal?
sí, derecho al trabajo y...República fundada en el trabajo, quizás se entienda un poco más pq el paro es siempre mucho menor allí que aquí... en la española se nota que hacía 4 días que se había acabado la dictadura franquista y que el modelo seguido es el francés y no el italiano, más humanista y social, quede claro también que la comparativa es sólo sobre los Principios fundamentales, pero ya marcan una tendencia bastante definida... en efecto las regiones del norte de Italia no tienen nada que envidiar a muchas regiones alemanas, ojo que algunas (pocas) españolas tampoco... S2 |
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02 de abril de 2013 (18:22)
Yo también me alegro de charlar contigo . Sobre no envidiar yo sinceramente lo tengo claro Gipuzkoa ( por culpa de Mondragón sobre todo )
No hay mas . eso si el ejemplo de mondragon es o seria urgente potenciarlo . en navarra tienen tres Empresas fagor ( fundiciones bloques de motor ) Mapsa llantas y otra de piezas de plástico en medio de un valle ganadero . En 2007 y 2008 empezaron a capitalizar , beneficios , paga extra .
Por ahí muchas veces leo que si son no se que, que si el Euskera etc . Chorradas trabajar e invertir en que idioma no cuenta . Un abrazo |
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02 de abril de 2013 (20:05)
bueno, creo que algo más sí que hay...áreas metropolitanas de Madrid, Barcelona, Bilbao, Valencia y Sevilla, por ejemplo, Mondragón...un gran ejemplo a seguir, si hubiera más "Mondragones" está claro que la crisis no sería tan dura, S2 |
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02 de abril de 2013 (20:22)
Encogu muy poco valor añadido , con excepciones .
Pero cultura y quer la gente de la calle le parezca normal capitalizar o reducirse un 30/4o % su sueldo
un abrazo PD mi opinión que igual es demasiado pesimista |
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02 de abril de 2013 (20:26)
http://www.youtube.com/watch?v=OkvFc0gloYg Esto es innovación , MERCADONA a partir del minuto tres .
un abrazo |
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02 de abril de 2013 (23:01)
ok, puede ser,
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02 de abril de 2013 (23:02)
interesante, gracias por el link... |
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