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OPV CAM si, OPV CAM no; cuotas participativas

martes 15 de julio de 2008

Información sobre las Cuotas Participativas de la CAM

 

Las características de las Cuotas Participativas de la CAM

Las cuotas participativas son instrumentos financieros de renta variable, siendo CAM la primera Caja de Ahorros que ha acordado llevar a cabo una emisión, que permiten a los inversores participar en el reparto del excedente de libre disposición de la entidad emisora. Asimismo, las cuotas participativas se pueden comprar y vender en Bolsa, es decir, poseen la ventaja de ser líquidas, con lo cual, ofrecen la posibilidad a su titular de realizar una ganancia en caso de revalorización.

Derechos económicos vs. Derechos políticos de las Cuotas Participativas de la CAM

Las cuotas participativas no otorgan derechos políticos a los inversores (como el Derecho de asistencia y voto en las Juntas).

Limitaciones en favor del inversor minoritario

Un único cuotapartícipe no podrá tener más del 5% de las cuotas de una entidad y, en caso de que sobrepase esta cifra, transcurridos los plazos legales establecidos para vender las cuotas excedentes, se suspenderían la totalidad de los derechos económicos del titular hasta que vuelva a los límites legalmente exigibles.

Para mantener inalterada la naturaleza de las Cajas de Ahorros, existe una cláusula de amortización automática de las cuotas para el caso de que se produzca una modificación del régimen jurídico relativo a los derechos políticos de los cuotapartícipes.

Rentabilidad y remuneración de las Cuotas Participativas de la CAM

Las cuotas participativas son instrumentos de renta variable. La rentabilidad de las cuotas participativas se puede obtener mediante dos vías, una es la remuneración por la participación en el excedente de libre disposición que les pueda corresponder y la otra es la posible revalorización de los títulos en el mercado continuo.

En concreto, el artículo 9 del Real Decreto 302/2004, de 20 de febrero, sobre cuotas participativas de las cajas de ahorros dice en materia de retribución de las cuotas que “el porcentaje de retribución de las cuotas participativas sobre su parte en el excedente de libre disposición no podrá ser inferior, en cada ejercicio, al porcentaje que se atribuya a la obra benéfico-social sobre la parte del excedente de libre disposición que no corresponda a las cuotas participativas, ni superior al 50 por ciento”.

El espíritu social de las cajas permanece inalterado

Las cuotas participativas permiten a las cajas de ahorros obtener financiación para incrementar sus recursos propios sin alterar su naturaleza y los rasgos que las definen. Ello se debe a que los cuotapartícipes (nombre designado por ley para los tenedores de cuotas participativas) no son dueños de una parte proporcional de la caja de ahorros debido a que no otorgan derechos políticos. Por lo tanto, es imposible convertirse en propietario de una Caja de Ahorros porque, al ser una institución no lucrativa de carácter benéfico-social y no una sociedad anónima con un capital dividido en acciones, pertenecen a toda la sociedad, a través de los impositores, los trabajadores y los organismos públicos que actualmente componen la asamblea general.

Producto de inversión sujeto a la supervisión de CNMV

Como producto financiero, las cuotas participativas tienen una regulación estricta. Las cajas de ahorro, potenciales emisoras de cuotas participativas son, sometidas a estrictos controles y supervisadas por el Banco de España. las cajas de ahorros que emitan cuotas participativas serán también objeto de supervisión por la CNMV, al igual que las sociedades que cotizan en Bolsa.

Las cuotas participativas de la CAM, una nueva posibilidad de inversión

Las cuotas participativas son soluciones de inversión que dan la posibilidad de obtener rentabilidad de la misma forma que las acciones, a través del posible reparto de dividendos o de una potencial revalorización en bolsa. En este punto, las cuotas funcionan de manera similar a las acciones, sin afectar el hecho de no tener derechos políticos, y además sus titulares tendrán acceso transparente y exhaustivo a la información económica del emisor.

Las cuotas participativas de la CAM, abiertas a todos los inversores

Una vez inicien su cotización en el mercado continúo, cualquier persona podrá comprar cuotas participativas a través de cualquier entidad debidamente autorizada para operar en los mercados financieros.

Las cuotas son muy similares a las acciones, por lo que pueden subir o bajar en bolsa. De esta forma son un producto cuyo horizonte temporal de inversión es amplio.

Fuente: CAM.es

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