Publicado por
Rankia el
24 de Noviembre de 2011
Existen diferentes tipos de transferencias que podemos diferenciar según el territorio donde se realizan, cantidades de dinero y otras características, entre las comunes encontramos:
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Transferencias básicas: son las que se realizan dentro del Espacio Económico Europeo, es decir, dentro de España o entre una entidad en España y otra de cualquier Estado miembro de la UE o de los países no que se hayan adherido al Reglamento UE 2560/2001, Liechtenstein, Noruega e Islandia. La cantidad permitida en una transferencia básica debe ser igual o inferior a 50.000 euros, con cargo y abono en cuenta y que figure con el BIC e IBAN en el caso de España CCC, el precio de las transferencias básicas es compartido entre ordenante y beneficiario. Además se requiere que no lleven información adicional entre ordenante y beneficiario que supere la longitud actual establecida en los campos de concepto qye se comunica en el extracto o similar que implique realizar una gestión específica diferente a la liquidación.
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