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Etiqueta "fiscalidad": 16 resultadosEl Programa 12500 de sociedades profesionales
15 de Julio de 2010
Con un post sobre la reforma sobre operaciones vinculadas en el horno, hoy voy a dedicar unas líneas a una de las cuestiones que más tiempo me han ocupado en el último año: las Inspecciones derivadas del Programa 12500 de Sociedades Profesionales. Este Programa 12500 era el que determinaba que se debían inspeccionar por la AEAT la mayoría de las sociedades profesionales, ya que de acuerdo con una Nota del Dpto. de Inspección Tributaria de 26 de marzo de 2009 se indicaba que el Departamento de Inspección Financiera y Tributaria está detectando la utilización indebida de ciertos mecanismos por parte de algunos profesionales, con el objeto de minorar la base imponible susceptible de ser gravada”. La nota añade que se trata de “mecanismos que pueden ser utilizados en cualquier sector profesional, como son los dedicados a la prestación de servicios de abogacía, auditoría, consultoría, financieros, ingeniería, arquitectura, medicina, etc” y que permiten “recibir retribuciones a través de sociedades interpuestas”, según añade. Leer más Las comprobaciones de las cuentas abiertas por españoles en Suiza.
24 de Junio de 2010
Hola; Si bien hoy pretendía hablar de otra cosa -vinculadas- es irresistible no hablar hoy del tema de las cuentas de Suiza. Por cierto yo ya os dije que mucho cuidado con Suiza y con Andorra no hace mucho, para asombro no de pocos. Prepararse que parece que hasta puede caer Gibraltar, ya que España está empezando a negociar un acuerdo de intercambio de información. Os pongo en antecedentes con lo de Suiza: La Inspección ha enviado un requerimiento a los titulares de cuentas bancarias en Suiza en el banco HSBC para que se pongan al día con la Agencia Tributaria, a la que han ocultado más de 6.000 millones de euros. Las autoridades francesas han dado la voz de alarma a España, al remitirle información sobre contribuyentes con dinero en la filial suiza del HSBC. Los datos remitidos por Francia corresponden a clientes de la filial suiza de HSBC, aunque se desconoce de qué forma ha llegado la información a las autoridades galas. En marzo, la entidad fue víctima del “robo”, según la filial de banca privada de HSBC en Suiza, de datos de 15.000 clientes, motivo por el que contactaron con todos ellos para pedir disculpas por la “amenaza a su privacidad”. Leer más La Ayuda del Plan 2000E ¿Ganancia Patrimonial o mero descuento? Y las Ayudas de vivienda
10 de Mayo de 2010
A veces el ejercicio de la profesión del asesoramiento fiscal entraña múltiples dificultades que entorpecen nuestra labor de asesoramiento, la principal es la díficultad que tiene interpretar una norma de muy reciente aprobación y cuya interpretación administrativa cambia cada día ya que no existe un pronunciamiento claro y conciso de la Administración. Esto lo acabamos de ver con claridad en el tema de las ayudas del Plan 2000E. El Plan 2000E, si nadie lo conoce, es el Plan por el que el Gobierno del Estado y las CCAA otorgan ayudas por la compra de vehiculos nuevos. Como sabéis los medios de comunicación vienen recogiendo en los últimos días la opinión de algunos asesores fiscales y técnico del Ministerio de Hacienda según la cual las ayudas directas del Plan 2000E, para la adquisición de vehículos, tendrían que declararse como ganancias patrimoniales, y tributarían al tipo marginal de la escala del IRPF, es decir entre el 24% y el 43%. Leer más Una Buena Nueva. Parece que hay cambios en las normas vinculadas
16 de Abril de 2010
El pasado día 13, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-Ley 6/2010, de medidas para el impulso de la reactivación económica. Este Decreto-Ley entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. Y desde ese mismo momento tengo ganas de decir algo sobre él, en especial porque toca de una forma pequeña pero relevante, el regimen de operaciones vinculadas, y se anuncia un posible cambio. Llevo desde el martes queriendo escribir, pero creo que es mejor esperar y digerir con tranquilidad los cambios normativos. En general este RD-Ley 6/2010 toca varios temas fiscales, entre ellos la muy interesante liberad de amortización, ampliandola de los dos años actuales (2009 y 2010) a los años 2011 y 2012, así como varia alguna cosa más sobre rehabilitación de vivienda, o impagados en IVA. Leer más Aviso a navegantes en aguas andorranas y suizas
29 de Marzo de 2010
Desde el 11 de septiembre, e impulsado por la actual crisis global sobre todo en el asunto UBS, se está realizando un "ataque" a los paraísos fiscales, especialmente por la OCDE y por USA, mediante el empleo de diversas medidas antiparaiso, algunas fiscales, otras económicas y otras políticas, para que estos se adapten al estándar fiscal internacional. Lo que se busca no es la desaparición de territorios de baja tributación sino de la principal ventaja que tienen los paraísos fiscales: la opacidad, es decir saber quién tiene los cuartos en cuentas situadas en dichos territorios. Y esto se realiza a través de la firma de acuerdos de intercambio de información fiscal, generalmente incluidos en los convenios de doble imposición. Ya se ha firmado el convenio con Suiza -del que alguno preguntó en los comentarios- y con Andorra, estando pendiente en el último caso su ratificación por el Parlamento. Leer más La urgente necesidad de la reforma del régimen de operaciones vinculadas
14 de Marzo de 2010
La AEDAF (Asociación española de asesores fiscales) acaba de hacer público un documento http://www.aedaf.es/gestion_documental/documentos/ovaedaf(12).pdf en el que critican de forma tremendamente acertada el actual regimen de operaciones vinculadas.
Lio en el 349
22 de Febrero de 2010
En epocas de desasosiego y falta de seguridad juridica el legislador-ejecutivo, es decir nuestro queridisimos gobernantes han colmado el vaso de la paciencia con el tema del modelo 349, que vence hoy.
Para quién no sepa que es, el 349 es la declaración informativa para consignar las operaciones intracomunitarias que lleva a cabo la empresa. Por la entrada en vigor del "paquete IVA" -me resisto a poner VAT Package- en forma de resolución y no de Ley no quedaba claro si el plazo de presentación del modelo recapitulativo es el de la Directiva, el anterior -es decir el hasta ahora vigente-, o el de la nonnata Ley de adaptación al derecho interno de las Directivas.
La cuestión no sólo es relevante en la práctica sino que tiene una cuestión previa muy relevante: las directivas solo son aplicables directamente cuando tienen efecto directo y establecen obligaciones para los Estados (efecto vertical) y no pueden tener efecto horizontal o efecto vertical de establecer obligaciones a los particulares... pero aquí la DGT estás cuestiones le quedan muy lejos, y aplica la Ley del embudo es decir cuando son derechos al contribuyente el derecho comunitario no aplica, pero cuando es a favor de la Administración todo el campo es oregano (¿se atreverá la Comisión a sancionar a España por esto?)
Sin embargo al margen de estás cuestiones donde lo correcto desde mi punto de vista es que el 349 siguiera como estaba hasta la aprobación de la Ley interna que le de cobertura, el problema es mucho más prosaico... la DGT y la AEAT, es decir Hacienda no se pone de acuerdo consigo misma para ver como se aplica el nuevo 349. Hace cinco días, Lla Dependencia de Gestión de la Agencia Tributaria hace pública una comunicación mediante la que matiza el controvertido plazo (mensual o trimestral) de presentación del modelo 349, aspecto éste que ha sido objeto de diversas y discrepantes interpretaciones desde la publicación de la Resolución de la Dirección General de Tributos del pasado 23/12, señalando que en casi todos los casos la declaración debe ser mensual, sin importar el límite de 100.000 euros fijado por la norma y admitido por la DGT, en relación con las adquisiciones intracomunitarias. El mundo al reves... y creo que merecería alguna dimisión -Secretario de Estado de Hacienda-.
No se que pasará, y en todo caso he seguido la máxima de la prudencia (si adquiero algo intracomunitariamente pues declaro mensualmente), pero entiendo que cualquier tipo de actuación sancionadora se verá amparada en una interpretación razonable de la norma -amparada en un resolución de la DGT- e incluso en una ruptura del principio de legalidad...
Cada día está profesión del asesoramiento fiscal se mueve en las arenas movedizas, pero no provocadas por la crisis, no sino provocadas por una Agencia Tributaria totalmente desquiciada y sin rumbo fijo, que trata de maximizar sus ingresos de esta forma...
Sobre las operaciones vinculadas II
05 de Febrero de 2010
Una de las razones que me alejan del blog es el brutal trabajo que nos está dando el tema de operaciones vinculadas. Es inimaginable la complejidad que representa para cualquier empresa, de cualquier tamaño retratarse ante su asesor fiscal, o ante el experto en precios de transferencia, es recopilar todas y cada una de las operaciones que realiza con vinculados, los precios, margenes y condiciones que las rigen, y demás información necesaria para realizar los documentos obligatorios (el famoso master file, aunque yo cada vez más prefiero usar la terminología propia).
Como sabeís el próximo 26 de julio de 2010 todas las operaciones vinculadas de este país, con algunas excepciones, deben quedar perfectamente documentadas, y las superiores a 100.000 euros deberemos reflejarlas en el modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades (IS). Y documentar no es como antes, es decir hacer el contrato, sino cumplir con los requisitos reglamentariamente fijados (art. 19 y siguientes del reglamento del Impuesto sobre Sociedades) que es algo mucho más complejo, sobre todo cuando se afronta el analisis de comparabilidad desglosado en el analisis funcional y en el economico.
¿Y si no las tienen? Pues sanción al canto... que no es una broma, que suele rondar los 50.000 euros por obligado tributario y 70.500 por documentación de Grupo, es decir que un Grupo de 3 sociedades tendrá una sanción más o menos de 220.500 euros (50.000 por cada obligado tributario y 70.500 por la documentación de Grupo).
Lo que unido al Plan de Control Tributario para 2010 -que encontrais aquí- que dice que hará control intensivo y extensivo de esto, es decir requerimientos de gestión a mansalva para requerir documentación e inspecciones a las que tengan riesgos.
En fin que a muchas empresas les están entrando las prisas, sobre todo a las grandes y medianas por o bien consolidar (que para 2009 no se puede) o bien para documentar. Lo malo es que a mucha gente le están vendiendo como documentación cosas que no son documentación... así que mucho ojo y si hay que rescarse el bolsillo con el tema mejor esto que es deducible que la sanción que no lo es (;)))
Lo que más me está sorprendiendo es que no estoy viendo un movimiento que esperaba ver: los cambios en las relaciones socio persona fisica y sus sociedades, como sabeís esto hay que documentarlo (de forma sencilla salvo que este en estimación objetiva), lo que unido al cambio de tributación de rentas de capital mobiliario invitaba a cambios en estas estructuras...
Decir que he impartido y he recibido unos cuantos cursos sobre el tema... y mi sensación es agridulce. Por un lado hay expertos maravillosos que conocen el tema fantasticamente (por desgracia siempre se trata de un perfil muy similar, gente de grandes firmas o de multinacionales, y en algún caso ex-inspectores) y gente que dicen que es experta pero que no saben de nada, p.e. un monton de inspectores o catedraticos que se limitan a desgranar la norma, e incluso se permiten el lujo de meterse con los que saben, en plan que son meros vendedores de bases da datos a cuestas... en fin cosas veredes. Y como impartidor me gusta, pero no me considero un experto en el tema, así que me suelo limitar a contar mi experiencia en el tema.
Finalmente a veces se pregunta el precio de una documentación... no se que deciros, he visto presupuestos de 2 millones de euros y de 2000 euros. depende del cao. Una PYME sin operaciones complejas con los socios su coste debería rondar los 3000 euros, un grupo de empresas que no puedan consolidar rondarían los 12000 euros, si tienen muchas patentes y marcas subiría, y un Grupo internacional no debería bajar de los 60000 euros, aunque he visto presupuestos de 12000, que creo que si no estuvieramos en crisis no los vería.
PD: Los que queráis haceros publicidad en los comments no hay problema, pero por favor decir algo interesante antes.
2PD: Si a alguno le apetece abro un consultorio en los comments de una semana sobre temas de precios. ¿Como funciona? En los comments dejáis vuestra pregunta y yo me comprometo a contestarla en un post donde responderé a todas las consultas en bloque. Evidentemente no es un asesoramiento sino un simple intercambio de opiniones.
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operaciones vinculadas · fiscalidad
El lio del "paquete IVA"
04 de Enero de 2010
Feliz año 2010 a todos mis sufridos lectores.
Disculpar mi larga ausencia pero entre viajes, algún cambio profesional de calado y vacaciones varias me ha sido imposible escribir. Esta semana trataremos de ver dos temas del IVA muy interesantes: las reformas fiscales para 2010 y el alquiler con opción de compra. Hoy vamos a ver dos chapuzas de nuestro querido Gobierno y su extensión legislativa, y no son diferentes a la subida del IVA y la no implementación en plazo de la Directiva del IVA. A--> En la Ley de Presupuestos en el IVA con efectos desde el 1 de julio de 2010 y vigencia indefinida, se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido: a) Elevación de los tipos de gravamen. Se establece un tipo general del 18 por 100. Leer más Una pequeña nota sobre la fiscalidad de los prestamos entre socios y sociedad
18 de Noviembre de 2009
Como ya os avance hace unas semanas l la Ley SOCIMI -Ley 11/2209, de 26 de octubre por la que se regulan las SOCIMI- realiza diversas modificaciones en la normativa tributaria, ya que funciona como una Ley Omnibus o de acompañamiento. Una de ellas, desde mi perspectiva de las más relevantes, se encuentra la modificación del artículo 46 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para excluir de la renta del ahorro a determinados rendimientos.
La nueva redacción del artículo parte de la situación de que se ha realizado una cesión a una entidad vinculada, en los términos del artículo 16 del TRLIS, de capitales (por ejemplo, un préstamo) y que la persona física obtendrá un ingreso. En este caso, si se cumple otra condición adicional, la renta obtenida no va a integrarse entre las rentas del ahorro, sujetas hasta el momento al tipo del 18%, sino que pasará a integrarse entre las que tributan al tipo correspondiente de la tarifa del impuesto (el tipo máximo es del 43%). Leer más
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Pues yo creo que si, despues de los años que lleva la bolsa bajando y viendo el palo que se van a llevar los ahorradores con las plusvalias de los depositos
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