jueves 17 de julio de 2008
miércoles 9 de julio de 2008
Descubierto técnico o de valoración
Hola Echevarri, quiero preguntarte acerca de la procedencia del cobro de intereses por "descubierto técnico" a ver cual es tu opinión. La verdad, a mi parecer su cobro es de dudosa legalidad (principalmente porque entiendo que no hay causa que lo justifique más que la propia contabilidad del banco que además no se corresponde con la realidad dado que a mi modo de ver existiría un desplazamiento patrimonial que pese a parecer externamente conforme a derecho supondría un resultado antijurídico por carecer de relación obligacional subyacente) pero no he encontrado ninguna sentencia a nivel de AP de esto que digo (tan sólo una respecto de los intereses por adelantar los recibos que una empresa presenta al cobro por una entidad, donde la AP de Madrid dijo que eran improcedentes y condenaba al BSCH a devolver 60.000€ a una empresa cárnica) y admito mi completo desconocimiento del tema y que la materia es MUY OPINABLE. Sé que el cobro por comisiones por este concepto es imposible al impedirlo un reglamento del BDE, pero ese reglamento no dice nada de los intereses y no sé si habría analogía respecto de los intereses o no (o como lo entiende el BDE y los juzgados).Un saludo.Ok, muchas gracias. Si me permites a fin de ayudar al "correcto debate" voy a colgar mis "argumentos" con más detalle dado que en el post anterior los puse de modo muy deficitario.Más o menos lo que pego a continuación es mi "idea" acerca del tema aunque admito que deben haber muchas otras soluciones "contrarias" y quiero valorar correctamente si lo que pienso no es más que una "barbaridad" o idea trasnochada que difícilmente será aceptada o que quizá lleve algo de razón (eso con permiso de la autoridad competente dado que no sería la primera vez que tras parar los tribunales los "atropellos" de alguna que otra empresa contra sus usuarios, el "jerifalte" de turno, defendiendo el interés de su bolsillo (digo el interés "público") dicta el correspondiente decreto o presenta la correspondiente propuesta con el fin de cambiar la ley o directamente modificando los reglamentos correspondientes, para favorecer a dichas empresas, recuerdo un caso reciente especialmente sangrante, eso sí defendiendo los intereses de todos)...Un saludo.Si bien entiendo que de la lectura de la norma 3.3 de la Circular de Banco de España 8/1990 se deduce la imposibilidad del cobro por parte de las entidades financieras de comisiones por los denominados "descubiertos técnicos", nada dice la norma acerca de la procedencia del devengo de intereses por dichos conceptos, siendo práctica habitual en diversas entidades dicho devengo, práctica que entiendo que es contraria a derecho habida cuenta que aceptar dicha posibilidad implicaría el enriquecimiento injusto por parte de las entidades, pues existiría un desplazamiento patrimonial que pese a parecer externamente conforme a derecho supondría un resultado antijurídico por carecer de relación obligacional subyacente, puesto que en realidad no existiría causa alguna más que la mera contabilidad de la entidad (contabilidad que por otra parte no refleja la realidad del negocio jurídico, sino la interpretación de la misma por parte de la entidad) como justificación de dicho desplazamiento.Por ello, a mi juicio se darían todos los requisitos que exige la constante doctrina del Tribunal Supremo para la apreciación del enriquecimiento injusto, puesto que tal y como se pone de relieve en las SSTS de 28 de enero de 1956 y de 5 de diciembre de 1980 entre muchas otras son requisitos esenciales para que pueda apreciarse este extremo: la adquisición de una ventaja patrimonial por parte del demandado con el correlativo empobrecimiento de la actora, la conexión entre empobrecimiento y enriquecimiento (estas creo que no merecen mayor debate) y la falta de justa causa que justifique el enriquecimiento, puesto que a mi juicio no puede justificarse dicho desplazamiento como justificado en la contabilidad de las entidades toda vez que la misma no se trata del “reflejo de la realidad”, debiendo reseñarse que desde mi punto de vista dicha práctica también limitaría el derecho de los usuarios a la inmediata disposición de las cantidades consignadas en su cuenta bancaria, puesto que el devengo de dichos intereses vendría a suponer una especie gravamen encubierto a dichos derechos, habida cuenta que implicaría el devengo por parte de la entidad de unos intereses justificados en un situación que “de facto” es inexistente.Finalmente entiendo que el artículo 87.5 in fine del RDL 1/2007 impediría el cobro por este concepto dado que resultando evidente el carácter "remuneratorio" de los intereses en concepto de "lucro cesante" y "daño emergente" por el préstamo de dinero(al menos así lo entiende el Supremo en sus sentencias de 15.2.1997 y 8.3.1997)el abono de intereses en éste caso sería injustificado dado que evidentemente nunca ha existido dicho descubierto y por tanto nada ha de remunerarse pues nada se ha "consumido" o "usado".
lunes 14 de abril de 2008
Cajas fuertes virtuales
Etiquetas: bancos
domingo 24 de febrero de 2008
La Banca Invertebrada: La potencia sin control
Etiquetas: bancos
domingo 8 de julio de 2007
¿El P2P en la intermediación financiera?
- Alguien interesado en pedir el préstamo cuelga su solicitud en la web, indicando normalmente la finalidad, tipo de interés que está dispuesto a pagar, etc...
- La web chequea el historial crediticio de esta persona(una figura muy anglosajona donde se recogen los prestamos que has tenido y pagado ok así como tus impagos, otorgándote un rating). Huelga decir que los hipermorosos no tienen cabida, aunque como se puede comprobar en Prosper, los que han tenido alguna dificultad sí. Zopa parece más exigente.
- Los interesados en prestarle dinero pueden hacerlo sin tener que desembolsar la totalidad de la suma. Cuando entre todos los usuarios de la web hayan cubierto el préstamo, la web se encarga de abonárselo al interesado y de cobrárselo a través de su Banco, para posteriormente ingresárselo a los prestamistas.
- Nos hemos cargado, según lo que afirman paginas como Zopa, a los bancos, que son muy malos y que sólo buscan ganar dinero, ayudando a gente de verdad.
¿Qué bonito, verdad? Pues no. Resulta que se les olvida que los Bancos no ganan dinero porque si. Aparte de realizar todas estas tareas de puesta en contacto y de gestión de cobros y pagos, asumen algo fundamental. Y es la transferencia del riesgo. O sea que si el deudor no paga, a mí, señor acreedor me importa un pito, porque yo con ese señor no sé nada. Mi deudor es el Banco. La alternativa que nos venden Zopa o Prosper es que diversifiquemos los préstamos(algunos recomiendan no invertir más de 50$ en cada préstamo). También se encargarán de darle la lata para que nos pague y en última instancia nos ofrecen la compra de nuestro crédito por como mínimo, uauuuuuuuuuuu, un 10% de su saldo por parte de una compañía especializada en tales fines. Vamos, toda una garantía frente a los malvados bancos.
Alguno pensara, con todos estos inconvenientes, al menos la rentabilidad será golosa. Pues no tanto. O más bien sólo para los dueños de estos tinglados. Estos nuevos intermediarios del crédito venden la moto de que el que presta el dinero recibirá intereses muchos más golosos que los que les abonan los avariciosos bancos, y el que lo recibe pagara mucho menos. Nos quitamos intermediarios (ellos no se que deben considerarse) y ayudamos a la gente. Ese rollo es especialmente destacable en Zopa, que habla de que los créditos no deberían superar los dos dígitos. Es especialmente curioso teniendo en cuenta que Zopa es fruto de los ex fundadores de Egg, el decano de los Bancos por internet a nivel mundial y que este año seguía con fuertes pérdidas.
Traslademos el tema a España. Un buen cliente puede conseguir un préstamo personal entre el 7,5% a 5 años. Otro buen cliente puede conseguir en el mismo plazo un buen depósito sobre el 4,25%. El margen, por tanto, viene a ser unos 3,25%. No cuento con las comisiones de apertura pues considero que quedan empatadas con las comisiones que cobran estas webs(tanto a prestamista como a prestatario) y que son superiores al 1% en total. Bien, supongamos que como son solidarios, no como los Bancos, se reparten ese 3,25% al 50%. Al que ha recibido la pasta ni tan mal, ha conseguid abaratar su préstamo en un 1,6%. Pero el que ha puesto el dinero ha venido a sacar un 5,90% en vez del 4,25 de su Banco tradicional. Con la diferencia de la calidad de riesgo de ambos deudores. Yo lo tengo claro. No compensa.
Y la prueba está en que si buceamos en Prosper lo que abundan son prestamos de dobles figuras: 17,5%, 21%, 23%,...Supongo que quien presta con esos tipos será consciente de que el tipo de interés que cobra esta correlacionado con el índice de probabilidad de mora. Y cuando el ciclo económico se torna chungo, estas iniciativas nacidas en la prosperidad económica, se suelen venir abajo. Y ojito que Prosper tiene como 72 millones de dólares intermediados.
Y es que, después del fracaso de Egg, sus fundadores, émulos del fundador de Wenceslao Casares, han descubierto que, en esto de la Banca lo mejor es no correr riesgos. Que lo corran sus clientes y ellos a la rica comisión. Quizas en una futura ola web 3.0 añaden funcionalidades a Zopa, como que asuma el riesgo. Pero claro, habrían inventado la rueda, o sea la Banca.
PD: Que conste que me parece un modelo válido para los microcréditos de verdad, los de caracter social. Ahí teneos a kiva.org. Pero como modelo de negocio alternativo a la Banca Comercial me parece una tomadura de pelo.
Etiquetas: bancos, Financieras, p2p, prestamos
lunes 25 de junio de 2007
El Confidencial y las ventas de inmuebles del Santander
Y, claro, de primeras te preguntas varias cosas:
¿Por que no lo han vendido todo antes?
¿Por qué se siguen dedicando a la Banca Comercial?
¿Por qué los accionistas no han fusilado por esta muestra de incompetencia a Afredo Sáenz?
Pues porque es mentira, el titular juega con las palabras y mezcla conceptos, y creo que intencionadamente.
Según se desarrolla en el cuerpo de la noticia, una oficina de 500 metros cuadrados en Serrano tiene un precio de venta de 4,5 mm de euros, lo cual es superior al margen financiero de esa oficina en 25 años. De ahí, Fátima Martín, autora del articulo extrae que el Santander gana más.
Pero Fátima esta cometiendo dos ¿errores?, uno inflando la ganancia por la venta de l inmueble, y otro reduciendo fortísimamente el margen real de la sucursal.
1.Confundir ingreso y margen. Es cierto que el Banco ingresará esa cifra si encuentra comprador a ese precio, pero esa no es su ganancia. Debería descontar el valor actualizado de su coste de adquisición, así como todos los costes de mantenimiento que ha generado el inmueble: reformas, impuestos, etc. Y esa será la ganancia del Banco por la venta del inmueble. Bastante menos que lo indicado por El Confidencial.
2. Usar para la comparación el margen financiero. Debería hablar de margen ordinario, o de beneficio por sucursal. Si hablamos de margen financiero es de juzgado de guardia. Ahí no se incluyen las comisiones no financieras, el negocio no relacionado con la operativa bancaria clásica de depósitos y préstamos. Y todo el mundo sabe, menos Fátima y los consultores que le han redactado la noticia, que hace tiempo que este negocio es tan o más importante que el financiero estrictamente: comisiones de servicio, de fondos, etc...Claro, así los escuálidos 180000 euros anuales que da como referencia se elevan a como mínimo el doble.
Y hablando claro. No me creo que una sucursal en la Calle de 360000 euros de margen ordinario, ya que estaría en perdidas una vez descontados los gastos generales. La cifra es muy muy superior, y como mínimo rondará el millón de euros de márgen ordinario.
¿Qué busca Fátima o El Confidencial con este churro? ¿Hacer publicidad a las consultoras especializadas?¿O es un caso de mera incompetencia?
Etiquetas: bancos, inmobiliaria, inversion, medios
martes 15 de mayo de 2007
Sobre las nuevas fichas bancarias y la prensa amiga...
Es evidente que el mundo del seguro es fundamental en las estrategias bancarias a día de hoy. Algunos caminan en solitario, otros muchos dan entrada a socios especializados, a veces obteniendo jugosas plusvalías. Este no es el caso, ya que Caja Cantabria no tenía una compañía de seguros propia.
Y claro me he acordado de algo con lo que Caja Cantabria si intento obtener jugosas plusvalias, pero se paso de lista.Caja Cantabria es dueña de Bancantabria. Una EFC orientada a financiones empresariales(renting,leasing, etc...). CajaCantabria, estos años atrás las ha pasado negras( o de color). Se rumoreaba que tenía al BdE encima, las cifras de beneficios eran bajísimas y la morosidad, aunque concentrada en una serie de clientes, preocupaba. Afortunadamente, gracias a la gestión y al ciclo, han salido del hoyo: Pues bien, Bancantabria era una excepción a la regla. Funcionaba bastante bien, mínima estructura, buenos resultados...Pero claro se le escapaba negocio. Y a alguien se le ocurrió que podrían encontrar un primo, perdón, socio, extranjero, que pusiese pasta para la expansión, para arreglar la cuenta de resultados de la Caja y que no molestase. Vamos que la sede social y el control efectivo siguiese en manos del socio minoritario que sería Caja Cantabria.
Evidentemente no coló. Y eso a pesar de que la prensa amiga iba soltando por ahí que lo de la ficha bancaria estaba hecho(al BdE le da repelús dar fichas bancarias nuevas). Vamos cada año estaba a vueltas con un nuevo novio y un casí ya.
Pues nada, ahí tiene el lobby andaluz un casi Banco si lo quiere comprar. Le va a sobrar dinero. Aunque ya corren rumores de que todo es un bluff.
Y yo me pregunto, qué aportaría este nuevo Banco(el andaluz) al mercado español?
martes 8 de mayo de 2007
Buscando trabajo en Banca...
En lo positivo por las posibilidades que abre internet a un colectivo como este, tanto de compartir conocimientos como sentimientos.
En lo negativo en el bajísimo nivel financiero y profesional de muchos recién licenciados. No quiero justificar el mileurismo pero con él muchos de ellos están excesivamente bien pagados....Como siempre hay excepciones honrosas....
Etiquetas: bancos
sábado 28 de abril de 2007
CaixaGeral cobra menos?

Me parece bien que sean agresivos.
Me parece bien que intenten salir del pozo donde estaban.
Me parece bien que los portugueses apuesten por una dirección española para su negocio español.
Me parece bien que integren sus distintas marcas en España y aborden una ambiciosa expansión.
Me parece fatal que vayan de güays. Creo que el eslogan es algo así como ganamos menos para que tu pagues menos....Ja.
La hipoteca parece agresiva: sin importes mínimos, plazos amplios, carencias, revisiones agresivas, nulas comisiones, salvo la de cancelación....Por supuesto te exige una vinculaciones como todas estas hipotecaskiller...¿Cómo todas? Mas bien como algunas, como la del UNOE, Barclays y me da en la nariz que como con la nueva hipoteca de Bankinter(en la oferta registrada ante el BdE pasan muy rápido y corriendo sobre el tema), aunque esta última no la puedo asegurar. Eso si, tiene sus temillas que dan para un post.
Y es que estas hipotecas son muy cachondas. No cobran comisión de apertura pero te meten un rejonazo del uno con el seguro de vida, ya que a diferencia de otros Bancos, este cobra la prima del tirón, vamos prima única( y barra libre). En el ejemplo que con letra minúscula colocan en la web hablan de un seguro de vida de 1175 euros para una hipoteca de 100.000 euros para un hombre de 30 años, y a un plazo de 25 años. Je, je, je,...
Calculo que en la práctica la prima media de seguro que obtengan sera muy superior (por edad, importe y sobre todo plazo de la hipoteca). Pero si jugamos con ese ejemplo, y teniendo en cuenta que el beneficio neto de la prima en este tipo de seguros según me comentaba un agente, ronda un 50%, tenemos que se están metiendo al bolsillo el equivalente a una com.de apertura de aprox. un 0,5%. Y es que si cancelas la hipoteca anticipadamente vete a reclamarles la prima no consumida....
Cobramos menos?
PD1: Insisto en que me parece loable el giro estratégico de la firma en España.
PD2: Por favor, corrijan otro ¿error? Al citar los requisitos, hablan de contratar el Seguro Multiprotección, ¿¿¿¿¿un seguro obligatorio por ley???????que te permite asegurar tu vivienda en caso de incendio, robo, responsabilidad civil ante terceros....
De eso nada. El único seguro obligatorio por ley es el de incendios.
