Rankia - Comunidad Financiera
Usuarios  |  Regístrate  |  Ayuda
 

domingo 3 de junio de 2007

La Universidad Jesús Gil y Gil

Se trata de un rumor de los años 90.

Sujeto A: Entidad Financiera de primer orden que por aquellas fechas no pasaba por su mejor momento. Contaba con una mega residencia vacacional para los empleados en la Costa del Sol. Algo muy típico de los años 70 , pero que los Bancos se habían ido quitando de encima, por falta de demanda, por su elevado coste, y por las plusvalías que generaba.
Sujeto B: Don Jesús, alcalde de Marbella y Generalísimo del Atlético de Madrid.

Planteamiento: El sujeto A vendía al sujeto B(financiado lógicamente) la Residencia, y este la convertía en una Universidad privada....

Alguien se imagina a un Licenciado en Derecho por la Universidad de Jesús Gil Y Gil? y a un arquitecto? a un Doctorado en Ciencias Políticas? Y el claustro de profesores?....Daba para una serie de TV.

Etiquetas: ,

viernes 1 de junio de 2007

El leasing, mitos y realidades.

La verdad es que son de las afirmaciones recurrentes que más he oído en mi vida. "El leasing es más ventajoso que un préstamo", "el leasing tiene grandes ventajas fiscales", "con el leasing me desgravo más". Eso si, en cuanto preguntas por que es más ventajoso, cuanto más se desgrava, etc...la conversación se vuelve espesa, cuando no abrupta. N.P.I.

Como punto de partida, cojamos el artículo de la Wikipedia. No esta mal, deja bastante claro que se trata de un arrendamiento financiero con opción a compra. Eso si quizás debía incidir que en la práctica funciona de una manera muy similar a un préstamo, ya que muchas veces la cuota final que determina la opción de compra es del mismo valor que el resto. Así en la practica, es difícil distinguirlo de una financiación ordinaria.. Si cogéis el simulador del Popular y una calculadora cualquiera, veréis que en el fondo es como calcular un préstamo al mismo plazo pero con un pequeño ajuste final, ya que se debe añadir una cuota de capital equivalente a las que se han venido pagando, por que la cantidad que se ha ido amortizando no es equivalente a la del préstamo. Pero vamos, pata que se dice.

Resumiendo, la entidad financiera adquiere un bien que le ha señalado su cliente a un proveedor. El Banco, propietario con su factura, tras pagarle al proveedor, pone a disposición de su cliente el bien, en una modalidad de arrendamiento, y este le paga en unas mensualidades x un alquiler. Esa cuota se descompone en capital e intereses(puede ser a tipo variable). Una vez finalizado el plazo, si el cliente paga el precio residual prefijado se hace con el bien(en el 99,99 es así, pues la ultima cuota es simbólica)


Entonces,¿dónde estan las grandes ventajas? Siguiendo el esquema de Wikipedia...

1. Se puede financiar el 100%.Pues ni blanco ni negro ni tiene color. Claro que se puede financiar, pero también se puede financiar el 100% con el préstamo. Otra cosa es que el Banco te lo admita, en ambos casos. Claro, en el leasing parece que tiene que tragar por narices, ya que debe comprar el bien al proveedor(100%) y luego entregárselo al cliente, pero en muchas ocasiones las entidades financieras piden una entrega a cuenta(en la calcu del Popu) se ve claro.
Por otro lado, y aunque no es un tema que controle, en los leasing de vehículos a motor, creo recordar que el impuesto de matriculación no se financiaba vía leasing, aunque algunos hacían la vista gorda.Pero esto que afirmo no es seguro.
Lo que si es seguro es algo que no explica la Wiki y si que considero una ventaja, Cuando el Banco adquiere el bien debe pagar el IVA correspondiente. Ese IVA se lo ira repercutiendo a su cliente poco a poco, en cada cuota periódica, girándoselo sobre la cantidad de capital(por eso las cuotas de leasing no son iguales al final, aunque sean a tipo fijo, ya que al aplicar el sistema francés, el capital varia en cada cuota y con él, el IVA que se aplica).
La ventaja es clara: Si yo adquiero un bien debo pagar ese IVA, con dinero propio o ajeno. Aquí me aplazan el IVA by the face, a coste 0. Incluso si me apuran, si financiase el 100%, la cantidad seria menor y por tanto las comisiones de apertura, gastos notariales, también, ya que no se incorporaría ese IVA.
Pero es que además el sistema es tan flexible que permite, si el cliente lo desea, pagar el IVA de golpe al principio. Algunas empresas, en función de su planificación fiscal, y en aras a evitar ser deudoras de IVA en un trimestre dado, prefieren imputarselo de golpe.
2. Se mantiene libre la capacidad de endeudamiento del cliente:Radicalmente falso. Las entidades lo tratan como un riesgo más y como una carga financiera más.
3. Flexible en plazos, cantidades y acceso a bienes: Falso si lo comparamos con un préstamo. En esto son iguales. Cierto si lo comparamos con un renting.
Sin embargo los leasing suelen plantear problemas(aunque no estoy muy seguro) con la posibilidad de cancelaciones anticipadas, hasta el punto de no permitirlo, por lo que creo recordar.
4.Permite conservar las condiciones de compra al contado. Pues como el préstamo, igual, igual.
5.La cuota de amortización es un gasto tributario, por lo cual el valor total del equipo salvo la opción de compra se rebaja como un gasto, en un plazo que puede ser menor al de la depreciación acelerada.La empresa así puede obtener importantes ahorros fiscales.Esta es la clave del asunto y creo que no la acaba de explicar como se merece. Incluso al final se lia. Cuando yo adquiero un bien, al contado o por préstamo, por 30000 euros lo incorporo a mi Balance. Hacienda me permite cada año, en función del tipo de bien y de otros factores, computarme un depreciación del bien. Son las amortizaciones. Esa reducción de valor es deducible en la cuenta de resultados y en la Base Imponible Fiscal. Vamos es como un coste que no me supone salida de dinero, y por tanto lo que si me supone es un ahorro fiscal...
Pues bien con el leasing lo que se consigue es saltarse esos plazo. Supongamos un coche y supongamos(que ya no me acuerdo) que el plazo según Hacienda son 5 años, pues si me hago un leasing a dos, me desgravo vía amortizaciones lo mismo.. Por tanto no hay un ahorro fiscal. Lo que ocurre es que me he desgravado lo mismo en menos tiempo y por tanto hay un ahorro financiero.
Evidentemente este ahorro desaparece cuando los plazos, y sin embargo es frecuente el financiero que pide un leasing de una nave a 30 años por ahorros fiscales(sic).
Otro factor a tener en cuenta es que este es jugoso especialmente para sociedades que declaren beneficios. Para esas que sistematicamente declaren perdidas, pues no se hasta que punto.
6.Máxima conservación del capital de trabajo: Muy dudoso por lo ya explicado. En el fondo es como un préstamo.
7.Oportunidad de renovación tecnológica: Igual que el punto anterior.
8.Rapidez en la operación: Pues me da que justo que lo contrario, bus administrativamente para la entidad financiera es más lioso. Hace años, el leasing solo lo podían hacer entidades filiales de los Bancos, no los Bancos en si, y eso dilataba el tema. Además esta el papeleo que creo que es superior.
9.El leasing permite el mantenimiento de propiedad de la empresa.Lo he leído varias veces y frente a una financiación ordinaria no veo la diferencia.

La WP también habla de inconvenientes:
1. Mayor coste financiero que un crédito bancario debido al seguro. Pues muy relativo. Digo yo que una empresa seria tendrá asegurados los bienes que tiene financiados. O no? Por otro lado si tenemos en cuenta el tema del IVA que he comentado ahí ahí estará la cosa.
2. Se accede a la propiedad del bien. Es de cajón de madera.(aunque en el renting, que supongo que es la alternativa que contempla, si estas interesado también lo consigues.

Resumiendo la clave es financiera: El ahorro financiero que supone desgravarlo en menos tiempo, y en menor medida el efecto del aplazamiento del IVA que no debes sacarte de tu bolsillo de golpe.

Alguien ve alguna ventaja más? o menos?

Disclaimer: Esta no es mi especialidad y puedo estar desfasado...


Etiquetas: , ,

domingo 27 de mayo de 2007

Chascarrillos y leyendas urbanas de fin de semana...


Después del denso manifiesto de Hugh, y del análisis inmobiliario, un par de anécdotas.No recuerdo si alguna vez las he contado en Rankia. En todo caso son rumores, alguno con cierta consistencia...

El primero trata sobre un destacado Banco español . Dice la leyenda que tiene censados los cajeros automáticos que están situados cerca de mañas compañías: puticlubs, bingos y demás jinetes del apocalipsis....Utilizan esa base de datos para cruzarla con las extracciones de dinero que realizan sus clientes con sus tarjetas. El sistema informático detecta a aquellos clientes que sacan repetidas veces y/o en horarios no comerciales de dichos cajeros, pasando a engrosar las filas de un colectivo de VIP: Vamos a Intentar Patearos......

El segundo versa sobre un Banco aún mayor. Resulta que la hija del Capo del Banco estaba matrimoniada con un conocídisimo personaje público. Tras largos años de matrimonio, niños e imágenes propias de Hola, se les rompió el amor, y se consumo el divorcio. Al poco tiempo, una de las filiales del Banco, rescindió/no renovó el contrato de alquiler de unas ampliiiiiiiísimas oficinas donde venían trabajando desde hace lustros. Adivinan quien era el propietario de esas oficinas? El exmarido. Supongo que todo esto sería en beneficio de los accionistas....

Si que parece cierto que la Ética es importante otra vez en los negocios....

Etiquetas:

martes 24 de abril de 2007

Rumores...

Debe ser la astenia primaveral, mi reconocida alergia al polen o la edad. Quien sabe. Pero ultimamente estoy bastante pacífico. Como muestra de ello y de que quiero comenzar este blog de buen rollito, apor el momento lo dejaré en la categoría de rumores, sin dar nombres.

Durante los últimos años he observado con curiosidad una practica entre determinadas redes de inmobiliarias al detalle. La venta en exclusiva esta muerta, siendo la practica habitual colocar el piso en distintas inmobiliarias. Esto no es nuevo. Para salvarlo, las cadenas más poderosas se dedicaron a comprar exclusivas. Es decir, a cambio de dejar el piso en exclusivo te adelantaban un dinero a descontar de la comisión. Pero claro estéticamente quedaba muy feo y comercialmente sembraba dudas. Así que a todas se les ocurrió que lo mejor era "comprar" el piso. El vendedor tipo era aquel que vendía el piso a medio plazo(seguramente para entrar en otro) y que aceptaba un precio ajustado a cambio de la seguridad de tenerlo vendido, pongamos en X. La inmobiliaria se reservaba la opción de resolver el contrato si encontraba un comprador por un precio superior a X y que la inmobiliaria estimase adecuado. La diferencia entre ambos precios se reflejaría como comisión de la inmobiliaria por la venta al 3º.
En estos años de bonanza lo más frecuente es que la inmobiliaria encontrase un comprador. Cubría así sus objetivos: exclusiva, margen superior al habitual, etc...En ocasiones no era así y he comprobado que efectivamente se hacia cargo la inmobiliaria.
Peeeeeeeeeeero hete aquí que desde hace unos meses empiezan a surgir esos rumore rumore:
  1. Malestar, presión, restructuraciones en una de las principales inmobiliaria al por menor del país.
  2. Según dicen en la red, la filial que compraba los inmuebles no esta cumpliendo los compromisos. Fuerzan una prorroga o intentan zanjar el tema dando por perdida la entrega a cuenta.Unos 3.000 euros....me imagino el cuerpo que se la queda al vendedor que contaba con bastante más para adquirir otra vivienda o cancelar una hipoteca puente.
  3. Lo más curioso es que esa filial tiene socios financieros destacados(aunque sinceramente, para mi su gestión es bastante mediocre en su ámbito). Y digo que es curioso, porque vaya potencia financiera si no son capaces de aguantar la primera ralentización que se produce en el mercado desde hace años.
  4. Todo esto me suena familiar. Compromisos futuros de adquisición a precio cerrado ...supongo que lo tendrán debidamente contabilizado, no?
No se si sera cierto. Alguien lo sabe? Digo de primera mano, claro....no la versión ciber de tengo un amigo que conoce un primo que.....

Etiquetas: ,