EchevarriUsuario de Rankia desde sus inicios. Su blog está considerado uno de los más representativos de Rankia.
Etiquetas
ajuste banca banco crisis cuenta Echevarri financieros fiscal hacienda hearst hipoteca inmobiliaria inmuebles intermediarios inversión negocio nominados préstamo seguro tarjetas de crédito
Últimos comentarios
Sitios que sigoEnlaces
Últimas entradas de los Blogs
Etiqueta "penal": 1 resultadosNuestro modelo penal, en crisis
21 de Abril de 2008
Es curioso. La semana pasada estaba barajando distintas alternativas para uno de los posts offtopic. Y entre otras, estaba una reflexión sobre la crisis de nuestro modelo penal-penitenciario, tan de actualidad. Y justo, cuando el domingo abro las hojas de XLSemanal del Grupo Vocento, me encuentro con el artículo de Pérez Reverte, en Legítima Venganza. Y me congratulo de que alguien se atreva a decir, desde una posición muy cómoda, lo que muchos pensamos. Y me dije, ale, ya esta, ahora se trata de complementar, en la medida de mis escasas posibilidades lo manifestado por PR con los cuatro escasas ideas, con los breves flashes, de los que dispongo. 1. En primer lugar reafirmarme. El Derecho Penal esta en crisis. Luego explicaré algunos de los motivos. Pero esta en crisis desde el momento en que esta siendo desbordado por la realidad, desde el momento en que empieza a ser cuestionado fuertemente por aquellos a los que debería proteger (aunque aquí hay matices). Algunos profesionales, como Javier, apuntan al absoluto descontrol, atraso, a la pésima gestión del negociado de Justicia. Entiendo la acusación como algo general (si no que le pregunten a los que se hayan visto envueltos en un pleito civil o contencioso administrativo), pero que en la esfera de lo penal se concreta en situaciones aberrantes. Coincido con Javier en su visión. Este sistema, esta gestión es insostenible. Sin embargo, creo que en el Derecho Penal (y en algún otro Orden Jurisdiccional también) se da un problema mucho mayor, de fondo, que no se soluciona con todo el dinero del mundo, ni con los mejores gestores del Universo. Y aviso que se trata de un problema cuasiuniversal, en la medida en que los derechos Penales de los países occidentales parten de un tronco común. 2. Para entender el alcance de la crisis debemos remontarnos al inicio, a las fuentes del Derecho Penal moderno. Quien quiera profundizar en ellas debería conocer a Beccaria. Beccaria viene a marcar el nacimiento de un nuevo Derecho Penal en Occidente, pasando del sistema inquisitorial, al sistema acusatorio. Para entendernos, y por vulgarizar el asunto, pasamos de que el acusado deba demostrar su inocencia (una prueba diabólica) a que sea la acusación tenga que demostrar su culpabilidad. Todo el mundo es inocente hasta que se demuestra lo contrario, un principio básico del Derecho Penal Moderno. Pero Beccaria va mucho más allá, sienta la necesidad de que no puede existir delito si este no sancionado previamente por ley, así como la necesidad de la proporcionalidad de las penas, y en este sentido es un firme defensor de la abolición de la pena de muerte. 3. Beccaria marca un antes y un después. Se trata de un Derecho Penal sumamente garantista. En el fondo, como algunos afirman, este Derecho Penal se articula en base a la protección del acusado. Y creo que, en parte puede explicarse porque en su momento, esta concepción fue un instrumento absolutamente revolucionario. Y es que el Derecho Penal, antes de Beccaria, era usado básicamente por los poderosos contra los débiles. Dificilmente un poderosos podría verse encausado por un delito, dificilmente los menesterosos acudirían al juez para resolver cuestiones surgidas entre ellos (recurrirían a otros mecanismos) En ese sentido, Beccaria y los suyos, implícita o explícitamente, al margen de buscar todas las garantías que un hombre merece, estaban desarrollando un instrumento de igualación social. Recordemos que Beccaria es un hijo del S. XVIII, del Siglo de las Luces, de la Revolución Francesa, de.... 3. Con el triunfo de esta linea de pensamiento se produce un claro reposicionamiento de los fines clásicos del Derecho Penal: La venganza, entendida como devolver el mal al que lo causo. Se que hoy por hoy, como señala PR tiene mala lectura, pero en muchas culturas no es así. Se busca con ello devolver el equilibrio a un Universo desequilibrado por la acción del causante. La prevención general, entendida como un aviso a toda la sociedad para que no delinca. La prevención especial, entendida como reeducación del delincuente. La pena buscaría el evitar que el delincuente vuelva a cometer el delito. En ultima instancia buscaría reinsertarle. Como digo, a partir de ese momento, el primer punto comienza a perder su fuerza clásica, y comienzan a ser preponderantes los puntos 2 y 3. 4. El Derecho Penal no puede permanecer inmune al paso del tiempo. El socialismo, el fascismo, las democracias occidentales, etc...han ido pasando por la Historia, y a su modo, por el Derecho Penal, que no dejaba de ser su ultima ratio en tiempos de paz. Lo cierto es que con el paso de los siglos se ha ido imponiendo una corriente de desculpabilización de los criminales, bien por causas sociales, bien por causas médicas, cuando no por causas ideológicas. De alguna manera, el delincuente debía ser tratado, no castigado. Prima entonces el punto 3, la reinserción social. Buena muestra de ella es el Derecho Penal español. El art. 25.2 de la Constitución es un claro ejemplo: Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. 5. Y en esas estamos. ¿A nadie le extraña nada?, ¿a nadie le extraña que no se hable de las victimas? Los fervientes defensores del status quo suelen decir que, precisamente gracias a la reinserción de los delincuentes se evitarán más victimas. No fuese malo. El problema es que eso es un mero desideratum. Existen criminales, como los de índole sexual, que estadísticamente que dificilmente se reinsertan y cuyo índice de reincidencia es elevadísimo, pero ahí siguen, aprovechándose del sistema. Y es que, dejémoslo claro de una vez, el sistema penal actual protege al delincuente y no a a la victima, a la cual se le ponen mil trabas, de la cual nadie se acuerda, la cual debe perdonar y olvidarse de esos oscuros (y legítimos) deseos de venganza. 6. Y es que si volvemos al punto 2. creo que a alguien se le ha olvidado que ya no estamos en los tiempos de Beccaria. Hoy por hoy no existen aquellas brutales diferencias por origen. Hoy por hoy nos encontramos con que clases medias y bajas se han visto obligadas a perseguir a los criminales por la vía del Derecho Penal. Y se encuentran con que este sistema penal se olvida de ellos, dejándoles en absoluta indefensión. Mientras los delincuentes se benefician del sistema y los afortunados en lo económico viven a espaldas del mismo, gracias que pueden comprar su seguridad (PRIVADA). habrá que plantearse entonces que habrá que hacer ajustes en un modelo en cuyo nacimiento los condicionantes históricos fueron absolutamente distintos. 7. Por cierto, que muchos olvidan que Beccaria defendía, como no, que más allá de la dureza de las penas, el éxito del sistema estribaba en la certeza de las penas. Es decir, en la certeza de que te iban a pillar, en la certeza de que te iban a castigar, en la certeza de que nadie podría evitarlo. Vamos. igualito que ahora. 8. ¿Qué hacer? Pues en mi modesta opinión hay que mantener lo bueno del sistema. Y me estoy refiriendo a la presunción de inocencia, a las garantías durante el proceso, etc...Pero una vez la persona ha sido condenada hay que plantearse seriamente un cambio. Un cambio que recoja las demandas de la sociedad. ¿Y cuales entiendo yo que son esas demandas de la sociedad? 9. Pues PR lo deja claro en el artículo. Que el sistema penal les proteja, pero no sólo del Estado (como ya hace ahora con los presuntos culpables), también de los delincuentes condenados como tales. Acordémonos de Locke, aquel pensador que interpretaba al Estado como un moderno Leviathan. En el los ciudadanos depositaríamos nuestro legítimo Derecho a la Violencia en aras de la protección de los nuestros. Cedemos nuestra violencia para que el Estado nos ampare. Si este contrato se incumple, recuperamos nuestro Derecho. Así de crudo. Y que nadie se extrañe. Por tanto el Estado deberá proteger a sus ciudadanos de los criminales. Y si eso implica la cadena perpetua deberá hacerlo, si eso implica la no reducción de las penas deberá hacerlo, si eso implica la reducción de determinados atenuantes deberá hacerlo. Por que ya no estaremos hablando de presuntos culpables. 10. Me consta que el endurecimiento de determinadas penas puede llevar aparejadas determinadas distorsiones, como se recoge en Economía Forense. Pero llevemos los ejemplos que propone José Antonio un poco más allá. Es cierto que, una pena muy alta puede llevar al violador a matar para evitar ser atrapado. El problema estriba en que seguramente, como hemos tenido la certeza de comprobar, ese delincuente acabe matando de todos modos. Incluso aunque no lo hiciese, y dado el sistema penal, ese conformismo derivaría en la aceptación de una serie de futuras violadas como algo necesario para evitar una muerte. ¿Es algo justo? 11. Por supuesto, muchos dirán que estas medidas, que esta interpretación del Derecho penal va en contra de la Constitución. Pues probablemente así sea. Pues que se reforme. En un país en que se cuestiona permanentemente la Constitución por mil pijadas, en un país en que se reinterpreta de mil modos, me llama la atención que se tenga miedo a hablar de reforma en este sentido. Quizás por el inmenso apoyo popular que se adivina a esta iniciativa.
Otros contenidos sobre 'penal' en Rankia.comEl fiscal general ordena depurar las responsabilidades penales en la gestión de las cajas
Easagp.
¿Alguien irá a la cárcel por fin?, pocas esperanzas tengo
Prescripción en el procedimiento penal.
Valentino.
Hola a todos, tengo una duda que me ásale y me extraña que nadie haya hecho nunca referencia al tema: existe para el procedimiento penal un plazo de tiempo
Algo se mueve en la causa penal de Eurobank
Santiago.
Sí, sí. Algo se mueve. El fiscal ha pedido la apertura de la vista oral y ha indicado los nombres de los quince inviduos que deben responder por un buen montón
La banca penaliza la apertura de cuentas a clientes sin ingresos fijos
antioco.
Copio-pego un artículo de hoy en La Voz de Galicia: "La banca penaliza la apertura de cuentas a clientes sin ingresos fijos Saldos de menos de 250 euros
Ultima decision de lo Penal
Filatelic raritis.
¿Alguien sabe algo de lo ultimo que ha dicho el juez Pedraz? Parece ser que autoriza la venta de los edificios de Afinsa pero no hasta que la liquidacion sea
Bruselas prepara sanciones penales contra los banqueros (Alguien se lo cree???)
Jdoebcn.
La Comisión Europea presentará nuevas medidas de control al sistema financiero europeo que incluirán sanciones penales para los directivos de entidades que
¿El Nuevo Gobierno eliminará la "Ley Salgado" que penaliza depositos? ¿A que tipos se puede llegar? ¿4,5%? ¿5%?
apeche2000.
Buenas Tardes En vista de la nueva guerra de depósitos que parece que comienza ahora que vencen los mejores depósitos del año pasado y se pueden ir del banco
Moody's cree que seguirá la guerra del pasivo pese al decreto que la penaliza
DavidR.
Pues eso yo lo tengo clarisimo si no hay pelas no hay pelas esq no se puede hacer nada, les seguira saliendo rentable seguir pillando pasta para financiarse
Querella penal contra los magistrados del caso Fórum
Kanoo.
Querella penal contra los magistrados del caso Fórum El abogado Fernando Zurita presentó ayer ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo la primera
|