Nos toca seguir echando un vistazo, que no será el último, a la
Ley 2/2009, más conocida como
Ley de los intermediarios financieros o de las empresas de refinanciación, aunque
su ámbito, como ya vimos, es más amplio. En vez de seguir un orden secuencial, en parte por ser uno de los temas más controvertidos, y en parte por no perder la amistad de
Pau, voy a ir directo a
la famosa cuestión de las tres ofertas vinculantes. Y digo famosa ya que, para los conocedores del sector, y me incluyo entre ellos, o atemperamos mucho su interpretación, o hubiese sido mejor no regular el sector, pues una visión rigorista se lo carga.
La Ley hace referencia a las
ofertas vinculantes, en relación con los intermediarios, en varios momentos:
1. Exposición de Motivos:
Asimismo, los intermediarios independientes estarán obligados a seleccionar entre los productos que se ofrecen en el mercado los que mejor se adapten a las características que el consumidor les haya manifestado, presentándoles, al menos, tres ofertas vinculantes de entidades de crédito sobre cuyas condiciones jurídicas y económicas asesorará al consumidor. Leer más