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lunes 31 de marzo de 2008

Dr. House, o la responsabilidad médica por falta de consentimiento informado

Aunque no suelo ver series de televisión, últimamente he visto varios capítulos de House porque a mi pareja, que trabaja en la Sanidad pública, le gusta. La verdad es que la serie tiene su interés porque plantea en cada capítulo alguna cuestión ética relevante en cuanto a diversos aspectos de la sanidad, las relaciones médico-paciente, la organización de los centros sanitarios, los costes de la salud y un largo etcétera. También en cuanto a los sistemas de selección y contratación de personal, la competencia por el puesto, el rendimiento laboral, el despido, las relaciones humanas en la empresa y en el seno de un equipo... Incluso se plantean temas más personales como la reacción ante el dolor propio y el ajeno, la amistad, la atracción sexual y otros, todo ello con unas formas muy transgresoras pero directas al fondo de la cuestión. Por algo es que en internet se puede encontrar todo un elenco de recursos sobre la serie: desde una completísima página en la wikipedia a toda una colección de foros sobre la misma, o un blog con las reseñas médicas de los casos que examina en cada episodio.

Me dice mi pareja que a los médicos les gusta mucho la serie, cosa que al principio me sorprendió porque a mí no me gustan las series de abogados: no tienen ningún parecido con la realidad, distorsionan totalmente el funcionamiento de la Administración de justicia, la forma de trabajar de los despachos de abogados y crean unas expectativas completamente absurdas en el público en cuanto a lo que puede o no hacer un abogado y a su (nuestra) supuesta deshonestidad profesional generalizada (también en cuanto al coste de los servicios). Creí que a los médicos les pasaría lo mismo: todo un equipo médico de élite para un solo paciente, pruebas de todo tipo para diagnosticar su enfermedad, tratamientos carísimos, el paciente (casi) siempre se cura, y si no lo hace se lo toman como una tragedia personal...; vaya, nada que pueda verse ni en la sanidad pública ni mucho menos en la privada. De hecho, en público los médicos también manifiestan que no les gustan las series de médicos porque crean unas expectativas de éxito de tratamientos de urgencia y de práctica de pruebas carísimas que no son reales.

Pero me dice mi pareja que sí que les gusta porque, en el fondo, a casi todos les gustaría ser como House: un borde que trata a todo el mundo a la baqueta y que pasa de la opinión de los pacientes, de informarles de su enfermedad y de pedirles consentimiento. En un episodio reciente replicaba escandalizado a la jefa algo así como que "¡Pedirles el consentimiento! ¡Detrás de eso vendría el consentimiento informado!"

Para House, los pacientes son estrictamente el objeto de su trabajo: están sujetos a enfermedades que él debe tratar aplicando sus conocimientos y los medios técnicos y químicos que la ciencia médica pone a su disposición. Es él quien tiene los conocimientos, el "know how", el saber médico, y quien controla los tratamientos disponibles y, por lo tanto, hay que dejarle que los despliegue con la máxima libertad para que sean más efectivos. Informar al paciente y pedirle el consentimiento es una pérdida de tiempo, un sinsentido porque el paciente sólo sufre la enfermedad, pero no tiene conocimientos científicos sobre la misma, su origen, evolución ni posibilidades de cura. El paciente es el sujeto pasivo de su actividad profesional, debe someterse a su sabiduría porque lo ignora todo sobre su enfermedad. Incluso en el caso del paciente médico, éste no puede decidir porque su capacidad de raciocinio está alterada por su sufrimiento, mientras que House actúa con objetividad y profesionalidad.

Esto es lo que piensan también, en su fuero íntimo, muchos médicos, y como les gustaría actuar. Y como lo hacen algunos, pese a lo que dice la Ley. Recuerdo que siendo adolescente le pregunté al médico de cabecera por el resultado de una prueba y me dijo que eso no era cosa mía, que no me importaba. Era mi salud, pero mi salud no es cosa mía, es asunto profesional de mi médico, yo debo conformarme con tomar la medicación que me indique. Así llegamos a la responsabilidad médica por falta de consentimiento informado.

YellowstoneLa jurisprudencia sobre responsabilidad médica se ha desarrollado extraordinariamente en los últimos años, llegando a una casuística muy interesante y detallada. Puede verse todo un repertorio de pronunciamientos sobre el tema en el apartado de noticias, denuncias y casos de mi página estática.

Uno de los supuestos más novedosos y quizá para muchos más sorprendente es precisamente la imputación de responsabilidad al médico o, más frecuentemente, al titular del centro (normalmente la Administración, pero también a los centros privados) por resultados negativos que no obedecen a una mala praxis sino a alguno de los riesgos o posibles efectos secundarios de una operación, tratamiento o medicación, imputación de responsabilidad que se realiza en base a una falta de consentimiento informado.

Y digo que puede parecer sorprendente esta imputación de responsabilidad porque a primera vista puede resultar extraño que se atribuya responsabilidad al médico o el centro sanitario por un resultado que no se podía evitar, que es uno de los riesgos o efectos secundarios propios y descritos por la literatura científica del tratamiento aplicado, y cuando el tratamiento era, además, el indicado para el caso. Es decir, estamos ante supuestos en que el diagnóstico ha sido correcto; se ha instaurado el tratamiento idóneo; se ha seguido todo el protocolo del tratamiento correctamente; pero se ha alcanzado un mal resultado, no se ha obtenido la curación o incluso se ha curado la enfermedad inicial pero se ha inducido otra, aunque no por una mala praxis, por una negligencia en el proceder durante la intervención o tratamiento, sino porque ese mal resultado estaba previsto como un riesgo posible, como un efecto secundario del tratamiento que podía o no aparecer pero que no se podía evitar.

¿Por qué se imputa responsabilidad al médico o centro sanitario, si no ha habido negligencia en el tratamiento?

La respuesta es sencilla: porque el proceder de House no es aceptable. Porque la salud del paciente sí es cosa del paciente. Porque House no actúa sobre enfermedades de las que el paciente es mero sujeto pasivo, sino que actúa sobre personas que sufren enfermedades, que padecen y tienen derecho a conocer qué les pasa, qué tratamientos se les puede administrar y qué riesgos desean correr. Precisamente porque la medicina no es una ciencia infalible y los medicamentos tienen efectos secundarios y las operaciones pueden salir mal, es el propio enfermo quien tiene que decidir qué riesgos asume.

Por eso, cuando la operación se ejecuta con toda profesionalidad pero surgen complicaciones que agravan el estado del paciente; cuando la medicación origina un nuevo proceso morboso, pese a ser la indicada para la enfermedad correctamente diagnosticada, el médico es responsable si ha prescindido de informarle de esos riesgos y ha tomado la decisión por él.

Dicho de otra manera: la medicina es una obligación de medios; el médico no tiene la obligación de curar, sino de hacer lo posible por curar, de aplicar los conocimientos científicos existentes al paciente para mejorar su salud. El médico no es responsable por las deficiencias del estado presente de la ciencia médica, por la fragilidad del cuerpo humano, por las deficiencias de los medicamentos... Sólo es responsable de estar al corriente del estado de la ciencia y aplicarla correctamente. Cuando ésta falla, si el médico ha actuado correctamente, no asume responsabilidad alguna. Pero, justamente porque la medicina falla y el tratamiento instaurado puede tener resultados contraproducentes, debe informar al paciente de la posibilidad de que esto ocurra para que sea el propio interesado -el paciente- quien decida si quiere seguir adelante con el tratamiento o no. Así, el riesgo inmanente a una ciencia médica imperfecta recae sobre el propio paciente, sobre el individuo enfermo que acude al sistema sanitario para que traten de sanarle. Pero si el médico le sustrae esa información y la posibilidad de decidir, entonces está asumiendo los riesgos de ese déficit científico. Al decidir por su paciente, asume para sí los riesgos que, normalmente, corresponderían a éste.

Por si hubiera alguna duda al respecto, quiero dejar claro que los pronunciamientos judiciales sobre la materia y el criterio que he expuesto aquí no son ni un desarrollo jurisprudencial caprichoso ni una interpretación mía gratuita, sino que se corresponden con lo previsto de forma muy detallada en la Ley reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, Ley que viene a desarrollar en el ámbito interno, entre otras cosas, el Convenio de Oviedo, o Convenio del Consejo de Europa para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina y que es fruto de un largo y profundo debate científico y ético.

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martes 4 de marzo de 2008

Pon una autovía en tu vida... y duerme si puedes

Consigues tu primer trabajo, empiezas a apartar un poco de cada sueldo con vistas a que algún día podrás independizarte, ir a vivir a tu propia casa. Vas consiguiendo mejorar de trabajo, de sueldo, abres una cuenta vivienda y por fin te lanzas y te compras el piso. Bueno, de momento, un proyecto de piso, sólo está sobre el plano, antes tendrán que construirlo, y entretanto firmas letras para los dos próximos años, luego ya firmarás la hipoteca para los siguientes treinta. Vaya, una cosa con otra, en cuarenta años te pagas un piso.

No será gran cosa, un piso pequeño en las afueras, justo donde termina la ciudad, quién se compra hoy algo en el centro. Pero tiene la ventaja de que enfrente tienes el campo, vistas a la naturaleza, todavía de color verde si vives en el Norte de España; hay paz y tranquilidad.

Has tenido suerte, la promoción se acaba sin problemas, firmas escrituras de compra e hipoteca, te entregan las llaves y te mudas, ¡qué ilusión, ya tienes tu piso, tu sueño, tu nido! Te instalas, compras muebles, lo pones bonito (estilo minimalista, que con los recibos de la hipoteca no da para muchos lujos).

A los dos años empiezan a levantar el terreno enfrente de tu casa, van apareciendo un montón de palas y camiones y levantan un largo terraplén. Preguntas a unos y otros, y te enteras de que se trata del acceso a la nueva autovía ¡a sólo quince metros de la ventana de tu dormitorio! Empiezas a revisar expedientes, a mirar boletines, resulta que no hay ni estudio de impacto ambiental, en la época en que se aprobó el proyecto no estaba desarrollada la normativa sobre evaluación ambiental y la administración y la empresa pasaban de meterse en esos berenjenales. Total, quién se lo va a impugnar, una nueva infraestructura es el progreso, el futuro, el siglo XXI, no hay más que ventajas para todos. (Una alternativa tan fantasiosa como ésta es que sí haya EIA, pero considere el impacto del ruido como un "impacto compatible", ya que su impacto para los vecinos se ve compensado con la mejora de las comunicaciones, con lo que su bienestar no sufre -quien redactó el EIA no vive al lado de la autopista, obviamente).

Aguantas dos años y medio el ruido de las palas y camiones, cada día más estresado y durmiendo peor, pensando que ya acabará cuando se inaugure la autovía. Tararí que te ví. La autovía se inaugura sin medidas de protección contra el ruido. Te han colocado debajo de tu ventana un vial de acceso a la autovía, por el que circula a diario el grueso de los coches que entran y salen de la autovía a tu zona de la ciudad, varios miles de vehículos, sin ninguna protección.

Empiezas a presentar quejas en la delegación de Demarcación de Carreteras. Consigues que pongan unas medidas de reducción de la velocidad, se supone que a menor velocidad menos ruido; pero te ponen ¡bandas sonoras! ¡MÁS RUIDO TODAVÍA! Más quejas, cambian las bandas por otras de goma, algo menos de ruido, pero dejan las huellas de las anteriores, la muesca en el asfalto, que siguen haciendo ruido. Y también lo hacen los coches que pasan las bandas de goma a toda velocidad (todo terrenos, vehículos con ruedas grandes en general) y los que las esquivan por la noche a 100 km/h. Insistes ante la demarcación: que pongan semáforos con radar que se ponen en rojo cuando se circula a más de 50 km/h, que pongan pantallas contra el ruido. Contestación: el servicio de mantenimiento no tiene presupuesto para eso, cuesta mucho.

Ciervo en Yelloswstone N.P.¿Cómo es posible que se pueda construir una autovía y sus accesos sin medidas de protección contra el ruido? ¿Es que la Administración que adjudica la obra y la empresa concesionaria no saben que hay una legislación sobre ruidos que hay que cumplir? ¿No saben que el ruido afecta a la salud de las personas? El coste de las medidas contra el ruido no corresponde a mantenimiento de la carretera, va dentro de su construcción: igual que se ponen medidas de seguridad contra accidentes, hay que adoptar medidas de salubridad respecto a las personas cuya vida se va a ver afectada por esa carretera. Es de sentido común. Es de responsabilidad social (eso de que hablan tanto las empresas pero ninguna cumple). Es de ley.

Así que, al final, contactas con alguna de las asociaciones y plataformas creadas por las víctimas del ruido en sus múltiples manifestaciones, con sus abogados especializados, y te embarcas en una lucha larga y difícil en los tribunales, que acabarán dándote la razón porque es de sentido común y de ley.

Efectivamente, hay una legislación que administraciones y constructoras deben cumplir y que, si no lo hacen, los tribunales les hacen cumplir. No en vano, se ha reconocido que el ruido excesivo constituye una violación de derechos fundamentales: derecho a la inviolabilidad del domicilio, a la vida privada y familiar, y el Estado Español ya fue condenado en 1994 por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas por no proteger frente al ruido a un ciudadano. Desde entonces, se han sucedido los pronunciamientos de juzgados y tribunales de todos los órdenes estimando demandas y denuncias por ruidos excesivos que no son atajados por las autoridades competentes. ¿Curiosamente?, éstas siempre optan por proteger al industrial, comerciante o constructor ruidoso y abusivo que al vecino cuyos derechos ampara la Ley.

Antes de autorizar una nueva autopista, un nuevo polígono industrial o fábrica aislada, un nuevo aeropuerto... hay que tratarlo con todos los vecinos (algo que es obligado por imponerlo el Convenio de Aarhus, las directivas que lo han incorporado a la normativa europea y la Ley 27/2006, que regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, considerar las molestias que les va a causar y adoptar las medidas necesarias para minimizarlas. Esto no supone detener el progreso, sino todo lo contrario: el progreso debe tender siempre hacia la mejor calidad de vida, a mejorar el bienestar de TODOS, sin que algunos tengan que sacrificar sus vidas por el resto.




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viernes 4 de enero de 2008

Ausbanc vs Rankia: honor vs libertades de expresión e información en la red

Llevo ya unas semanas sin publicar nada en el blog, aparte de la felicitación navideña, porque he estado más que entretenido contestando a la demanda de Ausbanc contra Rankia (y luego me he marchado a Grecia una semana, que hay que ver cómo está, todo hecho una ruina...)

Así que voy a dedicar este comentario no tanto a hablar sobre el contenido de la demanda y la contestación, ni a atacar a Ausbanc o defender a Rankia, sino a aclarar algunas cuestiones generales sobre la libertad de expresión y de información en internet, sobre el derecho al honor de personas físicas y jurídicas y sobre los nuevos modelos que supone la red social frente a la postura tradicional del Derecho en estos temas. Y es que a raíz de la publicación de la noticia en el blog y la sección de noticias de Rankia, ha habido un gran número de comentarios y reacciones de apoyo a Rankia (tanto en esos sitios como en muchos otros blogs, que espero me perdonen por no citar a todos) y creo que todos se merecen que aclare algunas cuestiones "técnicas".

Supongo que no necesita demasiada explicación, por sobradamente sabido por todos, que las libertades de expresión y de información y el derecho al honor son derechos y libertades fundamentales, amparados por la Constitución española, además de diversos tratados internacionales. Es obvio que aquellas libertades y este derecho pueden entrar en conflicto, y así ocurre en muchas ocasiones, cuando las expresiones manifestadas o las noticias publicadas perjudican la imagen pública de las personas a las que afectan. Existe una amplísima jurisprudencia sobre ese conflicto, producto de las innumerables demandas planteadas por personas más o menos conocidas contra quienes les han ofendido en algún modo. Muy esquemáticamente, se puede resumir la doctrina jurisprudencial en los siguientes puntos:

-El derecho al honor tiene dos vertientes: la imagen pública de una persona, es decir la opinión que de ella tengan otras personas; y la imagen que uno tenga de sí mismo, la vertiente interior del derecho al honor. Ambas están protegidas constitucionalmente.

-La protección alcanza tanto a las personas físicas como a las jurídicas, con las matizaciones naturales propias del carácter de las últimas: por ejemplo, no pueden defender la imagen que de sí misma tengan, sino sólo su proyección al exterior.

-En caso de conflicto de la libertad de expresión y/o información con el derecho al honor, prevalece aquélla siempre que:

-las expresiones no sean insultantes;

-la noticia publicada sea veraz (no se exige un grado de veracidad absoluta, pero sí una suficiente aproximación, que el núcleo sea cierto; y que haya habido una investigación adecuada de la verdad);

-que la noticia tenga interés público. Así, no es admisible la publicación de una noticia veraz sobre una persona que no tiene ninguna proyección pública. No lo tiene la publicación de una fotografía de un primer plano de una persona con expresión de sufrimiento tras ser víctima de un accidente, cuando se da la noticia del accidente mismo: la publicación de esa fotografía es más morbosa que relevante para la opinión pública.

-para determinar el grado de interés público hay que analizar una serie de factores: la posición social del personaje afectado, sus actuaciones anteriores, el ámbito más o menos privado de la noticia... Así, una noticia sobre un político, p.ej., tendrá interés público, salvo que se refiere al ámbito de lo estrictamente privado, siempre que haya llevado su vida privada con discreción. Pero también tendrá interés público una noticia referente al ámbito de lo estrictamente privado de un personaje que voluntariamente se haya colocado ante las miradas de todos (pseudo-famosillos de la "farándula"). Incluso se han admitido manifestaciones próximas a la injuria en polémicas entre periodistas que voluntariamente entraron en la dinámica pública de agredirse verbalmente desde sus respectivos medios.

-Por aplicación de la Ley de Prensa, de 1966, que ha sido declarada acorde con los principios constitucionales, cuando un medio de prensa, escrita o no, publica una noticia que atenta en forma antijurídica contra el honor de alguien, se puede hacer responsable al director y editor de la públicación, además de al autor de la noticia.

TunecinoSobre esta doctrina jurisprudencial consolidada y que podríamos llamar tradicional, en cuanto que se ha elaborado a partir de noticias o expresiones realizadas en medios de comunicación tradicionales (prensa escrita, radio, televisión), aparece el nuevo fenómeno de internet y, sobre todo, de las redes sociales de la web 2.0. En éstas ya no hay un periodista a sueldo de la empresa editorial, cuyo equipo de dirección establece una línea política a seguir y que decide qué se publica y qué no. Más allá de ese sistema de publicación de las noticias que fluyen en un sólo sentido (de los responsables de la noticia hacia los lectores), en las redes sociales hay una retroalimentación constante, un caos absoluto, entre manifestaciones de unos y otros enviando comentarios y noticias que pueden o no ser veraces, y que pueden ser contestadas por cualquier lector que así se erige también en autor. Esta facilitación de medios para expresarse da lugar a una libertad de expresión y de información mucho más intensa y amplia: cualquiera puede informar a los demás de todo tipo de actividades, iniciativas, propuestas, ideas... sin necesidad de disponer del capital necesario para publicar un periódico o que le concedan un programa en una emisora de radio o televisión; y sin someterse a la directrices de ninguna editorial. Colectivos que antes apenas podían hacerse oír ahora tienen casi los mismos medios en internet que las editoriales más poderosas.

Esto ha permitido un gran incremento de la participación social, del escrutinio por el público de las actuaciones de políticos y empresarios, de la colaboración entre particulares, de las actuaciones sociales, etc., etc. En definitiva, contribuye de manera decisiva a la profundización de la democracia. También permite el desarrollo de nuevos modelos de actividades económicas, ha creado todo un nuevo campo para la iniciativa empresarial abierta a cualquiera con ideas y empuje, con lo que crea riqueza. Puede decirse que ha dado un gran empuje a la sociedad civil frente a los poderes institucionalizados.

Volviendo al tema que nos ocupaba, también permite nuevos ataques al honor de las personas por medios antes impensables. Ataques de los que es más difícil defenderse, igual que ocurre con todos los nuevos delitos económicos y contra la seguridad de los datos personales que se producen a través de internet.

Se hace preciso encontrar un nuevo punto de equilibrio, dentro del ámbito de internet, entre las libertades y derechos fundamentales en conflicto, que siguen siendo los mismos: libertad de expresión y de información y derecho al honor. Y en este nuevo ámbito de internet, el choque se soluciona con los mismos criterios antes expuestos en cuanto a la prevalencia de las libertades de expresión e información siempre que se cumplan con los requisitos expresados.

Hay, sin embargo, uno de los puntos que antes expuse que ya no encuentra su sitio en internet, dentro de las redes sociales: en éstas ya no existen editores ni directores de publicaciones, que se han visto sustituidos por los prestadores de servicios en la sociedad de la información (es el nombre legal que se les ha dado): son los proveedores de acceso a internet; de nombres de dominio; de alojamiento para blogs, foros, etc.; de enlaces a noticias, etc. No tiene sentido que estos proveedores de servicios tengan la misma responsabilidad por las expresiones publicadas en los sitios a los que dotan de medios para existir que la que tenían el editor o el director de un periódico: esos foros, blogs, servicios de noticias, etc. ya no responden a una línea editorial fijada unilateralmente, sino al caos propio de las redes sociales. La atribución de responsabilidad a esos proveedores de servicios por las expresiones que se incorporen a foros, portales, etc. supondría acabar con el mismo fenómeno que ha convertido internet en el mayor éxito social y económico del nuevo milenio.

El legislador ha sido consciente de ello y por ello ha decidido crear un territorio en el que la responsabilidad está muy limitada, sólo surge cuando se traspasan fronteras muy evidentes. Y me estoy refiriendo tanto al legislador europeo, cuando aprobó la llamada Directiva sobre el comercio electrónico, como al español, que obligadamente debe seguir al anterior, al aprobar la LSSI.

Esquemáticamente, ambas normas establecen una exención de responsabilidad de los prestadores de servicios siempre que se cumplan determinadas condiciones: deben publicar sus datos mercantiles y profesionales y la forma en que se puede establecer comunicación con ellos; que no tengan conocimiento efectivo de que se han utilizado sus medios para realizar actos ilícitos o que lesionen bienes o derechos de otras personas susceptibles de indemnización; y que, cuando lleguen a tener ese conocimiento, actúen con diligencia para retirar los datos o impedir el acceso a ellos.

Obviamente, estos requisitos plantean un problema de interpretación: ¿cuándo los prestadores de servicios tienen conocimiento efectivo de que determinada información o expresión es ilícita o lesiona derechos ajenos? ¿Debe proceder a examinar y enjuiciar cada mensaje, estableciendo una censura previa? No es esa la intención del legislador: sólo existe ese conocimiento fehaciente cuando la autoridad competente haya declarado que los datos en cuestión incurren en esa ilicitud y hayan ordenado eliminarlos o impedir el acceso a ellos. Aunque no lo diga expresamente la Ley, parece que también debe considerarse que tiene ese conocimiento cuando el afectado (la persona cuyo honor se ha atacado) se pone en contacto con el prestador para comunicarle que se considera agraviado por el comentario o noticia y le requiere para que lo elimine (para eso se le exige que haga pública una forma de comunicarse con él), y una simple lectura de éste ponga de manifiesto que su contenido es claramente injurioso, sin lugar a ninguna duda (porque el prestador de servicios no es un censor ni un juez y, en la duda, tendrá que dar preeminencia a la libertad de expresión). Obviamente, el prestador tiene además la obligación de colaborar con la justicia para identificar al responsable del ataque ilícito.

En definitiva, en el mundo de internet cada uno es responsable de sus propios actos: el autor de la expresión injuriosa seguirá siendo responsable de su ataque ilícito; lo mismo quien publique noticias difamatorias o que, siendo veraces, no tengan ningún interés público o cualquier otro elemento que afecte al honor o al ámbito de la privacidad de las personas sin una justificación adecuada (pensemos en el novio despechado que cuelga fotos de su ex-pareja para vengarse de que le haya dejado). Los prestadores de servicios sólo serán responsables cuando no informen a los usuarios y/o posibles afectados por ataques a sus derechos de cómo comunicarse con ellos, cuando no eliminen datos de los que tengan conocimiento fechaciente -en la forma expresada- de que son ilícitos o cuando no colaboren con la justicia para identificar a los autores de esos ataques.

Es preciso ahora que todos los operadores jurídicos sean conscientes de este cambio en la doctrina tradicional sobre el conflicto libertad de expresión/información vs derecho al honor para no responsabilizar, en contra de esta nueva orientación del derecho (obligada ante la novedad del fenómeno de internet), a quienes se limitan a poner los medios para que otros puedan expresarse.

Tras la lectura de todo lo explicado, creo que cada uno puede contestar las siguientes preguntas:

Cuando un portal de internet que crea una comunidad centrada en la economía de las familias y pequeños ahorradores pone los medios para que cualquier usuario (o incluso sus propios administradores) pongan enlaces a noticias publicadas en la prensa (El País, El Mundo, El Economista, El confidencial...) con el fin de poder reunir en ese espacio todas las que sean relevantes para los fines de esa comunidad; y si esas noticias, que tienen toda la apariencia de veracidad ya que permanecen en las webs de los medios que las publicaron originalmente meses e incluso años después de publicadas, perjudican la imagen que el público tiene de una determinada asociación que se dedica, según dice y así lo expresa en su denominación social, a la defensa de los consumidores, ¿está cometiendo alguna acción reprobable por la que deba ser condenado? ¿El honor de esa asociación se pone en entredicho por los enlaces a las noticias originales o por las noticias mismas? Y si esas noticias no han sido desautorizadas y permanecen publicadas en sus medios originales,

Si esa misma asociación ha utilizado el portal para promocionarse; si los titulares del portal se lo permitieron e incluso lo impulsaron, por ejemplo mediante la incorporación a una de sus secciones de artículos elaborados por alguno de sus miembros; si agentes de esa asociación entran en polémica con otros usuarios del portal y pretenden desacreditar a otras asociaciones u operadores jurídicos que compiten con ella por su mismo sector de clientela; si ha intervenido de forma tan intensa en la actividad del portal que llega a acumular un 4% de los mensajes de los foros ¿no se hace acreedora a un mayor escrutinio de sus actividades, de su recto proceder, que otras asociaciones o bufetes que no hayan intervenido en el mismo portal?

Una persona que trata de aparecer constantemente en la prensa y en todo tipo de sitios de internet para dar a conocer sus logros, ¿puede razonablemente exigir que los mismos medios y sitios no publiquen otras noticias sobre sus actuaciones cuando éstas perjudiquen su buena imagen?

Quien utiliza un medio para criticar a otros, ¿puede razonablemente exigir que no se le critique en el mismo medio?

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jueves 27 de septiembre de 2007

Días birmanos

Días birmanos es el título de una deliciosa novela, Burmese Days en el original, del escritor británico George Orwell, que estuvo cinco años destinado en Birmania en su juventud. Con un estilo ágil y ameno, realiza una crítica cargada de ironía del imperialismo británico, y particularmente de los agentes de ese imperialismo y de la sociedad decadente que forman. En el ambiente tórrido de Birmania, con constantes referencias al calor abrasador que ralentiza toda actividad y espesa el aire que se respira, pone de manifiesto cómo los representantes del Imperio son un elenco de lo más miserable moral y socialmente de la Administración británica: quienes aceptan semejante destino lo hacen porque no tienen alternativa mejor, ya que son lo más bajo del escalafón militar, administrativo o casadero. Describe las vidas anodinas, cargadas de pretensiones e ínfulas que se ridiculizan por sí mismas, de unos personajes abotargados por el sudor y el alcohol, ante los ojos estoicos y asombrados de los birmanos sometidos hasta la práctica esclavización. Birmanos que muestra con genial precisión, en sus actitudes características: rostros impasibles de piel apergaminada, marcados por la transpiración, el trabajo y el hambre, y siempre con inmensos cheroots (cigarros de un grosor inaudito, de un trasunto de tabaco autóctono). Una invitación para que todos quienes presumen de ser superiores a otros simplemente por su origen hagan examen de su condición y actitud antes de menospreciar a quienes les rodean. Una lectura muy recomendable para ambientar un viaje por ese país, caluroso, de gente maravillosa que es Birmania.


Vista de Bagan
Estuve en Birmania en el verano de 2001, haciendo un recorrido desde la capital, Rangún (ahora oficialmente Yangon); Mandalay, en las abrasadoras tierras del centro del país, y las antiguas capitales que la rodean; la zona de Pyin-U-Lwin, un área a mayor altitud donde ya los administradores ingleses iban a descansar del calor asfixiante de Mandalay, y que se adentra en territorio Shan; Bagan, una extensa llanura sembrada de pagodas que se han ido levantando (y cayendo) a lo largo de siglos; y el Lago Inle y la zona montañosa y tribal próxima, un pequeño paraíso de tranquilidad y aire fresco, arrozales, bosques y pueblos variopintos. Lamentablemente, todo el perímetro fronterizo con Tailandia, Laos, China, India y Bangladesh está cerrado al turismo por la actividad guerrillera de grupos tribales y políticos que se oponen al tiránico gobierno central y la del ejército que les hace frente; y por la actividad de los plantadores y traficantes de opio. No se pueden visitar, por lo tanto, las selvas mejor conservadas, las montañas del Norte, ni muchas de las tribus que mejor conservan sus tradiciones.

Lo mejor del viaje por Birmania es el contacto con la gente, algo que ya me habían anunciado otros amigos viajeros. Se trata de un pueblo de una dulzura extraordinaria, todo amabilidad y sonrisas. Entre ellos nunca oirás voces, una discusión, ni siquiera reñir a un niño; todas las travesuras de los niños se toman con una sonrisa. Es más, te mirarán sorprendidos no sólo si discutes, sino incluso si elevas la voz un poco más de lo normal. Por supuesto, el viajero no corre ningún riesgo; al contrario, he visto cómo el dueño de un bar, alarmado hasta el extremo, enviaba a su hijo detrás de un turista para devolverle la cartera que se le había caído.

Seguramente esa dulzura tiene algo que ver con el budismo, religión-filosofía que todos practican. Hay monasterios por doquier, en los que todos pasan una de su infancia y juventud; y a los que una gran parte de la población vuelve a pasar una temporada anualmente. Todas las mañanas, monjes y monjas salen en silencio y actitud humilde a recorrer las calles con sus cuencos para recibir las dádivas de los vecinos formando una de las estampas más características del país.

Tan dulce es este pueblo que ni siquiera levanta la voz contra el Gobierno que le tiraniza. Birmania está en manos de una Junta Militar (Consejo para la Restauración del Orden y el Derecho Estatal, nombre oficial) que rige los destinos del país como si fuera su propiedad privada, con el más absoluto desprecio a los derechos de sus habitantes.

No es una novedad, sin embargo, en la historia que los birmanos caigan bajo el poder de sátrapas despiadados. En realidad, Birmania no fue un país unido hasta el dominio inglés. Su territorio se pobló por numerosos grupos tribales procedentes del Tíbet, de Yunnan, Laos, Tailandia y la India. A lo largo de los siglos se fueron formando una sucesión de diferentes "Estados" que ocupaban diversas partes de lo que hoy es Birmania, en alguna ocasión incluso extendiéndose hacia Tailandia; algunos de sus reyezuelos fueron extraordinariamente crueles y caprichosos, además de sumamente ignorantes. Los británicos incorporaron este territorio al Raj, es decir, al Imperio británico del subcontinente indio, lo que sirvió para empeorar aún más la situación del pueblo llano, que sufrió las consecuencias de la afluencia de indios en busca de nuevos terrenos de cultivo para sus arrozales; además de la extorsión propia de toda situación imperial por la potencia colonizadora. Con la Segunda Guerra Mundial surgió un movimiento independentista, liderado por Bogyoke Aung San, que encontró el apoyo de los japoneses (que, en su propio empuje imperialista y agresor, apoyó ciertos movimientos nacionalistas contra las potencias rivales, principalmente Gran Bretaña). Aung San firmó un tratado con los británicos para definir el camino hacia la independencia, que se declaró oficialmente el 4 de enero de 1948. Aung San había sido asesinado unos meses antes, se cree que por interés de un rival político, U Saw; aquél defendía un nacionalismo de orientación socialista que reconocería la autonomía de las tribus fronterizas, mientras éste defendía un capitalismo tipo anglosajón y la preeminencia de la mayoría bamar. También se especuló con la intervención del general Ne Win, para oponerse a los planes de desmilitarización de Aung San. El caso es que en las elecciones previas a la independencia, el partido de Aung San obtuvo la mayoría, pero tras la independencia estalló una rebelión generalizada. Se alzaron contra el poder central las tribus, los comunistas, una minoría musulmana, así como otros grupos variopintos. La Revolución China agravó el problema porque fracciones del ejército derrotado de Chiang Kai Chek se instalaron en Birmania con el apoyo de Estados Unidos, que jugó un doble papel ya que al tiempo parecía respaldar al gobierno central birmano.

Tras una sucesión de situaciones de caos político, relativa recuperación del orden pero con crisis económica, gobierno militar, elecciones que llevan a nuevos desórdenes, el General Ne Win tomó el poder en 1962 e instauró un Consejo revolucionario que inició el "camino birmano hacia el socialismo" que fue, de hecho, una dictadura que llevó a la población a cotas de pobreza y opresión aún mayores que las que había sufrido. En 1987 y 1988 se sucedieron una serie de manifestaciones hasta que Ne Win cedió el poder en julio de 1988, pero en septiembre hubo un nuevo golpe militar, se cree que promovido por el propio general desde la sombra, que instauró la Junta militar que todavía hoy oprime a toda la nación.

La oposición se reunió en la Liga Nacional por la Democracia (National League for Democracy, NLD) de la que es portavoz la carismática hija del antiguo líder independentista, Aung San Suu Kyi. En 1990 se celebraron unas elecciones libres que ganó por una mayoría arrolladora el NLD, pero la Junta militar no admitió el resultado y recrudeció las medidas de opresión del pueblo, incluyendo el asesinato, encarcelamiento o exilio de aproximadamente un centenar de los diputados elegidos. Aung San Suu Kyi desde entonces (en realidad, ya desde 1989) ha pasado la mayor parte de su vida en la cárcel o en arresto domiciliario, pese al apoyo internacional obtenido, que incluyó la concesión de los Premios Sajarov (por el Parlamento Europeo) y Nobel de la Paz en 1991; el Simon Bolívar, en 1992, por la UNESCO; y el Jawaharlal Nehru para el Entendimiento Internacional por la India en 1995.

Las condiciones de la dictadura birmana son tan rigurosas que se promovieron medidas de presión internacionales, aunque el ASEAN (la comunidad de países del Sudeste Asiático) se negó a aislar al país aduciendo que era mejor una política de "entendimiento constructivo", sin perjuicio de varios roces militares con Tailandia (de hecho, las fronteras por tierra están cerradas). Muchas compañías multinacionales instaladas en el país lo abandonaron, y las que decidieron continuar con su actividad en el mismo se han visto obligadas a dar todo tipo de explicaciones para justificar su decisión (véase el esfuerzo en ese sentido de Total, con toda una sección de su sitio en internet dedicada a justificarse).


familia birmana y horno de tabaco
Hoy la Junta Militar sigue oprimiendo a su pueblo, manteniéndole en unas condiciones de pobreza y subdesarrollo vergonzosas, practicando todo tipo de violaciones de los derechos humanos, desde detenciones arbitrarias, a la tortura o la imposición de trabajos forzados. Es también el país que más niños soldados incorpora a la fuerza a su ejército (también lo hacen las guerrillas), según denuncia Human Rights Watch; todo ello para su propio lucro personal, ya que el país tiene importantes riquezas, con yacimientos de piedras preciosas y gas natural, extensos bosques de teca que están siendo expoliados, pesquerías importantes y, sobre todo, opio para la producción de heroína; nada de lo cual beneficia a los birmanos de a pie.

Tras un vergonzoso olvido por la comunidad internacional, en estos días Birmania es otra vez noticia en estos días debido a las protestas lideradas por los miles de monjes budistas del país y a su despiadada represión por el gobierno militar. Hechos que coinciden con la publicación del último informe anual de Transparencia Internacional que respalda mis afirmaciones sobre el destino de las riquezas del país al señalar que su gobierno es el más corrupto del mundo junto con Somalia.

El Gobierno ha respondido a las manifestaciones pacíficas de la única manera que sabe: matando. Todas las noticias muestran la dureza de la represión frente al carácter pacífico de la rebelión civil. Es especialmente reseñable el contraste entre los militares asesinos, de un lado, y los manifestantes, de otro, que son monjes y civiles en actitud pacífica y pasiva, desarmados, sin más medios de lucha que su mera presencia, sentados delante de las armas. Tengo la esperanza de que los birmanos, en esta ocasión, van a demostrar una vez más la superioridad de la fuerza moral de todo un pueblo unido y alzado pacíficamente, con medios no violentos, frente al desenfreno y la sinrazón de unos tiranos que no tienen más fuerza ni argumentos que los de las armas. Gandhi, en su día, consiguió levantar a su pueblo y derrotar al imperio británico, al Raj, con una estrategia de no violencia. Lo mismo conseguirán ahora, esperemos, los birmanos.

En cuanto a la comunidad internacional, en lugar de la tibia reacción de los gobiernos occidentales, con pronunciamientos de condena, el envío de un emisario especial por la ONU (tras un nuevo fracaso del Consejo de Seguridad, por el veto de China, respetable socio económico de todos pero que se resiste a reconocer los derechos humanos de sus nacionales y los de otros países) y la advertencia de que la reacción militar podría conducir a sus líderes ante el Tribunal Penal Internacional, debería haber una reacción mucho más radical. No la imposición de sanciones internacionales al país en su conjunto (que sólo perjudicarían más al pueblo, como ocurre en Cuba), sino directamente a sus líderes, con bloqueo de todos sus bienes e incluso una intervención militar directa para derrocar a la Junta. Quizás esta solución no se ajuste escrupulosamente al Derecho Internacional o a las facultades de la ONU, pero una intervención militar limpia y directa sí podría considerarse como un ejemplo de "guerra justa", como ocurrió con la intervención de la India en lo que entonces era Paquistán Oriental para liberarlo de la opresión sangrienta por el ejército de lo que era Paquistán Occidental, y que dio lugar a la independencia de Bangladesh; o la respuesta militar de Tanzania al ataque de las tropas ugandesas de Idi Amin, con la invasión del territorio ugandés para deponer al tirano (sobre el tema de las guerras justas o no, recomiendo el excelente libro de Michael Walzer Guerras justas e injustas).

Mientras tanto, nosotros, ciudadanos del mundo, podemos apoyar desde lejos la causa del pueblo birmano sumándonos, por ejemplo, a las concentraciones que está convocando Amnistía Internacional.

Un par de apuntes finales. El nombre oficial de Birmania en la actualidad es Myanmar. La Junta Militar cambió el nombre para ajustarlo mejor a la tradición del país, en cuanto que ese nombre se refiere al conjunto del país, mientras que Birmania lo hace sólo a la etnia mayoritaria; la ONU y la generalidad de la comunidad internacional reconoció el nuevo nombre, aunque la oposición prefiere utilizar el nombre anterior y algunos periódicos ingleses, p.ej., siguen utilizándolo también (en inglés, Birmania es Burma).

Para acabar, quiero hacer una reflexión sobre la actitud de los viajeros/turistas hacia la situación local. Creo que lo mínimo que puede exigirse a cualquiera que visita una tierra ajena es que se informe de la situación social, política, económica, religiosa, etc. de la misma; de las costumbres y tradiciones locales, y que actúe conforme a las mismas. Esto viene a cuento porque, durante mi viaje, cuando visité la colina que se alza sobre Mandalay, en cuya cumbre hay una pagoda con unas excelentes vistas de la ciudad, la llanura que la rodea salpicada de pagodas, e incluso de las lejanas montañas, varios trabajadores estaban preparando la pagoda para recibir a uno de los generales de la Junta Militar (alfombras rojas, sillones para que el general y sus acompañantes viesen cómodamente el anochecer...) Llegaron también las cámaras de la televisión birmana, que coincidieron con un grupo de turistas españoles, organizados por no sé qué agencia. Entrevistaron a algunas de las turistas, preguntándoles qué les parecía el país; muy sonrientes y festivas, expresaron cuánto les gustaba, qué contentas estaban de recorrer Birmania, qué maravilloso era todo. ¿Todo? ¡TODO! Sólo les faltó aplaudir y pedir autógrafos al general de marras cuando llegó. En un país en que todo el mundo repudia a sus gobernantes, en que observas la opresión existente en cuanto escarbas un poco y preguntas a cualquiera, me parece una enorme falta de respeto a la gente mostrarse tan encantado POR TODO ante la prensa oficial del tirano. ¿O no?

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