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Informe del Banco de España al Senado sobre las cláusulas suelo de las hipotecas y protección de los tipos de interés

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19 de mayo de 2010

Se ha publicado hace unos días el Informe que el Banco de España preparó a instancias del Senado sobre los posibles abusos denunciados en este órgano constitucional en relación con el suelo de las hipotecas y otras prácticas relativas a los tipos de interés y sus variaciones. Voy a hacer unos comentarios sobre el mismo, tratando de contenerme por el enfado que su lectura me ha producido. Y es que se trata de un informe tendencioso y sesgado, que manipula datos y realiza una interpretación jurídica claramente parcial para favorecer a las entidades financieras que debe regular y controlar.

Primera trampa: norma a aplicar a la cláusula suelo

Una primera cuestión absolutamente tendenciosa es el análisis que realiza de la normativa aplicable para apreciar si la cláusula suelo puede o no ser considerada abusiva. Cita la Directiva 93/13/CEE  como si fuese la norma directamente aplicable, cosa que no es cierta, lo que tiene una relevancia sustancial. La Directiva 93/13/CEE regula las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores y, como era el criterio general en la época, constituía una normativa que imponía a todos los países miembros de la Unión Europea unos mínimos de protección a los consumidores, que debían cumplirse siempre pero que los Estados individualmente podían decidir mejorar. La Directiva, tal como expone el Informe del Banco de España, establece que no se podría examinar si son abusivos los pactos relativos a las prestaciones esenciales del contrato porque se presume que la determinación de esos elementos esenciales es lo que específicamente se pactó entre las  partes, lo que decidió al consumidor a contratar con ese particular empresario. Así, sólo podrían considerarse abusivas las condiciones generales, no las principales del contrato (salvo que se introdujesen de forma oscura, poco transparente; es decir, que haya cláusulas a lo largo del contrato que modifiquen de manera sorpresiva o poco clara lo que se presenta a primera vista como prestación esencial de cada parte). En el caso de los préstamos, es esencial entre otras la cláusula que determina el tipo de interés.   Leer más

Etiquetas: clausula suelo · clausula suelo hipoteca · clausula · swap · préstamos a tipo fijo · hipoteca
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Soy abogado especialista en Derecho del Consumo, sobre todo bancario y de seguros.




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