Hechos:
En una comunidad de propietarios se ha acordado vender la vivienda del portero, para lo cual, previamente hay que proceder a:
-Efectuar la declaración de OBRA NUEVA (no siempre)
-Desafectar dicha vivienda de los elementos comunes; es decir, la vivienda del portero, como los ascensores y las escaleras, es un elemento común de todos los propietarios (cada uno con su porcentaje o coeficiente correspondiente), que para que pueda ser vendida debe previamente desafectarse y convertirse en elemento privativo.
- Cambio de los coeficientes de participación de los propietarios sobre locales y edificios comunes; al reducirse los elementos comunes, varían también los % y eso hay que hacerlo en escritura pública ante Notario.
Y una vez hecho todo lo anterior, proceder a la Venta de la vivienda del portero. Leer más