Impuestos, fiscalidad y contabilidad

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Etiqueta "fiscalidad": 14 resultados

Hereda un no residente tras fallecimiento de un residente en España

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27 de Febrero de 2010

Ejemplo: Fallece un Señor que residía en la Comunidad Valenciana. Tiene por único heredero un hijo de 27 años, no residente en España sino en los Estados Unidos. Le deja 60.000 euros que tenía depositadas en cuenta corriente abierta en oficina del Banco Santander en Valencia.

Tributación por el IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES (ISD)

En España, la regulación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones está contenida en la Ley 29/1987 (LISD) y en el Reglamento del Impuesto aprobado por Real Decreto 1629/1991(RISD). Según la LISD en las adquisiciones por causa de muerte tiene la consideración de sujeto pasivo cada uno de los causahabientes siempre que tengan la condición de personas físicas, pudiendo quedar obligados ante la Hacienda Pública española, bien por obligación personal, bien por obligación real.   Leer más

Etiquetas: ISD · SUCESIONES · FISCALIDAD · NO RESIDENTE · HERENCIA

IRPF de persona fallecida

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18 de Febrero de 2010

El período impositivo del IRPF dura un año natural, esto es, del 1 de enero al 31 de diciembre. No obstante, cuando un contribuyente fallece en día distinto al 31 de diciembre, su período impositivo se acorta, desde 1 de enero hasta la fecha de su muerte. El día del fallecimiento es el día en que se produce el devengo del IRPF para él. 13.2 LIRPF.

Ej. Pedro, fallece el 1 de septiembre de 2009; Período impositivo: de 1 de enero a 1 de septiembre de 2009. Días 244.

Sus herederos habrán de presentar por él la declaración de renta (en el caso de que exista obligación de hacerlo) entre el 1 de mayo y el 30 de junio del año siguiente.

En el ejemplo, entre el 3 mayo y 30 de Junio 2010.

¿Qué consecuencias produce tener un período impositivo inferior al año natural?

La BASE IMPONIBLE del fallecido será la que corresponda a las rentas que efectivamente haya obtenido o sean imputables al período impositivo concluido el día de su muerte, sin que proceda en ningún caso la elevación al año natural.   Leer más

Etiquetas: fiscalidad · hacienda

Compraventa de vivienda con subrogacion

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03 de Febrero de 2010

¿Cómo tributa la compra de un inmueble a una promotora en la que el comprador se subroga en el prestamo hipotecario en su día concedido a la misma? Y si además el banco le pide al comprador que le avalen sus padres o quien sea.. ¿cómo tributa ese afianzamiento?

1.- LA COMPRA DEL INMUEBLE está sujeta a IVA, -porque quien vende es empresario actuando como tal y por tanto, está no sujeta a TPO- y a la cuota gradual de AJD, puesto que se dan todos los requisitos que exige el 31.2 del TRITPAJD primera copia de una escritura, inscribible en el Registro de la Propiedad, de contenido valuable y no sujeta a TPO, OS ni ISD. ¿Qué porcentaje de IVA repercute la promotora al comprador? LEY DEL IVA

a.-) Regla general: el 16% -hasta 30/06/2010- y 18% desde el día 1 de julio de 2010. 90.UNO LIVA.   Leer más

Etiquetas: AJD · ampliacion prestamo hipotecario · fiscalidad · IVA · novacion · subrogacion · fianza · TPO

Calendario Fiscal 2010

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29 de Enero de 2010
Etiquetas: fiscalidad · calendario · fiscal · fiscalidad 2010 · Hacienda · 2010

Ampliación y novación de préstamo hipotecario

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26 de Enero de 2010

1.- La escritura pública de ampliación de préstamo hipotecario realizada por una entidad financiera, que es sujeto pasivo del IVA, está sujeta a la cuota gradual de la modalidad de AJD, documentos notariales, al cumplirse los requisitos estipulados en el artículo 31.2 del TRLITPAJD: escritura pública, cantidad o cosa valuable económicamente y operación inscribible en el Registro de la propiedad. En cuanto a la base imponible, no estará constituida por la responsabilidad hipotecaria total, sino tan sólo por la añadida en la ampliación, entendiéndose que la base imponible debe fijarse en función del incremento de la responsabilidad hipotecaria, es decir, por el importe del principal ampliado, más los correspondientes intereses pactados y las cantidades que se hayan estipulado para costas y gastos. El tipo que se aplica a la base imponible para determinar la cuota es del 0,5%, o el que tenga fijada la Comunidad Autónoma cuya normativa se aplique. Vgr. Comunidad Valenciana: 1%.   Leer más

Etiquetas: AJD · ampliacion prestamo hipotecario · Fiscalidad · ITPAJD · novacion prestamo hipotecario

Vivienda del portero. Tributación

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14 de Enero de 2010

Hechos:

En una comunidad de propietarios se ha acordado vender la vivienda del portero, para lo cual, previamente hay que proceder a:

-Efectuar la declaración de OBRA NUEVA (no siempre)
-Desafectar dicha vivienda de los elementos comunes; es decir, la vivienda del portero, como los ascensores y las escaleras, es un elemento común de todos los propietarios (cada uno con su porcentaje o coeficiente correspondiente), que para que pueda ser vendida debe previamente desafectarse y convertirse en elemento privativo.
- Cambio de los coeficientes de participación de los propietarios sobre locales y edificios comunes; al reducirse los elementos comunes, varían también los % y eso hay que hacerlo en escritura pública ante Notario.

Y una vez hecho todo lo anterior, proceder a la Venta de la vivienda del portero.   Leer más

Etiquetas: AJD · Fiscalidad · ITPAJD · TPO · vivienda del portero

Constitución de sociedades. Fiscalidad

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12 de Enero de 2010

La constitución de una sociedad, con aportación de bienes por los socios puede provocar el devengo de diferentes impuestos, tanto directos como indirectos. La determinación de los tributos a que hay que hacer frente depende de si las aportaciones que realizan los socios son en metálico o son "in natura", es decir, no dinerarias.

En ambos casos -ya se aporten bienes, ya se aporte sólo dinero o un mix de ambos- la sociedad que se constituye habrá de abonar el Impuesto sobre Operaciones Societarias (OS), como adquirente del dinero o bienes aportados por los socios, ascendiendo su cuantía al 1% del importe del capital social, si la entidad creada limita la responsabilidad de sus socios (Sociedad Limitada o Anónima), y, en el resto de casos (Comanditarias, Sociedades Civiles, Comunidades de Bienes, etc.), el 1% del valor de las aportaciones realizadas. El devengo se produce el día del otorgamiento de la escritura ante Notario, teniendo desde entonces un plazo de 30 días hábiles para autoliquidar el tributo.   Leer más

Etiquetas: fiscalidad · sociedad · constitucion de sociedades · impuestos

PROVISIÓN DE FONDOS Y SUPLIDOS

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05 de Enero de 2010
Son SUPLIDOS.- las sumas que un profesional –actuando como intermediario- satisface en nombre y por cuenta de un cliente y por mandato expreso del mismo. Estas sumas no forman parte de la Base Imponible del IVA de la factura que emita el profesional al cliente. 78.tres.3º LIVA; ni tampoco tienen la consideración de rendimientos de la actividad profesional en el IRPF -ni del IS-. 76 RIRP.

Vamos a poner un ejemplo:

Jorge acaba de firmar la compra de un piso en una Notaría por importe de 480.809,69 Euros. El gestor, haciendo previamente una estimación global de lo que todo le va a costar, le pide una provisión de fondos de 3.452,16€, para pagar Notaría, Registro de la Propiedad, liquidar el impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas, y sus propios honorarios de tramitación.
Al cabo de unos días Jorge recibe -o recoge en la Notaría-:   Leer más
Etiquetas: fiscalidad · suplidos · provision · iva

Liquidación de plusvalía municipal

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26 de Diciembre de 2009

El impuesto conocido coloquialmente como “la plusvalía” y oficialmente como IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA y de forma abreviada –IIVTNU-, se trata de un impuesto poco conocido o que al menos no se cuenta mucho con él y en todo caso, que no se suele saber calcular.
Voy a tratar de resumir lo que entiendo más importante de él.

Liquidación de la Plusvalía Municipal

DÓNDE SE REGULA:
-En el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), artículos 104 a 110. Aquí se establece lo más importante de la “plusvalía”, quién lo paga, por qué se paga, cuándo se devenga, la no sujeción a este impuesto y los límites que tienen los Ayuntamientos a la hora de calcular la cuota a pagar.
-En las Ordenanzas Municipales: los ayuntamientos, suelen hacer un “copia-pega” de lo que dice el TRLHL y luego, dentro de los límites que le permite dicha ley, establecen el “quantum” a pagar, y en su caso, algunas ventajas fiscales para el contribuyente.   Leer más

Etiquetas: plusvalía municipal · fiscalidad · impuestos · plusvalías

EXTINCION DE CONDOMINIO. UNICO BIEN UN PISO. MATRIMONIO EN SEPARACION DE BIENES

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23 de Noviembre de 2009

Supuesto de hecho:

Matrimonio en separación de bienes que se separa o divorcia.
Tiene por único patrimonio en común a repartir, un piso, comprado a medias en estado de casados, que se halla gravado con una hipoteca de elevado importe.
Han decidido que uno de ellos se quede el piso y en compensación por ese exceso de adjudicación, se haga cargo también de la deuda del que se queda sin el piso y quizás –aún no está decidido-, además, le dé algo de dinero a su “ex” en compensación.

Pongamos que el piso tiene un valor de 500.000 y que el saldo pendiente del préstamo sea de 450.000. Del valor del piso les corresponde 250.000 a cada uno; de la deuda también 225.000 a cada uno; Como uno se queda el piso + la deuda, realmente el valor neto con que se queda es de 50.000; Así las cosas y los valores dichos, tendría que compensar al otro cónyuge en metálico con 25.000 para “empatar”.   Leer más

Etiquetas: fiscalidad · separacion de bienes · extinción de condominio · TPO · AJD · plusvalías · divorcio

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