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Nuevas ayudas FISCALES y ECONÓMICAS a los jóvenes INQUILINOS

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19 de Septiembre de 2007

A partir del 1 de enero de 2008 el Ministerio de Vivienda concederá ayudas de 210 euros al mes a jóvenes de entre 22 a 30 años -con una duración máxima de 48 meses (10.080 euros)- a los que sumará una ayuda de 600 euros para la fianza y un aval equivalente a seis meses de renta. Otro de los requisitos que tendrán que cumplir los futuros destinatarios será no superar la barrera de los 22.000 euros brutos de ingresos al año.

Los jóvenes que soliciten estas subvenciones también deberán llevar al menos cuatro años viviendo "legalmente" en España y estar ocupados (trabajadores por cuenta ajena, autónomos, parados con prestación por desempleo y becarios de investigación). También podrán acogerse a esta iniciativa aquellos inquilinos jóvenes que actualmente ya estén viviendo en régimen de alquiler.

Si los titulares del contrato fueran más de uno, se prorrateará la prestación. Esto es, los 210 se dividirán entre los arrendatarios que aparezcan en el contrato.
Otra iniciativa que también será recogida como ley y es compatible con la primera, será la de equiparar el alquiler a la compra de vivienda en las deducciones del IRPF (hasta un máximo de 9.015 euros) para todos los que no ganen más de 24.000 euros netos al año (28.000 euros brutos). Al igual que la ayuda de 210 euros mensuales para jóvenes, también está previsto que entre en vigor el próximo 1 de enero. Con esto se intenta ayudar a las rentas más bajas y a los jóvenes.

Aún no se sabe cuáles serán los trámites que hay que seguir para acogerse a estas iniciativas. Tampoco se conoce cómo se devolverá el préstamo de 600 euros que se otorgará para la fianza.
Zona Banca
Etiquetas: fiscales · economicas · jovenes · inquilino



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Comentarios
1 Anonimo
Anonimo
10 de Junio de 2008 (18:48)

Acabo de encontrar su blog y me ha aclarado varias dudas.
Gracias

2 Anonimo
Anonimo
27 de Septiembre de 2008 (10:42)

Hola Alberto,

Tú explicación es muy clara, sin embargo me surge una duda sobre el tema de renta en especie(coche de empresa - renting). Entiendo perfectamente el calculo para la base de la seguridad social y deducciones de IRPF, pero a efectos prácticos. Este Valor calculado como el 20% del valor del coche por el % de afectación, es el que aparece en la nomina del empleado (papel), o el total pagado por la empresa en la factura de renting, más allá de que las deducciones se realicen sobre el valor calculado?
Muchas Gracias!
FAS




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